La Cámara Federal de Casación confirmó este martes la condena a prisión de dos años y seis meses en suspenso de Sergio Salgado Araujo, ex intendente de Santa Rosa, Mendoza, por amenazas coactivas contra un miembro del Banco Nación Argentina (BNA). “Si no cambian la actitud, van a tener problemas”, le dijo el entonces jefe comunal al empleado bancario al intentar hacer autorizar sobregiros en la cuenta del Municipio.
También quedó confirmada la condena a dos años de prisión en suspenso del ex Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Santa Rosa, Diego Franco Maures Romero, quien minutos después de las amenazas del jefe municipal se hizo presente en la sucursal del banco para amedrentar a dos empleados con el mismo fin de autorizar el cobro de cheques por ventanilla al descubierto.
La sentencia condenatoria contra los imputados por el delito de amenazas coactivas fue dictada en septiembre del año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Mendoza y ratificada -apelación mediante- este martes por la Sala IV de la máxima instancia penal del país, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky.
En el caso, se comprobó que en la mañana del 7 de marzo de 2013, Sergio Salgado -en aquel momento a cargo de la intendencia de Santa Rosa- llamó desde una línea de teléfono del Municipio al Banco Nación (sucursal Santa Rosa) y amenazó al Responsable de Planta, Lucas Hernández. Concretamente, los camaristas tuvieron por acreditado que, entre agravios exaltados, Salgado le dijo que “si no cambian la actitud iban a tener problemas”.
A su vez, se dio por comprobado que ese mismo día, pocas horas después del llamado, Diego Franco Maures, entonces Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Santa Rosa, se presentó en la sucursal del BNA y agredió “de forma verbal” al personal bancario. En esa oportunidad, le expresó directamente al Responsable, Lucas Hernández, y al Gerente de la Sucursal, Aurelio Alonso, que si no cambiaban de actitud y autorizaban sobregiros en la cuenta del Municipio, “iban a tener problemas”. Así es que se consideró que la visita de la mano derecha del intendente tuvo como finalidad “reiterar y ratificar las manifestaciones realizadas telefónicamente” por el jefe comunal.
En el expediente se analizaron distintas declaraciones testimoniales y un conjunto de documentos que dieron cuenta de las agresiones y las amenazas de esa mañana.

Al emitir su voto, el juez Carbajo manifestó que en la causa “debe tenerse presente que los dichos fueron proferidos en estado de exaltación por los encartados y acompañados de agravios e insultos, no debiendo perderse de vista que, tal y como refiriera el testigo-víctima Lucas Hernández, Santa Rosa es un pueblo chico y alejado del éjido urbano de Mendoza, donde cobra aún más relevancia y notoriedad la figura del intendente y sus funcionarios. Son la referencia inmediata de la idea de poder que puede construir la ciudadanía”.
A su término, su colega Borinsky expresó: “En el contexto descripto, coincido con el doctor Carbajo en cuanto a que la conducta desplegada por los imputados resultó sería, grave, injusta e idónea para crear el estado de alarma o temor requerido por el tipo penal de coacción”.
Por último, el camarista Hornos dijo: “El tribunal de origen concatenó y analizó de forma integral todas las evidencias producidas en el debate oral. Éstas, sumadas a aquellas incorporadas por lectura, permitieron aseverar que los aquí acusados proliferaron amenazas a las víctimas por no querer abonar por ventanilla cheques al descubierto”.
Y agregó: “Los imputados, en un evidente ejercicio abusivo de su rol como funcionarios públicos (con énfasis en el caso de Salgado, quien era intendente de la localidad), amedrentaron a los empleados bancarios para que hiciesen algo contrario a su voluntad”.
Con el acuerdo de los tres jueces, la Sala IV resolvió de forma unánime rechazar los recursos de casación interpuestos por las defensas particulares de ambos imputados y tener presentes las reservas del caso federal.
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