
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó hoy las condenas a siete y ocho años de prisión por el caso conocido como “Narcoarroz”, el intento de envío de 40 kilos de cocaína ocultos en un cargamento de arroz en el puerto de Rosario. El máximo tribunal además revocó el sobreseimiento de otro acusado y confirmó que se debe dictar un nuevo fallo.
Por unanimidad, los jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, rechazaron las apelaciones por “inadmisibles” de Williams Triana Peña y Carlos Olmedo Silva Cárdenas. Así, el máximo tribunal dejó firmes sus condenas a siete y ocho años de prisión, respectivamente.
Ambos habían sido condenados en julio de 2020 por la operación en la que desbarató a una organización que buscaba llevar 40 kilos de cocaína ocultos en un cargamento de arroz en el puerto de Rosario. El destino final era Marruecos y las islas de Guinea Bissau.
La causa se había iniciado en 2011 a partir de información brindada por la Policía Nacional de Colombia y la Comunidad de Policías de América (Ameripol), que advirtieron sobre el funcionamiento de una organización ligada a la narcocriminialidad conformada mayormente por ciudadanos colombianos.
Previamente, el 14 de agosto de 2014 la División Drogas de la Dirección General de Aduanas interceptó en el aeropuerto internacional de Ezeiza casi un kilo de cocaína oculta en envases de kétchup que portaba un pasajero que intentaba viajar hasta Bangkok, Tailandia.
En otro procedimiento, realizado el 17 de enero de 2015 en Palermo, se secuestraron otros 84.955 gramos de cocaína. Los estupefacientes se encontraban subdivididos en 79 paquetes. Todo formaba parte de la misma organización.
El Tribunal Oral Federal 5 de Comodoro Py condenó en julio de 2020 a los dos acusados. Ambos apelaron y la decisión fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal. Ante eso, volvieron a apelar y hoy la Corte Suprema confirmó definitivamente sus condenas.

Un tercer acusado, Guillermo Heisinger fue absuelto en el juicio oral. Pero Casación revocó esa decisión y ordenó que se dicte un nuevo fallo. Esa decisión de Casación también fue confirmada por la Corte Suprema. “Que lo atinente a los agravios planteados en relación con la anulación de su absolución y del reenvío dispuesto en estos autos, el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, señalaron los jueces en su fallo.
Por el caso, el Tribunal Oral Federal 5 condenó a 13 personas a penas de los 10 años y los tres años y medio de prisión por los delitos de tentativa de contrabando de exportación agravado, tenencias con fines de comercialización y asociación ilícita. Además, otras cinco personas habían sido absueltas.
Otra condena confirmada
En otro expediente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la apelación de la abogada María Elena Esper Durán, condenada por integrar una banda liderada por el ex juez federal de Orán Raúl Juan Reynoso, que también fue condenado a 13 años de prisión por los delitos de prevaricato y concusión en el marco de la adopción de resoluciones judiciales vinculadas a la libertad o la situación procesal de personas imputadas en procesos en los que el condenado intervenía en calidad de juez.
El Tribunal Oral Federal 1 de Salta condenó a Esper Durán a diez años y medio de prisión como partícipe necesaria de esa organización. Su condena fue confirmada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal y ahora por unanimidad también por los cuatro jueces del máximo tribunal.
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