
La Cámara Federal de Casación rechazó las recusaciones planteadas por dos hijos del empresario Lázaro Báez contra dos jueces del tribunal oral encargado de juzgarlos en uno de los tramos de la causa conocida como “ruta del dinero k”, que analiza maniobras de lavado de activos por un total de 55 millones de dólares. A su vez, el máximo tribunal penal del país desestimó un planteo recusatorio de un ex funcionario que afronta un juicio oral en un desprendimiento de la causa “Vialidad”, en la que fue condenada la vicepresidenta Cristina Kirchner, ex funcionarios y el propio Báez.
Luciana Báez y Martín Báez, hijos del empresario constructor y amigo de Néstor Kirchner, enfrentarán un nuevo juicio por uno de los desprendimientos de las maniobras de lavado. En la “ruta del dinero K”, Martín obtuvo una pena de 6 años y 6 meses de prisión y Luciana fue absuelta junto a su hermana Melina. Ahora solo resta la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que adquiera firmeza.
En ese expediente, Casación también dispuso condenas de 6 años de prisión para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín; 5 años para Julio Enrique Mendoza; 3 años y 6 meses para Jorge Leonardo Fariña; 4 años y 6 meses para Juan Alberto De Rasis, César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi, Eduardo Guillermo Castro; 3 años de ejecución en suspenso para Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez -otro de los hijos del empresario ligado a los Kirchner-; y 2 años y 6 meses para Walter Feliciano Zanzot; todos ellos, por sus correspondientes responsabilidades a raíz de las distintas intervenciones que tuvieron.

Por otro lado, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 porteño será el encargado de tramitar el juicio por una causa que se desprende de la “ruta del dinero k”, donde ya intervino. En ese marco, tanto la defensora oficial de Luciana como la de su hermano Martín intentaron recusar al juez Jorge Gorini. A su vez, Martín, recientemente excarcelado, también apuntó contra la jueza María Gabriela López Iñiguez con el mismo argumento.
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Los planteos llegaron a la Sala IV de la Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, a través de un recurso de queja. Ninguno de los dos fue admitido por los camaristas, ya que, por regla general, las resoluciones que definen acerca de recusaciones “no constituyen una resolución susceptible de ser impugnada esta instancia”.
“La defensa no ha logrado acreditar ni se advierte que se verifiquen circunstancias objetivas que conduzcan a la parte a albergar dudas sobre la incolumidad de la garantía a ser juzgado por un juez o tribunal imparcial. En otras palabras, no se presenta suficientemente fundada la sospecha de ausencia de imparcialidad que se invoca para decidir sobre la cuestión objeto de estudio”, expresaron por unanimidad los camaristas.
Por otra parte, la Sala IV también emitió sentencia en un caso que se desprende de la causa “Vialidad”, donde Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta por las 51 obras públicas que durante el kirchnerismo recibieron las empresas de Lázaro Báez para Santa Cruz. Esa condena -junto a las de otros imputados- espera la revisión de Casación. Sin embargo, en otra ramificación de ese entramado delictivo, Sandro Férgola, ex sub administrador de Vialidad Nacional, afronta un juicio frente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 porteño, al cual intentó desplazar en su totalidad. Dicho tribunal está compuesto por los jueces Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Fabián Basso.
Tal planteo ya había sido rechazado en queja por el máximo tribunal penal, que esta vez resolvió denegar -con la integración del juez Diego Barroetaveña en lugar de Carbajo- un recurso para llegar a la Corte Suprema. “El remedio extraordinario presentado no puede hallar viabilidad formal, por cuanto no se dirige contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal por sus efectos (tal como lo exige el art. 14 de la ley 48)”, señalaron los camaristas. De esa manera, todos los jueces recusados quedaron habilitados para continuar con el desarrollo del debate oral.
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