Ex directivos y gerentes de la exempresa área “Sol S.A.” fueron procesados por la tragedia ocurrida en mayo de 2011 cuando un avión se estrelló en la Patagonia y murieron 22 personas: tres tripulantes y los 19 pasajeros del vuelo. La justicia federal de Bariloche determinó que los acusados permitieron que el avión realizara el vuelo cuando no estaba en condiciones
“La aeronave no se encontraba aeronavegable”, sostuvo el juez federal subrogante Gustavo Villanueva en la resolución que dictó la semana pasada y a la que accedió Infobae. Si bien la conclusión del caso fue que los pilotos –quienes murieron– actuaron de manera indebida frente a la situación climática que atravesaban, tuvieron que operar un avión con deficiencias: partió incumpliendo dos directivas de navegabilidad, el equipo de comunicación estaba vencido, los pilotos no habían recibido las capacitaciones que debían, y se permitió el vuelo sin el informe meteorológico actualizado.
Los procesamientos recayeron en 11 personas, entre ellos el ex presidente de Sol Horacio Angeli, los miembros del directorio Horacio Darre y Gustavo Cebreiro, y ex gerentes y coordinadores de la empresa. Fueron procesados por poner en peligro la seguridad de una aeronave agravada por haber producido un desastre aéreo y la muerte de veintidós personas. El delito tiene una pena de 10 a 25 años de prisión.
El vuelo 5428 despegó del Aeropuerto Internacional Presidente Perón de Neuquén a las 20:05 horas del 18 de mayo de 2011 para su último tramo con destino a Comodoro Rivadavia. Juan Raffo y Adriano Bolatti fueron los pilotos de la nave Saab 340A. Pero en el trayecto se encontraron con formaciones de hielo que derivaron en la tragedia. El avión cayó en la localidad de Caltrauna, en Río Negro.
Del hecho se van a cumplir 14 años y, durante este tiempo, la causa tuvo otras resoluciones. En 2019, los acusados fueron sobreseídos, pero meses después, la Cámara Federal de General Roca revocó el fallo y ordenó que se hagan nuevas medidas de prueba. E 2021 se decretó la prescripción por el paso del tiempo para el delito que se investigaba, que era el de estrago culposo. Pero la Cámara Federal de Casación no compartió el criterio y en 2023 consideró que se debía investigar un hecho más grave.
El expediente tiene la particularidad de que la Fiscalía no actúa. Es porque quien entonces era fiscal de la causa, María Cándida Etchepare, entendió que los únicos responsables fueron los pilotos y se retiró de la investigación.
Así, la causa se reactivó solo con la querella que representa a los familiares de las víctimas. Se hicieron nuevas medidas de prueba y se ordenó la citación a indagatoria de los acusados. La conclusión de los peritajes que se hicieron fue que el avión se precipitó por “una situación de engelamiento severo” que es la formación de hielo en distintas partes de la nave que ponen en peligro el vuelo.

Frente a esa situación climática, los expertos concluyeron que hubo “maniobras realizadas u omitidas por la tripulación”. Explicaron que debieron quitar el piloto automático cuando se detectó el hielo, no se respetó la velocidad mínima de crucero ni se utilizó toda la potencia remanente y que la velocidad que se registró era inferior a la recomendaba para la situación climática que se atravesaba. “La aeronave entró en pérdida de sustentación debido a una reducción progresiva y prolongada de la velocidad, en combinación con la formación de hielo, sin que se registraran acciones correctivas efectivas por parte de la tripulación”, fue la mirada final.
Lo que se logró obtener de la investigación judicial fueron las conversaciones de los pilotos. Allí hablan de la cantidad de hielo que se formó y Bolatti dice “por qué te crees que se cae tanto este avión, no sirve, no sirve este avión para esta ruta, pero no lo quieren entender”.
Pero la justicia también determinó que el avión presentaba una serie de irregularidades que pusieron “en peligro la aeronavegación y -en algunos casos- contribuido en el resultado, aumentando el peligro del siniestro más allá del riesgo permitido”.
Por ejemplo, se incumplieron dos directivas de navegabilidad vinculadas a las hélices instaladas. El avión tampoco tenía instalado un sistema HF de comunicación que era el requerido por la autoridad. “Existía un tramo en el trayecto del vuelo que no podía contactarse con el Centro de Control de Área que le correspondía, Comodoro Rivadavia”, destacó el fallo.
La empresa tampoco les dio a los pilotos y al despachante del vuelo las capacitaciones e instrucciones requeridas, por lo que así se “puso en peligro la seguridad de la aeronave y, en este caso, el peligro desencadenó el resultado final, agravando la figura por el desastre aéreo y las muertes producidas”.
Otra responsabilidad de los directivos fue que se permitió el vuelo sin contar con un informe meteorológico actualizado y con información confusa sobre el peso y balanceo de la aeronave.
“En síntesis, surge de las pruebas acumuladas durante la investigación, corroboradas por el contenido de las conversaciones mantenidas dentro de la aeronave, y con el grado de certeza exigido para este tipo de decisión, que la aeronave no se encontraba aeronavegable”, sostuvo el juez Villanueva.
Así, junto con el ex presidente y los ex miembros del directorio de Sol también fueron procesados Danilo Pojmaevich (ex gerente de Operaciones), Hugo Rodríguez (coordinador de Instrucción), Jorge Costales (gerente de Recursos Humanos y director del Centro de Capacitación), Jorge Herrera (inspector Principal Operativo), Gustavo Daneri (representante Técnico y Gerente de Mantenimiento), Héctor Morbidoni (gerente de Producción), Paolo Marino (inspector de Mantenimiento) y Mario Parrello (despachante del vuelo). Fueron acusados por el mismo delito y se les aplicó un embargo de entre 235 y cuatro millones de pesos.
En tanto, Stefano Angeli, ex miembro suplente del directorio, y Héctor Cichitti, que el día del accidente era el operador de la Oficina de Notificación, fueron sobreseídos. El fallo en plazo para ser apelado a la Cámara Federal de General Roca.
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