
El Tribunal Oral Federal 3 de Rosario aceptó este miércoles elevar el expediente de Mayra Belén Mansilla, condenada a 11 años y medio de cárcel por delitos vinculados con la banda narco “Los Monos”, para tratar su pedido de prisión domiciliaria en la Cámara Federal de Casación. La mujer, de 28 años, compartió el banquillo de los acusados con el líder de esa organización, Ariel Máximo “Guille” Cantero y sus laderos Leandro “Pollo” Vinardi y Cristian Nicolás “Pupito” Avalle, entre una docena de acusados por tráfico ilícito de drogas.
Mansilla fue encontrada culpable por el tribunal rosarino en noviembre del año pasado en el marco de dos expedientes -“Malvestitti” y “Prokopiec”- que se unificaron en el mismo debate que juzgó y condenó a Cantero por el manejo de un punto de venta de estupefacientes en la ciudad de Arroyo Seco, Santa Fe. El primero tramitó el caso de un secuestro extorsivo agravado, en concurso real con tenencia agravada de estupefacientes con fines de comercialización, mientras que el segundo versó sobre el hallazgo, en manos de Mansilla -y de Emanuel Prokopiek-, de 20 gramos de cocaína distribuidos en 87 envoltorios y 4 gramos de marihuana considerados para su venta.
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El secuestro extorsivo donde la condenada resultó coautora se encuadró penalmente con triple agravamiento. Ocurrió el 23 de julio de 2021, cuando un joven hijo de un empresario fue capturado en Arroyo Seco mientras compraba marihuana junto a un amigo. Tras el rapto, donde un hombre que bajó de un Astra estacionado se hizo pasar por policía, la víctima recibió torturas y fue liberado, dos horas después, después de una negociación que culminó en el pago de un rescate por parte de sus familiares de 10 mil dólares y joyas.

En los alegatos de cierre, el fiscal Federico Reynares le había pedido a la imputada 12 años de cárcel por su participación en ese hecho, sumado al ilícito de tenencia de droga para la venta en el Departamento de Rosario, agravado por servirse de menores de 18 años, por haber sido cometido con violencia e intimidación y por la intervención de tres o más personas. Asimismo, también contempló lo comprobado en las actuaciones “Prokopiec”.
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El juicio oral en cuestión recayó en los jueces Eugenio Martínez Ferrero, Osvaldo Alberto Facciano y Mario Jorge Gambacorta y se llevó a cabo durante los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre del año pasado a través de largas jornadas sucesivas. Además de las condenas contra Mansilla y el capo narco de Los Monos, Leandro ”Pollo” Vinardi y Cristian Nicolás “Pupito”, próximos a “Guille” Cantero y alojados en el penal de Ezeiza, obtuvieron 14 años de cárcel. Otros nueve imputados, en tanto, sufrieron penas de prisión.
Así las cosas, el defensor público de Mansilla interpuso ante el Tribunal Oral Federal 3 de Rosario un pedido de detención domiciliaria en favor de su clienta, quien ya en sus palabras finales en el juicio había relatado su condición de madre soltera a muy corta edad, sin contención familiar ni la presencia del padre de su hijo. La resolución 01/25-EP denegó, el pasado 14 de enero, ese planteo. Contra el rechazo, el abogado formuló un recurso para elevar el legajo a Casación Federal.
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Previo a su efectiva elevación, el tribunal de origen debe analizar si la solicitud para remitir las actuaciones a la máxima instancia penal del país cumple con los “requisitos de admisibilidad” exigidos por el Código Procesal Penal de la Nación. Y a eso, en efecto, se abocó este miércoles la jueza de cámara Elena Beatriz Dilario en una resolución a la que tuvo acceso Infobae.

“En tal sentido, por un lado, cabe señalar que dicho remedio procesal ha sido interpuesto en legal término, por parte de quien tiene legitimación para recurrir y ante el tribunal que dictó la resolución impugnada. Asimismo, el escrito del recurso interpuesto por el Defensor Público Oficial resulta autosuficiente en tanto contiene un detalle de las principales circunstancias del caso, las disposiciones legales que -a criterio del recurrente- no han sido observadas, los motivos en que se funda, y la solución que se pretende”, explicó la magistrada.
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Y añadió: “Resta decir que, a pesar de que no se trata de un recurso contra una de las decisiones especificadas en el art. 457 del CPPN, se considera, por sus efectos, comprendida en esa enumeración, toda vez que traería aparejado un gravamen de imposible reparación ulterior o de insuficiente reparación ulterior, y por ende puede ser objeto de revisión por el superior".
De esa manera, Casación tendrá en sus manos el expediente donde se estudia la posible morigeración de la situación carcelaria de la joven. La semana pasada, el mismo TOF 3 ordenó la captura de otra condenada en las mismas actuaciones que Mansilla por violar el régimen de prisión domiciliaria y fugarse de su vivienda.
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