
El juez federal Julián Ercolini rechazó hoy la recusación que el ex presidente de la Nación Alberto Fernández presentó para que se aparte de la causa por violencia de género contra la ex primera dama Fabiola Yañez y en la que el magistrado lo había citado a indagatoria para hoy. Pero la recusación fue hecha ayer a la noche y Ercolini suspendió la indagatoria para la semana que viene.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que el juez sostuvo que el pedido de apartamiento está “basado en alguna estrategia defensista y no en elementos objetivos racionales y demostrables”. Así, Ercolini elaboró su inorme en el que rechaza la recusación y lo elevó a la Cámara Federal que es el tribunal que debe resolver si lo confirma o lo aparta del caso. Se espera que esa resolución sea antes del jueves de la semana que viene que es la nueva fecha de indagatoria que el juez le puso a Alberto Fernández.
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La abogada del ex presidente, Silvina Carreira, recusó ayer a la noche al juez y solicitó que se suspenda la indagatoria de hoy. “Objetivamente esta defensa abriga el temor que V.S. se haya formado un criterio y de alguna manera haya prejuzgado acerca de la situación del ex Presidente de la Nación, lo cual incidirá al momento en el que, eventualmente, deba analizar el fondo del asunto y dicte el fallo al resolver su situación procesal”, sostuvo. La defensa también planteó que el caso debe pasar a la justicia de la ciudad de Buenos Aires.
Alberto Fernández también había recusado en su momento a Ramiro González, el fiscal que investigó el caso, y al propio Ercolini en otra causa que tiene el ex presidente. Es el caso de la contratación de seguros durante su gobierno en la que ya declaró en indagatoria. Ambos pedidos fueron rechazados.
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La defensa le hizo al juez varios cuestionamientos. Uno fue que Ercolini “ha direccionado la investigación para retener la causa” y que tuvo “afán” para que Yañez haga la denuncia. También que cuando mandó el sorteo para que intervenga un nuevo juez le tocó a él mismo. La defensa resaltó que el caso fue sorteado en los tribunales de Comodoro Py y que, para mantener “una supuesta imparcialidad”, el expediente recayó en Ercolini “por las maravillas del azar”. En sus palabras, Ercolini no podía intervenir por ser el denunciante. “Esperábamos que el magistrado se excusara de manera voluntaria y no tener que recurrir al instituto que aquí se propicia”, dijo.
También objetó el allanamiento al departamento del ex presidente en Puerto Madero donde se secuestró su celular y otros dispositivos y lo criticó por las filtraciones que hubo a la prensa por lo que ocurría en la causa.
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La causa se inició cuando el juez Ercolini encontró en los chats del teléfono de María Cantero, secretaria de Alberto Fernández, conversaciones con Yañez en las que la ex primera dama le hablaba de cómo el ex presidente le pegaba y le envió fotos de moretones en el brazo y la cara. Esos chats se encontraron porque el celular de Cantero fue peritado en la causa de los seguros, donde está imputada. Con esa información, el magistrado citó a Yañez a una audiencia para preguntarle si quería hacer una denuncia penal porque la violencia de género es de instancia privada. Primero dijo que no pero cuando el caso se hizo público presentó la denuncia.

La recusación lleva un trámite y también ayer a la noche el juez postergó la indagatoria prevista para hoy para el jueves de la semana que viene. Y este mediodía Ercolini rechazó la recusación. “El suscripto no actúa como denunciante en este expediente por el hecho de haber ordenado la extracción de testimonios y su correspondiente remisión a sorteo”, sostuvo el juez que explicó que si la causa le tocó nuevamente forma parte del sorteo y que hay antecedentes que lo avalan.
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“Ha quedado evidenciado que la forma en que se procedió ha tenido como objetivo máximo el de preservar a la víctima, poniéndola en conocimiento del material que habían sido encontrado en una investigación penal, que correspondían a la esfera de su intimidad, y que por ello, merecía ser preservada e informada de los derechos que le asistían y de la posibilidad que tenía de instar la acción penal para que sean investigados”, sostuvo sobre la audiencia con Yañez.
También dijo que no hizo ninguna medida de prueba en la causa porque la investigación fue delegada en la Fiscalía y que el allanamiento a la vivienda de Fernández se hizo “bajo las normas de preservación vigentes, y que hasta el momento, ninguno de esos dispositivos ha sido abierto”. “De esta manera, ha quedado evidenciado que la actuación del suscripto desde el inicio del expediente, esto es, el hallazgo del material en la copia forense de Cantero, hasta su remisión a sorteo y continuación del trámite, ha sido conforme lo indica la ley y normativa aplicable”, concluyó.
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Por otra parte, el juez rechazó cualquier animosidad contra el ex presidente al señalar que tanto en el juzgado en el que es titular como en el que subroga tuvo otras causas contra Fernández y no fue recusado. Ercolini citó esas causas y dijo que algunas de ellas fueron “desestimadas y/o archivadas por inexistencia de delito o imposibilidad de proceder”.

“Ese cúmulo de expedientes citados, como así también su resultado, deja en evidencia y lleva a la sinrazón del alegado temor de parcialidad sostenido por Fernández y su letrada; se puede apreciar una finalidad de apartamiento del juez natural de la causa basado en alguna estrategia defensiva y no en elementos objetivos racionales y demostrables”, concluyó.
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Ahora intervendrá la Cámara Federal que se espera que defina la situación antes del jueves que viene que es la nueva fecha de indagatoria para Fernández.
El ex presidente está acusado de los delitos de lesiones leves doblemente agravadas, una lesión grave por el debilitamiento permanente de la salud y por coacciones hacia Yañez para que no presente la denuncia en su contra. Los tres delitos, en caso de una condena, tienen una pena máxima de 18 años de prisión.
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“En un contexto de violencia de género signado por la particular relación asimétrica de poder entre Alberto Ángel Fernández y Fabiola Andrea Yáñez, por lo menos desde el año 2016 hasta el 6 de agosto del 2024 (fecha en la cual la víctima instó la acción penal en el presente expediente y se impuso la consecuente prohibición de contacto al nombrado), el imputado se habría aprovechado de la especial situación de vulnerabilidad preexistente al vínculo en la que se encontraba inmersa la nombrada, y ejercido con habitualidad y de modo continuo, violencia psicológica contra Yáñez, bajo las formas de acoso, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”, sostuvo el juez Ercolini cuando citó a Fernández a indagatoria.
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