Postergaron el juicio oral contra un acusado por emitir facturas truchas a nombre de empresas

Ante la actual indefinición del estado procesal de algunas personas, el Tribunal en lo Penal Económico N°3 difirió el comienzo de un juicio en el que se analizará el funcionamiento de una organización dedicada a confeccionar instrumentos contables y fiscales presuntamente apócrifos

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Edificio Comodoro Py
El juez Imas postergó el inició del juicio oral donde se presume un caso de "asociación ilícita fiscal" (Maximiliano Luna)

Tras un pedido de la defensa avalado por los acusadores, el Tribunal en lo Penal Económico N° 3 con sede en Comodoro Py suspendió el inicio del juicio oral contra Marcelo Osvaldo Calderón, imputado como presunto coautor de una asociación ilícita fiscal destinada a confeccionar y distribuir documentación impositiva falsa durante casi dos años de manera habitual y organizada.

La suspensión del debate, firmado este viernes por el juez de cámara Luis Imas, surge como consecuencia de que aún no se resolvió la situación procesal de otros presuntos integrantes de la banda.

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Las audiencias contra Calderón por supuesta infracción al régimen penal tributario estaban previstas para los días próximos 6, 9 y 13 de mayo en el marco de la causa CPE 954/2015 donde, según los requerimientos de elevación presentados por los acusadores, se analiza la posible integración del imputado en una estructura coordinada que, entre enero de 2014 y diciembre de 2015, emitió “instrumentos contables y fiscales -declaraciones juradas impositivas y facturas, entre otros-, presuntamente apócrifos” a nombre de una decena de personas jurídicas.

Entre las firmas mencionadas en la acusación figuran Constructora HN S.R.L., Cronos Group S.R.L., Fletes MLN S.R.L., Grupo Agroindustrial de Azul S.A., Legacy S.A., Panificados del Sur S.A., Servicios IP S.A., Stax Argentina S.A., Total Risk Servicios Integrales S.R.L., Polleur S.A., Freight Service S.A., y varios fideicomisos como Abra Fagastino, Abra Orán, Abra Salt1722, María Julia, María Luisa y María Rosa, todos en calidad de fideicomisos de administración.

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“A través de tales instrumentos, distintos contribuyentes (‘usuarios’), habrían documentado y declarado operaciones comerciales presuntamente inexistentes con el propósito de simular gastos y crédito fiscal y así erosionar la base imponible de sus respectivas obligaciones tributarias. Además, aquellos contribuyentes habrían realizado erogaciones sin respaldo documental válido, vinculadas a tales operaciones comerciales”, reseñó el juez Imas en un fallo al que tuvo acceso Infobae.

ARCA
La actual ARCA recibió oficios para que brinde información en la causa impositiva (Foto: Shutterstock)

Por esta conducta, se imputó a Calderón como coautor en los términos del artículo 15, inciso “c”, de la Ley 24.769, que establece una pena máxima de hasta diez años de prisión.

Radicadas las actuaciones en el tribunal de juicio, y tras múltiples suspensiones pedidas por las partes, la defensa de Calderón presentó una nueva solicitud de suspensión el pasado 16 de abril de 2025 por razones de índole jurídica.

En su escrito, sostuvo que la celebración aislada del debate oral contra su cliente vulneraría principios del proceso penal acusatorio, ya que, dada la “naturaleza plurisubjetiva” del ilícito de asociación ilícita fiscal, que requiere una “coordinación funcional de al menos tres miembros”, y la ausencia de otros acusados en el proceso, se estaría afectando su derecho de defensa.

“En este sentido -planteó-, la propia configuración típica del delito enrostrado (...) exige, como condición de posibilidad de un juicio válido, que el acusado pueda conocer con precisión quiénes serían los otros presuntos integrantes, cuál fue su rol en la organización, y en qué medida esos hechos se vinculan con la conducta atribuida a mi asistido. Esto no solo constituye una exigencia de legalidad sustantiva, sino que forma parte del núcleo duro del derecho de defensa, en tanto se requiere que el imputado pueda rebatir en juicio los hechos y calificaciones que se le imputan con información suficiente, clara y previamente determinada”.

Luego agregó: “Ahora bien, conforme surge del reciente informe remitido por el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 5 (...), recibido por V.S. con fecha 26/02/2025 , se mantiene a la fecha la absoluta indefinición procesal respecto de la situación jurídica de los demás sujetos sindicados como integrantes de la presunta organización“.

Tribunales de Comodoro Py Vacíos - Cuarentena Obligatoria - COVID-19 - Coronavirus (Foto: Franco Fafasuli)
El tribunal penal, con sede en Comodoro Py,resolvió postergar el inicio de las audiencias contra el imputado Calderón (Foto: Franco Fafasuli)

Esta postura fue acompañada tanto por el Ministerio Público Fiscal como por la querella. La fiscalía argumentó que, en rigor, varios de los presuntos miembros de la organización, como Carlos Antonio López, Verónica Lorena Reyes, Diego Héctor Saba y Sandra Patricia Lombruni, ya fueron citados a prestar declaración indagatoria en una causa complementaria y que sus situaciones procesales se encuentran próximas a definirse por el juez de instrucción del mencionado Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 5.

Por su parte, la querella informó que en esas actuaciones paralelas ya había solicitado el procesamiento de siete imputados y que se encontraba pendiente la ampliación de la indagatoria de Lombruni, prevista para este martes 29 de abril. Además, señaló que se libraron oficios a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para localizar a Jorge Edgardo Barrios, otro de los sospechados.

Al definir el planteo, el magistrado del Tribunal Oral Penal Económico 3 porteño interpretó que continuar con el juzgamiento contra Calderón era algo “técnicamente válido”, pero “la doctrina constitucional imperante y los precedentes jurisprudenciales establecen que en un sistema acusatorio, el juez no puede sostener el impulso procesal contra la voluntad concurrente de los órganos de persecución penal, pues ello implicaría asumir funciones requirentes ajenas a la imparcialidad jurisdiccional”.

De ese modo, dispuso hacer lugar a la suspensión de las audiencias del debate oral y diferir la fijación de las nuevas fechas “hasta tanto se resuelva la situación procesal de los restantes imputados en la causa que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°5″.

El juez Imas también ordenó librar oficios a esa sede judicial en forma mensual con el fin de “determinar el estado de las actuaciones complementarias”.

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