
La Cámara Federal de Casación confirmó este viernes la condena a tres años de prisión impuesta a Nélida Caballero, ex cocinera y empleada doméstica del exministro de Planificación Federal Julio De Vido, al declarar inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por su defensa y por la Unidad de Información Financiera (UIF). La Sala IV, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, ratificó por unanimidad la pena, la multa y el decomiso de bienes obtenidos mediante maniobras de lavado de activos.
En rigor, el máximo tribunal penal del país resolvió declarar “inadmisibles" los planteos interpuestos por la defensa particular de la ex empleada y por la Unidad de Información Financiera. La decisión, de esa manera, ratificó la sentencia dictada el 5 de diciembre del año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 porteño, que había condenado a Caballero a tres años de cárcel en suspenso, multa de dos veces el monto de la operación y costas del proceso.
Esa sentencia incluyó el decomiso de un inmueble rural en Colonia Ex Misión Laishí, provincia de Formosa, y de cinco vehículos: un Tibo Hunter 250, una Toyota Hilux 4x4 SRV, un Peugeot RCZ Tiptronic, un Fiat Strada Working y un Toyota Etios XLS. También dispuso que que los bienes en cuestión “sean puestos a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los términos de la Acordada N° 2/18”.

De acuerdo a las actuaciones, entre el 1° de enero de 2011 y el 31 de julio de 2016, la mujer "convirtió, transfirió, administró, vendió y disimuló bienes provenientes de ilícitos penales”. Durante ese período su patrimonio creció de manera “exponencial” mientras trabajaba al servicio del matrimonio De Vido-Minnicelli. En ese marco, la sentencia condenatoria tuvo por acreditado que la imputada se valió de su vínculo laboral con el entonces ministro para recibir un flujo de dinero que dio lugar al delito de lavado de activos a través de una serie de depósitos bancarios y la adquisición de vehículos y de un inmueble rural.
Caballero había alegado que su patrimonio provenía de la explotación de distintos emprendimientos comerciales, tales como una agencia de venta de pasajes de micros, un lavadero de micros de larga distancia y agencias de quiniela, pero, llegado el caso a la Sala IV de Casación, los camaristas concluyeron que “la inexistencia de documentación que avale la presencia de empleados en los comercios permite concluir que el giro comercial no tenía la magnitud aludida por la defensa”. También descartaron la versión que atribuía el origen de los fondos al “supuesto ejercicio de la prostitución”.
Los bienes de la imputada fueron vinculados con los delitos cometidos por Sergio Claudio Cirigliano, condenado a nueve años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y estrago culposo agravado por la Tragedia de Once, y con la condena a cuatro años impuesta a Julio De Vido en esa misma causa.

La resolución condenatoria de Casación también había rechazado el reclamo de la UIF, que pretendía administrar los bienes “individualizados”. En esa oportunidad, los camaristas recordaron que era la Corte Suprema la encargada de administrarlos conforme a la Acordada Nº 2/18, que reguló los efectos secuestrados en causas penales.
Así las cosas, a la hora de evaluar este viernes la admisibilidad de los recursos extraordinarios presentados contra el fallo de la Sala IV, que confirmó la condena y le atribuyó al Máximo Tribunal los bienes decomisados, los magistrados señalaron que las apelaciones no cumplían los requisitos de la Ley 48, al no demostrar que la resolución fuera “contraria a los derechos federales invocados”.
Además, advirtieron que ambos planteos para llegar a la Corte “remiten al examen de aspectos de hecho, prueba y derecho común que resultan ajenos a la instancia extraordinaria, salvo supuesto de arbitrariedad (...), extremo que en el caso no fue demostrado”.
De este modo, y en línea con el dictamen del Ministerio Público Fiscal, los camaristas declararon inadmisibles los dos planteos, dejando firme la condena por lavado de activos contra Nélida Caballero en calidad de autora.
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