
La Sala V del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires absolvió y ordenó liberar a O. A. B. y C. I. G., dos hombres habían sido condenados a prisión perpetua en 2018 por el asesinato de Oscar Simón Valiente Cuevas, dueño de una pizzería en La Matanza.
La decisión se fundamentó en presuntos errores de la Policía Bonaerense y la falta de valoración de cuestiones que había planteado la defensa ante el juzgado de primera instancia.
El caso ocurrió en la madrugada del 19 de junio de 2017, en avenida Crovara al 5200. Delincuentes abordaron al comerciante mientras estaba detenido en su Toyota Hilux. En el intento por asaltarlo, le dispararon en el pecho con una pistola 9 milímetros.
La causa llegó al tribunal de alzada luego de que en junio de 2024 la Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenara revisar el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Matanza, que había dictado la sentencia por el homicidio criminis causae, en concurso real con robo agravado por el uso de arma de fuego.
Ahora los jueces de Casación Manuel Alberto Bouchoux y Mario Eduardo Kohan consideraron que existieron “graves vicios” en la acusación de la fiscalía, al igual que “una defectuosa investigación policial”.
Los detalles del caso
Entre las principales irregularidades relevadas, la causa tuvo como testigo principal al único hombre que dijo reconocer a ambos sospechosos. Sin embargo, no se tuvo en cuenta que al momento del asesinato esta persona se encontraba bajo los efectos de la pasta base, a una cuadra de distancia, y además “era de noche y la zona estaba mal iluminada”.
“La sumatoria de las circunstancias desarrolladas tuvieron un impacto negativo en las condiciones de percepción del testigo, lo cual se ilustra en las inconsistencias y contradicciones en las que incurre durante todo su relato”, resumió la Casación.
Al mismo tiempo, hubo otro testigo que estaba más cerca de la camioneta que intentaron robarle a la víctima y no se veía afectado por el efecto de drogas o alcohol. Este declarante no pudo reconocer a los acusados en ninguna de las instancias y su testimonio no había sido ponderado.
“Pese a su trascendencia, nada de ello fue abordado en el fallo recurrido que, a esta altura, es posible concluir prescindió de dar una respuesta adecuada a todos y cada uno de los planteos introducidos por el defensor público que resultaban, sin lugar a dudas, conducentes para la decisión final del caso”, aportaron los magistrados de alzada.
Por otro lado, el fallo destacó la detención sin orden judicial de ambos imputados en circunstancias no vinculadas directamente al hecho investigado. Agentes de la Comisaría San Alberto Oeste 4ª de Isidro Casanova que declararon durante el juicio argumentaron que uno “tenía cara de susto” cuando vio el patrullero, y sobre el otro “ni siquiera se interesaron en explicar el motivo que los habilitó a proceder a la aprehensión”, concluyeron los jueces.

La investigación policial fue direccionada, de acuerdo al tribunal de segunda instancia. Desde el principio se descartaron líneas alternativas que apuntaban a otros sospechosos identificados en comunicaciones al 911 y en declaraciones iniciales, sin que existiera justificación razonable para esta omisión.
Por otro lado, se desestimaron peritajes clave durante el juicio. La Policía Científica recolectó huellas dactilares y muestras de sangre en la escena del crimen, y los resultados de los análisis confirmaron que no pertenecían a los acusados.
El nuevo fallo concluyó que la acusación se apoyó exclusivamente en un testimonio endeble, inconsistente y contradictorio, sin sustento en pruebas materiales. Sostuvo que el proceso judicial incurrió en un sesgo de confirmación, ignorando pruebas exculpatorias y reforzando hipótesis acusatorias sin sustento objetivo, lo que afectó directamente la presunción de inocencia.
La sentencia ordenó al TOC N°1 de La Matanza que efectúe las medidas necesarias para la liberación inmediata de ambos detenidos, que llevaban más de siete años detenidos.
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