La Justicia ordenó a una comunidad de mapuches que cese de inmediato un bloqueo a una planta de YPF en Loma La Lata

Una jueza federal dictó una medida cautelar frente los perjuicios diarios que provoca la situación en el llamado “camino petrolero”

Guardar
Corte de ruta (@gilmourde9)
Corte de ruta (@gilmourde9)

Un juzgado federal de Neuquén ordenó a integrantes de la comunidad mapuche Kaxipayiñ permitir el acceso inmediato de YPF y sus contratistas a la Planta Turboexpander (Planta TEX) y a los almacenes del área Loma La Lata–Sierra Barrosa, luego de más de tres días de bloqueo en el denominado “camino petrolero”.

La decisión fue de la jueza federal de esa provincia María Carolina Pandolfi, quien dictó una medida cautelar en el marco de una acción de amparo presentada por la petrolera estatal.

Según la resolución judicial, desde el 17 de noviembre los demandados restringieron la circulación sobre el camino petrolero de ingreso a los almacenes de Loma La Lata y Planta Turboexpander.

El corte se ubica sobre la traza del camino rural utilizado como vía de conexión entre las rutas provinciales 7 y 51, necesario para las operaciones que YPF tiene en la zona, remarca la denuncia.

La empresa expuso que los vehículos y equipos de la compañía no pudieron transitar normalmente. Eso generó “complejos inconvenientes atento la magnitud de la instalación que se encuentra afectada”.

Entre los perjuicios figuran el impacto inmediato “en la evacuación de gas, la falta de suministro de gas y metanol, la afectación a la seguridad de los procesos y afectación del suministro de GLP”, enumeró la empresa, según la resolución judicial.

También se aludió a “graves daños” por personal que no ha podido acceder, equipos en ‘stand by’, además de riesgos operativos y ambientales.

El corte

La petrolera sostuvo ante la Justicia que el corte se montó en el acceso a parte del área hidrocarburífera Loma La Lata – Sierra Barrosa, donde YPF tiene la concesión y lo certificó durante tres días con escribanos.

Loma la Lata, Neuquén
Loma la Lata, Neuquén

Uno de ellos dejó asentado que quienes impedían el acceso los instaron a retirarse “inmediatamente del lugar” por ser “propiedad privada y comunitaria”.

Se encontraba impedido el libre paso del tránsito por una barrera metálica baja que atravesaba la ruta. En las banquinas del área y en el estacionamiento quedaron varados gran cantidad de vehículos con trabajadores sin poder seguir su camino.

En las inmediaciones había un nutrido grupo de personas con banderas mapuches, dieron cuenta los escribanos.

Los manifestantes invocaron ser miembros de la Comunidad Mapuche Kaxipayiñ.

De acuerdo con lo aportado por la empresa, el inmueble donde se encuentra la planta “está fuera del área comprendida en el relevamiento territorial de dicha comunidad”.

Aunque se permitía el acceso de personal de relevo, la firma remarcó que ello “no obsta a la grave afectación que implica no poder operar normalmente la instalación”.

La decisión judicial

En su resolución, la jueza Pandolfi resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenó a dos referentes demandados “y a cualquier otra persona humana que se encuentre en el lugar obstruyendo el acceso, que permita de inmediato a la empresa YPF S.A. y a sus contratistas el libre acceso” a la Planta TEX y a los Almacenes Loma La Lata – Sierra Barrosa.

En el fallo también se autorizó la remoción de todos los obstáculos detectados en el acceso a las instalaciones, incluyendo “alambrado, apertura de tranqueras cerradas con cadenas, alambres, candados, barreras físicas de cualquier índole”. Además, dispuso intimar a los referentes de la comunidad a que se abstengan de realizar en adelante cualquier conducta que obstruya “la libre circulación o comercio de YPF S.A. o de sus contratistas", bajo advertencia de aplicar sanciones.

La magistrada sostuvo que para prevenir que se agraven los daños corresponde como medida cautelar ordenar el libre acceso. “Los perjuicios diarios que la situación provoca” justifican la intervención judicial urgente.

En la resolución se aludió al derecho a “ejercer la industria, el comercio y la libre circulación que se encontrarían siendo injustamente vulnerados por la conducta desplegada”.

La medida de fuerza “impide el ejercicio de tales derechos”. Los referentes mapuches “se encontrarían ejerciendo abusivamente su derecho a manifestarse, incurriendo en conductas ilícitas en perjuicio de terceros, en las que deberán cesar”, concluyó.

Además de resolver la cuestión cautelar, el juzgado ordenó agregar toda la documentación acompañada y dio por iniciada formalmente la acción de amparo, que continuará su trámite bajo las reglas del proceso sumarísimo.

Últimas Noticias

Se cumplen 20 años de la creación de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema

Una encuesta reveló que se consolidó como el primer eslabón crítico para quienes piden protección y que, durante 2025, el 93 por ciento de quienes buscaron ayuda se sintieron escuchados

Se cumplen 20 años de

Dejó el auto abierto, con las llaves puestas, y se lo robaron: la Justicia respaldó a la compañía de seguros

Una Cámara de Apelaciones confirmó el fallo que consideró que la conducta del titular del vehículo facilitó el hecho ilícito, configuró culpa grave y liberó a la aseguradora de responder por los daños reclamados

Dejó el auto abierto, con

Casación confirmó las condenas contra dos miembros de una banda que vendía autos robados desde una cárcel bonaerense

El máximo tribunal penal del país ratificó la sentencia contra dos integrantes de una banda que comercializaba vehículos con documentación falsa a través de internet. Uno de los acusados recibió una pena única de 27 años y 6 meses de prisión y fue declarado reincidente

Casación confirmó las condenas contra

AFA: el futuro de la causa contra Tapia depende de un Tribunal que tiene sólo dos jueces titulares

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico debe resolver si respalda el avance de la investigación contra la AFA y sus dirigentes. Qué pasará si los magistrados no se ponen de acuerdo

AFA: el futuro de la

La Corte revocó el pago de una indemnización millonaria por la actuación del Estado en el caso “Los Niños de Dios”

El máximo tribunal anuló un fallo que ordenaba un resarcimiento por la supuesta responsabilidad estatal tras la investigación penal contra un grupo religioso, cuyos miembros fueron detenidos durante un operativo en 1993

La Corte revocó el pago