
La Corte Suprema de Justicia resolvió este jueves que la justicia nacional ordinaria deberá continuar con la investigación penal iniciada a raíz de una denuncia presentada por el ex presidente Alberto Fernández contra su ex pareja, Fabiola Yañez, por presunta violación de secretos y acceso ilegítimo a información personal.
El conflicto de competencia se planteó como consecuencia de la querella interpuesta por el ex mandatario ante la justicia federal, en la que denunció un supuesto acceso indebido a imágenes almacenadas en un teléfono celular de su propiedad, que -según indicó- había entregado a su ex mujer para que fuera utilizado por su hijo.
“La querellada Fabiola Yañez es la única persona que tenía acceso a la información que se ha difundido. Dicha información está contenida en el teléfono que era de mi propiedad, que le regalé a mi hijo Francisco con aplicaciones que servían para su esparcimiento, y que contenía mi galería de fotos personal", expuso Fernández en su denuncia penal de agosto del año pasado.
En ese escrito, el expresidente reconoció que el teléfono Samsung que le había dado a su hijo contenía material íntimo. En ese marco, afirmó que la publicación de los videos en los que aparece con Tamara Pettinato “se encuadra en el mismo contexto de violencia de género que la Sra. Yañez me reprocha”. Y afirmó: “Se debe poner un límite a semejante invasión y avanzar con la querella que aquí presento. Pues esta difusión se va realizando a cuentagotas, mostrando un mecanismo de desgaste hacia mi persona, con el único propósito de alimentar el morbo social”.
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 9, a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti, se declaró incompetente tras considerar que los hechos denunciados no configuraban un delito de naturaleza federal, sino que debían ser investigados por la justicia de instrucción porteña. Posteriormente, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 4 adoptó la misma postura y también declinó su intervención.
Ante el conflicto de competencia, las actuaciones fueron elevadas ante el Máximo Tribunal, que se expidió esta tarde con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En un voto conjunto, los jueces Rosatti y Lorenzetti sentenciaron: “De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 4, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 9″.
Por su parte, el ministro Rosenkrantz acompañó de modo concurrente y argumentó: “No surge de las constancias del incidente que los hechos investigados hubiesen sido cometidos mientras el querellante desempeñaba una función nacional ni se advierte en autos alguna circunstancia que suscite la jurisdicción federal (...)”.

Por medio de la denuncia, presentada en los tribunales de Comodoro Py, el ex presidente había solicitado la restricción de la viralización de las filmaciones en los que aparecía junto a Pettinato. “Vengo a denunciar la difusión de unos videos en los que me encuentro con Tamara Pettinato, persona a quien conozco hace muchos años, sé de su integridad y solo mantuvo un almuerzo conmigo tras un reportaje que me hizo en los términos de cordialidad y jocosidad propios del vínculo de confianza que nos une”, dijo.
“Esa violencia digital y mediática a la que es sometida Tamara Pettinato se encuadra en el mismo contexto de violencia de género que la Sra. Yañez me reprocha”, agregó al equiparar la difusión de esas imágenes con el delito por el cual fue denunciado por su exmujer.
Esta última denuncia activó la intervención del juez Julián Ercolini y del fiscal Ramiro González en una causa donde se ordenó una pericia del teléfono de Fernández para analizar posibles casos de agresión. El resultado de ese análisis arrojó un total de 8474 páginas de mensajes entre el exmandatario y la denunciante desde 2017 hasta agosto de 2024.
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