El “caso Skanska” es conocido por ser la primera de causa por sobornos que involucró al kirchnerismo. Entre los imputados que se asoman para el inminente debate oral, se encuentran el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y el ex secretario de Obras Públicas José López. También comparten el banquillo de acusados dos apoderados de una firma sospechada de formar parte de las maniobras de corrupción. Estos últimos solicitaron que se extinga la acción penal por el paso del tiempo de la causa -que se inició en 2006-, pero esto fue rechazado este martes por la Cámara Federal de Casación.
Se trata de Estela Lucía Insegna y Miguel Ángel Spital, apoderados de Spital Hermanos SRL, quienes fueron requeridos a juicio acusados de haber cometido el delito de cohecho activo en calidad de partícipes necesarios. Según la acusación, la firma estaría involucrada en maniobras ilícitas dentro de un contexto donde, con motivo de la construcción de dos gasoductos bajo el “Proyecto de Expansión de Gas 2005″, la empresa sueca “Skanska” pagaba sobornos a funcionarios públicos y utilizaba facturas apócrifas para encubrirlos. También se investigan sobreprecios y otras irregularidades ocurridas dentro de esas contrataciones.
El caso se inició en 2006 a través de una denuncia del entonces diputado de la Coalición Cívica Adrián Pérez, quien señaló irregularidades en la contratación del proyecto de gas implementado por De Vido y articulado por López. En la actualidad está a las puertas del juicio oral. En ese marco, tanto Insenga como Spital plantearon al Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) 4 porteño, a cargo de dicha instancia, que se suspenda la fijación de fecha de la audiencia de debate y que se declare la extinción de la acción penal.
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Para fundar ese pedido, esgrimieron entre otras cosas el paso del tiempo, que calificaron de excesivo hasta el punto de haber violado “la garantía de ser juzgados en un plazo razonable”. El TOCF rechazó el planteo por considerar la complejidad del caso, que cuenta con 31 imputados, un expediente con 200 cuerpos, más de 200 cajas con variada documentación y 600 testimonios incorporados a las actuaciones.
Luego de una impugnación, el planteo tendiente a declarar la extinción de la acción penal -y así quedar liberados del proceso judicial- quedó en manos de la Sala IV de la máxima instancia penal del país, compuesta por los jueces Javier Carbajo, Mariano Hernán Borinsky y la jueza Angela E. Ledesma, quienes por mayoría resolvieron este martes declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto.
“Conforme ha quedado expuesto, el tribunal de la instancia previa ponderó que, en su planteo, la defensa se limitó a alegar de manera genérica la vulneración a la garantía a ser juzgado en un plazo razonable, sin considerar la totalidad de los actos procesales que conformaron la causa así como tampoco la complejidad de las actuaciones, ni explicó cómo se vio vulnerada la garantía en cuestión en el caso concreto”, expresaron en mayoría los jueces Borinsky y Carbajo, que luego agregaron: “se observa que la defensa ha efectuado una reedición de agravios, sin haber brindado en su recurso de casación argumentos novedosos ni suficientes para conmover y apartarse de lo resuelto por el tribunal previo”.

A su término, la jueza Ledesma consideró, en disidencia, que el recurso intentado por los imputados resultaba procedente “en atención a que el recurrente ha invocado fundadamente la vulneración al derecho a ser juzgado en un plazo razonable”.
La causa fue requerida a juicio el 3 de septiembre de 2019. Mucho tiempo antes, en diciembre de 2010, el entonces juez Norberto Oyarbide dictó decenas de procesamientos por cohecho y defraudación contra la administración pública. Casi un año después la Cámara Federal dispuso la confirmación de algunos procesamientos, faltas de méritos para otros y que el tema pasara al fuero tributario.
Luego la causa estuvo virtualmente paralizada porque faltaba una prueba clave: los audios que habían sido excluidos en donde se hablaba de las coimas. La pelea para que esa prueba volviera a ser validada la impulsó el ex procurador de Investigaciones Administrativas (PIA) Manuel Garrido. La Corte Suprema de Justicia validó su papel para apelar y la Cámara Federal de Casación Penal aceptó como prueba esa grabación.
Esa llave le permitió en abril de 2016 al fiscal Stornelli pedir que se declarara la “cosa juzgada írrita” en base al dictado de medidas judiciales adoptadas de manera fraudulenta. Allí incluyó pedidos de indagatoria a De Vido y López, que nunca habían sido rozados por la investigación inicial.
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