
La jueza María Eugenia Capuchetti volvió a ser respaldada en la investigación que intenta esclarecer el atentado contra Cristina Kirchner. La querella había presentado dos recusaciones contra la magistrada y reclamaba su apartamiento. Los reclamos fueron rechazados por la Cámara Federal porteña. Pero la Vicepresidenta apeló al tribunal superior: la Cámara Federal de Casación Penal. Y ahora la querella recibió una nueva negativa. El tribunal dijo que el caso no era admisible.
“Del análisis realizado en razón de lo ́previsto por los artículos 444 y 465 del CPPN surge la inadmisibilidad de la vía intentada”, escribió el juez Guillermo Yacobucci, de la Sala II de Casación, a cargo de analizar el planteo.
“Ello es así en la medida en que la resolución cuestionada -rechazo de la recusación intentada- no es de las previstas en el art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación pues no se trata de una sentencia definitiva, ni de un auto de aquéllos que esa disposición equipara por sus efectos a sentencia definitiva”, señaló el magistrado. “De esta forma, al no encontrarse reunido el requisito de sentencia definitiva o equiparable, se encuentra sellada la inadmisibilidad del recurso”, agregó, citando su propio criterio en diferentes causas sobre el mismo punto.
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El fallo señaló además que “la parte (por la querella) no rebate de manera completa y acabada todos y cada uno de los argumentos tenidos en cuenta en la resolución recurrida para rechazar el apartamiento de la magistrada, limitando la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó del tribunal y cuyos fundamentos no logra rebatir”.
“Tampoco los impugnantes logran demostrar la irrazonabilidad o ilegalidad de lo decidido por el tribunal de mérito y, en tales condiciones, tampoco se ha acreditado la concurrencia de alguno de los supuestos contemplados en el art. 55 del rito o de las situaciones análogas recibidas favorablemente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, escribió. Sobre ese punto, Casación aseguró: “En las circunstancias precedentemente expuestas, y no mediando en la presentación en trato demostración de la invocada cuestión federal que habilite la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia”.
La decisión de recusar a Capuchetti fue anunciada a inicios de noviembre por la propia Cristina Kirchner en sus redes sociales. “Paralizó y boicoteó la investigación”, decía el video que difundía la vicepresidenta. A su criterio, la jueza no profundizó las presuntas conexiones políticas detrás del atentado. Es que el capítulo en donde la querella rompió con el juzgado fue cuando no se aceptó secuestrar los teléfonos de dos colabodoras del diputado del PRO Gerardo Milman.
Esa pista se abrió después de que un asesor legislativo dijo haber escuchado a Milman decir en un bar del Congreso 48 horas antes del atentado: “Cuando la maten, yo voy a estar en la costa”. Tras su recusación, la jueza delegó la investigación en el fiscal Carlos Rívolo. La Cámara Federal rechazó la recusación y ordenó profundizar esa línea. Hasta ahora, no ha arrojado resultados y se están analizado los teléfonos que las mujeres aportaron voluntariamente como testigos.

Los abogados José Manuel Ubeira y Marcos Aldazabal, que representan a Cristina Kirchner, volvieron a recusar a la magistrada Esta vez la acusaron por ser una “terminal del PRO” por trabajar para el Instituto Superior de Seguridad Pública (ISSP), que está encargado de formar a los cuadros superiores de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. La jueza rechazó apartarse y explicó que allí da clases desde hace más de una década. “No tenemos justicia con esta mujer”, dijeron ante la Cámara Federal.
En febrero pasado, el juez Bruglia rechazó nuevamente la recusación. “Del extenso escrito que dio lugar a esta incidencia se desprenden argumentos ajenos a este proceso y la creación de hipotéticos escenarios alejados de cualquier circunstancia objetivamente comprobable que pueda revestir aptitud suficiente para justificar el apartamiento de un magistrado”. Al mismo tiempo, ordenó reportar al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y de la Asociación de Magistrados “la abusiva utilización de términos objetivamente ofensivos y agraviantes” del abogado José María Ubeira.
Tanto la primera como la segunda recusación fueron apeladas ante Casación, que hoy rechazó ambos planteos por inadmisibles. Pero además Yacobucci también rechazó la apelación que había hecho el abogado Ubeira sobre la notificación al Colegio de Abogados por su conducta.
“Habrá de confirmarse el criterio denegatorio. Ello pues el recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó la Cámara y cuyos fundamentos no logra rebatir. Finalmente, en las condiciones expuestas, el quejoso no ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, que habilite la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio, en los términos de la doctrina establecida”, afirmó.
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