
El fiscal Abel Córdoba pidió hoy la detención de Leonardo Fariña para que cumpla con la pena de 3 años y 6 meses que le impuso la Cámara de Casación por la causa conocida como “la ruta del dinero K”. El arrepentido ya estuvo en prisión 2 años y 20 días, por lo que le restaría cumplir 1 año, 5 meses y 10 días, pero su defensa argumenta que en 3 meses estaría habilitado para reclamar la libertad condicional. Hay otro elemento: el fallo de Casación ya dijo que el cumplimiento de la pena no se hace efectiva cuando es menor a 6 meses.
La decisión está en manos del presidente del Tribunal Oral Federal 4, Néstor Costabel, que hace pocos días autorizó a Fariña a viajar a España por cuestiones laborales. Antes, tiene que escuchar la opinión de las querellas.
PUBLICIDAD
El fiscal pidió que se haga efectiva la pena dictada por Casación respecto a Fariña porque no fue apelada por sus abogados defensores y quedó firme. “Advertimos que no existen recursos pendientes a realizar respecto de la situación procesal de Jorge Leonardo Fariña. Es decir que se agotaron las posibilidades de revisión de la condena. Por lo tanto, estimamos que resulta menester hacer efectiva la sanción penal impuesta”, reclamó Córdoba.
Te puede interesar La Justicia valoró el rol de Leonardo Fariña como arrepentido y no volverá a la cárcel
PUBLICIDAD
La defensa de Fariña, a cargo de Mariano Di Giuseppe, había pedido hace dos semanas que el resto de la pena se cumpla con una donación a un geriátrico de la ciudad de La Plata y al Patronato de Liberados y a la Dirección Nacional de Protección a Testigos e Imputados. Ese escrito rescató un tramo del fallo de Casación cuando confirmó las condenas y le redujo la pena a Fariña por su rol de colaborador.
“No es posible soslayar que para los tipos penales que tienen prevista una pena de prisión de efectivo cumplimiento, también el legislador ha contemplado la posibilidad de ... la sustitución de la prisión por trabajo para la comunidad no remunerado cuando la pena privativa de libertad, al momento de la sentencia definitiva, no sea mayor de seis meses de efectivo cumplimiento (arts. 35, inc. “f” y 50 de la ley 24.660 vigente al momento de los hechos); sobre todo si se observa la inconveniencia –por razones de reinserción social- de una ejecución intra muros de una pena de corta duración cuando, en las particulares circunstancias del caso y con el nuevo cómputo a efectuarse ante la determinación de la pena aquí propuesta, el interesado se encontraría próximo a cumplir con el requisito temporal previsto en el art. 317, inc. 5° del C.P.P.N., siendo la finalidad esencial de la pena, la reforma y readaptación social (arts. 5.6 de la C.A.D.H. y 10.3 del P.I.D.C.P.)...”, sostuvo la Sala IV de Casación en ese momento.
PUBLICIDAD
Con ese argumento técnico, la defensa de Fariña argumenta que el pedido del fiscal no debería prosperar. “Fue autorizado a viajar a España hasta el 28 de julio, es la cuarta vez que lo autorizan a salir del país”, destacó su abogado ante una consulta de Infobae.

Fariña había sido condenado por el TOF 4 a 5 años de prisión. “La pena fue reducida en tres años por su rol de imputado colaborador”, dijo el presidente del tribunal, Néstor Costabel, cuando leyó el veredicto. En ese momento, el fiscal Córdoba, también valoró el aporte del arrepentido: “La declaración de Fariña reunió los recaudos de la ley del arrepentido. El juicio está concluyendo, cualquier duda sobre el acuerdo se actualizó ante el tribunal. Fariña declaró durante cuatro audiencias. Eso ha permitido los términos de la colaboración de un modo acabado. Es falso que no haya respondido las preguntas”.
PUBLICIDAD
Pero la Cámara de Casación luego redujo la pena a 3 años y 6 meses. El tribunal destacó varias situaciones personales: que al momento de los hechos Fariña tenía 23 años, que tiene estudios secundarios completos y universitarios incompletos, que tiene un hijo de catorce años y que se casó nuevamente. Los jueces también valoraron la entrevista personal con Fariña, en agosto del año pasado. “Se destaca la buena impresión causada durante la audiencia de visu; oportunidad en que dijo estar arrepentido de su actuar, pidió perdón y clamó por una segunda oportunidad”, decía la resolución.
A Fariña igual lo espera un nuevo juicio oral por la compra del campo conocido como “El Entrevero”. Ese debate comenzaría el 7 de agosto, una semana antes de las PASO. También serán juzgados Lázaro Báez, el abogado Jorge Chueco, y el contador Daniel Pérez Gadín.
PUBLICIDAD
Seguir leyendo:
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
“Ya que estamos cambiemos esto”: el contratista de Adorni contó que votó a Milei y dio detalles de la obra en Indio Cuá
Matías Tabar rechazó los dichos del Presidente, que lo había vinculado al kirchnerismo, aunque reconoció que integró una agrupación vecinal ligada al peronismo. Dijo que sabía que iba a complicar al jefe de Gabinete con su declaración, aunque cree en su honestidad

El juez Ariel Lijo desestimó la denuncia contra dos periodistas de TN por supuesto espionaje en la Casa Rosada
En su fallo, el magistrado sostuvo que no hubo riesgo para la seguridad nacional ni se revelaron secretos oficiales, por lo que ordenó archivar la causa

El juez Casanello dispuso el levantamiento del secreto fiscal y bancario del hermano de Adorni
La resolución, impulsada por la fiscalía a cargo de Guillermo Marijuan, incluye verificaciones sobre bienes y movimientos económicos de Francisco Adorni, actual diputado bonaerense, durante su gestión en un organismo estatal desde diciembre de 2023. El juez también pidió sus declaraciones juradas a la Oficina Anticorrupción

Duro revés para Chiqui Tapia y la AFA en la causa por evasión fiscal: la Justicia no aceptó una apelación fuera de término
La asociación y el dirigente están procesados con embargos de $350 millones de pesos por presunta retención indebida de aportes impositivos y de la seguridad social

Se fracturó el brazo en un recreo de una escuela pública y la Justicia condenó al Estado a indemnizarlo
El menor tenía 16 años cuando fue embestido por un compañero en el patio. El fallo determinó que el establecimiento incumplió su “deber de custodia” y deberá indemnizarlo por los daños físicos y morales. ¿Por qué se responsabilizó al colegio si el accidente fue causado por un tercero?




