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Revocaron el sobreseimiento de un ex juez sospechado de favorecer a un abogado por lavar dinero a través de un cabaret

Se trata del ex camarista Jorge Ferro, quien renunció a su cargo en 2018 tras recibir una denuncia en el Consejo de Magistratura. La resolución que dio vuelta el fallo recurrido estuvo en manos de la Sala IV del máximo tribunal penal

El ex juez Jorge Ferro, imputado por nueve hechos de incumplimiento de los deberes de funcionario
El ex juez Jorge Ferro, imputado por nueve hechos de incumplimiento de los deberes de funcionario
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En una resolución unánime, la Cámara Federal de Casación Penal anuló este lunes la prescripción de la acción penal contra el exjuez Jorge Ferro, sospechado de haber cometido nueve hechos de violación a los deberes de funcionario público a raíz de una causa abierta por el presunto lavado de dinero a través de un cabaret en la ciudad bonaerense de Mar del Plata.

La sala IV del máximo tribunal penal del país, compuesta por los camaristas Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, acogió el recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y decidió, así, revocar la decisión de la Cámara Federal de Mar del Plata que había declarado prescripta la acción penal contra Ferro en noviembre del año pasado.

Ferro, quien se desempeñaba como juez en la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, enfrenta acusaciones de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Según la investigación, el exmagistrado habría participado en diversas maniobras delictivas junto a miembros del estudio jurídico “Games y Asociados”, entre ellos Alejandro Ferrarello, María de las Mercedes Hernández Morahín y Federico Gil de Muro.

El exmagistrado, en efecto, renunció a su cargo de camarista el 1 de mayo de 2018 tras trabajar durante 35 años en el Poder Judicial y luego de ser denunciando en el Consejo de la Magistratura por su presunta relación de amistad con el abogado Ferrarello, investigado por el delito de lavado de activos originados en un cabaret denominado Madaho’s, quien habría sido favorecido por el juez en su situación procesal.

El ex magistrado, en efecto renunció a su cargo de camarista el 1 de mayo de 2018 tras ser denunciando en el Consejo de la Magistratura
El ex magistrado, en efecto renunció a su cargo de camarista el 1 de mayo de 2018 tras ser denunciando en el Consejo de la Magistratura

La hipótesis que plantea la acusación postula que el ex camarista habría infringido deberes institucionales relativos al correcto desarrollo de la función judicial en una causa donde al letrado Ferrarello se lo señalaba como responsable del delito de trata de personas de un prostíbulo marplatense, y Ferro, al intervenir en el caso, no se inhibió con motivo de su estrecha relación “de amistad y familiaridad” que tendría con él.

El 15 de noviembre pasado la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata resolvió confirmar la decisión dictada en primera instancia donde se declaró extinguida por el paso del tiempo la acción penal en orden a los nueve hechos que le fueron atribuidos bajo el cargo de incumplimiento de los deberes de funcionarios público, que implicarían, además, “ganancias ilícitas” que derivarían en un enriquecimiento patrimonial sin causa. Los representantes del Ministerio Público Fiscal presentaron contra ese fallo un recurso de casación, que fue denegado en la segunda instancia y luego aceptado por los camaristas de la sala IV a través de un planteo en queja en marzo pasado.

Al momento de revocar la sentencia este lunes, el juez Hornos, quien lideró el acuerdo al que tuvo acceso Infobae, subrayó el “fuerte compromiso que debe existir por parte del Estado Nacional a los efectos de enfrentar a este tipo de criminalidad -hechos de corrupción- en la que habría participado un juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, entre otros”. Y agregó: “sentado lo expuesto, cabe señalar que hasta el momento no ha transcurrido el plazo de seis años previsto en el artículo 62, inciso 2°, del Código Penal”.

“En este escenario, -dijo el juez Hornos con la adhesión de Carbajo- habré de concluir que el plazo de prescripción de la acción penal que corresponde adoptar en el caso es el pertinente al máximo de la pena prevista para el delito más grave -6 años en este caso- y, por ende, debe concluirse que ese lapso no operó en el caso concreto”. Y precisó: “la presente causa se encuentra en pleno proceso de recolección probatoria para realmente esclarecer e identificar la maniobra aquí investigada y, en su caso, determinar cuál o cuáles injustos penales configuran y el modo en que estos habrían de concursar”.

El cabaret Madaho’s, asociado al abogado Ferrarello, presunto amigo del ex juez Ferro
El cabaret Madaho’s, asociado al abogado Ferrarello, presunto amigo del ex juez Ferro

El caso se originó en 2015 tras un allanamiento en el que se secuestraron dos teléfonos y una computadora del abogado Ferrarello, en el marco de una investigación por trata de personas en el local marplatense “Madaho’s”. La demora en el trámite de la causa ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata fue destacada por Hornos, quien criticó la inacción de los jueces de la instancia anterior al apuntar que “desde el 29 de noviembre de 2022 todavía no han efectuado un nuevo pronunciamiento conforme fuera ordenado por esta Cámara Federal de Casación Penal -en una intervención previa- (...)”.

A su término, el camarista Borinsky también adhirió a la propuesta de Hornos y explicó, en la misma línea, que si bien Ferro contaba con una imputación provisoria por incumplimiento de los deberes a su cargo, la investigación contempla también su presunto enriquecimiento patrimonial, cuya conducta contempla el crecimiento ilegal de bienes “ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño”. En ese marco, el magistrado señaló que el exjuez Ferro “se desempeñó como juez de cámara hasta el 1° de mayo de 2018 y que la investigación vinculada al respecto se encuentra en curso. Por consiguiente, el término prescriptivo computable (...), no se encuentra cumplido a la fecha”.

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