“Declarar que la Dra. Ana María Figueroa cesó en sus funciones a partir del 9 de agosto del corriente año en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 4 tercer párrafo de la Constitución Nacional”. Con esta frase, y la notificación de su situación al Consejo de la Magistratura para que abra el concurso por esta nueva vacante, la Corte Suprema dio por finalizada la polémica sobre la continuidad de la jueza que presidía el máximo tribunal penal federal y pretendía quedarse en su cargo pese a que cumplió los 75 años, edad límite de la Constitución Nacional, y no había tenido hasta ese momento el aval del Senado.
La Corte Suprema, con su integración en pleno, actuó a raíz de la nota que le habían enviado los responsables de Casación el 8 de agosto pasado, en vísperas del cumpleaños de la magistrada. Y la otra misiva, del 10 de agosto, un día después del natalicio, que informaba que el trámite parlamentario para conseguir la continuidad en el Senado no estaba finalizado.
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Dijo entonces el máximo tribunal:
“Que luego de la reforma de 1994, el artículo 99 inciso 4° tercer párrafo de la Constitución Nacional —cuya plena vigencia fue restablecida por la mayoría de este Tribunal en el precedente “Schiffrin” y cuya validez no está en discusión en estas actuaciones— dispone que ‘un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años. Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite’”.
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“El texto de la norma constitucional establece que un juez mantiene su investidura hasta cumplir los setenta y cinco (75) años, salvo que obtenga un nuevo nombramiento con el correspondiente acuerdo del Senado. Al no prever la norma plazo de gracia alguno, el nombramiento debe ser anterior al día en que el magistrado alcance la edad referida; de lo contrario, no habría límite temporal para la realización de ese nuevo nombramiento, con la absurda consecuencia de que el límite etario se tornaría inoperante”.
“De acuerdo con una consolidada jurisprudencia, este Tribunal es competente para producir aquellos actos de gobierno que, como cabeza de poder y órgano supremo de la organización judicial argentina, fuesen necesarios para garantizar la investidura de los jueces, incluido el juicio sobre la existencia de dicha investidura, en la medida en que ella ineludiblemente lo requiera”.
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“En ejercicio de esa potestad, el Tribunal ha evaluado, por ejemplo, ante la puesta en conocimiento efectuada por diversas cámaras del país, si las designaciones de jueces subrogantes en distintos fueros de la justicia federal se ajustaban a las pautas fijadas en el precedente “Uriarte” (Fallos: 338:1216) para considerar constitucionalmente válida la investidura que se pretendía y, sobre la base de ese análisis, invalidó aquellos nombramientos que no las cumplían (Res. 1219/2016; 2675/2016; 2690/2016; entre otras).”
“De acuerdo con todo lo anterior, la Dra. Figueroa ha perdido la investidura judicial el 9 de agosto pasado, día en que cumplió setenta y cinco (75) años de edad sin haber obtenido un nuevo nombramiento con el correspondiente acuerdo del Senado”.
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La sentencia fue unánime. Lleva la firma de los cuatro jueces del máximo tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Ana María Figueroa insistía con la posibilidad de continuar como jueza de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, a pesar del límite constitucional. En el Senado de la Nación, el bloque que responde a la vicepresidenta Cristina Kirchner intentaba promover una votación que le de el aval a la magistrada para extender su permanencia en ese cargo, al menos por los próximos cinco años. Sin embargo, no reunió la mayoría necesaria para lograr ese objetivo.
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Figueroa tenía que resolver los expedientes Los Sauces - Hotesur y la firma del memorándum de entendimiento con Irán, causas que involucran a la vicepresidenta. Esta situación había trabado las sesiones en la Cámara Alta, en medio de críticas de los bloques opositores que apuntaban contra la estrategia.
La decisión de la Corte, que pone fin a la discusión, ocurrió mientras la Cámara de Casación se encontraba evaluando cómo implementar una licencia por 30 días, algo que le hubiera permitido ganar tiempo a la jueza hasta tanto se resuelva políticamente la discusión en el Senado.
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Antes de la definición, Figueroa llegó a anunciar que dejaba su proyecto de voto para los casos mencionados, en los que debía determinar si confirmaba o no el sobreseimiento de CFK, en la caja fuerte de su despacho.
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