
Los tres años y algo más que podría durar el juicio de la causa Cuadernos alcanzaron para generar una rispidez institucional en el Poder Judicial. El caso del empresario Miguel Ángel Ferrucci triplicó ese plazo: pasó la última década sometido a proceso. En todo ese tiempo fue primero absuelto, luego condenado y, una vez más, declarado inocente por el beneficio de la duda. Lo acusaron de enviar un cargamento de 380 kilogramos de cocaína a España escondido en bloques de mármol. Nunca se sabrá quién puso la droga en ese barco.
El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires estuvo a cargo del nuevo debate oral que terminó en la absolución de Ferrucci y su empresa, United Stone. Los jueces que dictaron sentencia fueron Sabrina Namer, Adriana Pallioti y Nicolás Toselli.
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Estos nombres son otro síntoma de los problemas que afectan a la Justicia: por las vacantes en el fuero, no quedaron magistrados para designar y la Cámara de Casación tuvo que ir a buscar jueces a los Tribunales en lo Criminal de Comodoro Py. Namer y Toselli cumplen funciones en el TOF N° 8; y Pallioti es vocal del TOF N° 5.
Les tocó resolver un debate donde muchos testigos ya no recuerdan detalles de lo que vieron o hicieron en hace once años, cuando ocurrió el hecho, e incluso algunos enfermaron o murieron.
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Sobre Ferrucci cabe destacar que no es un empresario cualquiera. Proveyó los adoquines que se lucen en la entrada de la Casa Rosada, por ejemplo. También los que rodean la Basílica de Luján y el Obelisco, según él mismo contó durante el juicio.
De buena reputación en el sector, hizo de United Stone una empresa familiar al delegar en sus hijos altas responsabilidades de la compañía, que opera desde Buenos Aires y Puerto Madryn, Chubut. El dato no pasó desapercibido en el debate oral, ya que se tomó en cuenta que no se trataba de una “pantalla” para ocultar actividades ilícitas.
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Mármol blanco
26 de enero de 2014. El buque MSC Vigo salió del puerto de Buenos Aires con bloques de mármol travertino y adoquines de pórfido. Llegó un mes más tarde a Valencia, España, donde la Aduana encontró la cocaína escondida. El destinatario del cargamento era la empresa Imexeval Representaciones, de Barcelona.
Detrás de las rocas había algo más que la droga: una promesa. En 2013, un tal Jordi Bosch se contactó con Miguel Ángel Ferruci para que su empresa sea proveedora de una enorme obra pública que se iba a realizar en Argelia.
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A cambio de cerrar el negocio le pidió un favor. Jordi dijo que necesitaba la logística de United Stone para exportar el mármol que le había comprado a otra empresa en la provincia de San Juan, que tenía el material pero no la forma de hacerlo llegar a España.
Pronto se descubrió que todo era una farsa. El supuesto cliente con negocios en Argelia en realidad se llamaba Javier Cantó Tortosa y justamente fue dentro de los bloques de mármol travertino que compró en San Juan donde luego se encontró la cocaína.
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Antes de embarcar, los pallets estuvieron dos meses almacenados en el predio que United Stone tiene en La Tablada, partido de La Matanza. Nunca se logró probar en qué momento los ladrillos se colocaron entre las piedras, ni mucho menos quién lo hizo.

El caso también se juzgó en España y Cantó Tortosa -junto a un socio, Alfredo Muntane Sotus- fue detenido y condenado por organizar la recepción de la droga. Ambos simulaban ser empresarios exitosos del rubro para ganarse la confianza de proveedores locales.
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¿Ferrucci sabía que la cocaína iba abordo? En su momento existieron indicios para creer que sí, y de allí los fallos contradictorios que se sucedieron a lo largo de los últimos años.
A principios de 2020, el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 ya había absuelto al empresario y su compañía por falta de pruebas. El veredicto también alcanzó a sus hijos y a los empleados de la Aduana que habían controlado sin éxito la carga en Buenos Aires.
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En noviembre de 2021 la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la sentencia y ordenó que el caso volviera a su origen para que se dictara un nuevo pronunciamiento, a partir de las apelaciones del Ministerio Público Fiscal y la AFIP, que era querellante.
El expediente recayó entonces en el TOPE N° 1, que dictó una nueva sentencia -sin realizar un nuevo juicio oral, y basándose en el debate previo- en marzo de 2022. Ferrucci fue condenado a cinco años y diez meses de prisión, además de la imposición de inhabilitaciones comerciales.
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Para la empresa United Stone, la sanción fue bajar la persiana: la Justicia ordenó la cancelación de su personería jurídica y la eliminación de sus registros para operar en comercio exterior.
La defensa recurrió este fallo, argumentando que se había violado el debido proceso al condenar sin escuchar nuevamente a los acusados en una audiencia pública.
La anulación de la condena
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal atendió el reclamo en diciembre de 2022. El máximo tribunal penal entendió que era necesario garantizar el derecho de defensa y anuló la condena, ordenando la realización de un nuevo debate oral, que es el que finalmente concluyó ahora, a fines de noviembre.
Después de diez años de ribetes judiciales, el defensor de Ferrucci, José Manuel Ubeira -que entre sus clientes tiene a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner- pidió el sobreseimiento del empresario por prescripción y por el derecho que tienen las personas de ser juzgadas en un “plazo razonable”.
El Tribunal lo rechazó dada la extrema complejidad de la causa, que involucró delitos de crimen organizado transnacional y requirió de la cooperación con la justicia española.
El beneficio de la duda
Ahora, en el último veredicto del TOPE N° 1, los jueces consideraron verosímil la versión de que el empresario argentino pudo haber sido engañado por los compradores europeos.
Según se pudo reconstruir con las declaraciones de los empleados, la mercadería no recibió ningún cuidado especial ni vigilancia, comportamiento que no se condice con el de alguien que esconde un cargamento valuado en millones de euros.

A Ferrucci también lo ayudaron las comunicaciones telefónicas y los correos electrónicos analizados en el debate, que mostraron que el empresario le reclamaba pagos y mantenía una relación comercial aparentemente normal con Jordi Bosch, sin los códigos o el trato esperado en un entramado de contrabando de estupefacientes.
“Su conducta de exportar mercadería ajena como propia amén de lo reprochable en términos fiscales -ya que se incluyó el mármol travertino en la factura cuyo valor se correspondía sólo con el del pórfido- resulta, en todo caso, un acto de irresponsabilidad únicamente guiado, quizás, por el afán de obtener mayores ganancias y hasta temerario en orden a las consecuencias que de ello se podrían derivar”, dictó el TOPE N° 1 en el último fallo.
Al cierre de esta nota, el fiscal general Marcelo Agüero Vera aún no había recurrido la sentencia absolutoria. El plazo del Ministerio Público Fiscal para apelar vence la semana próxima.
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