El Colegio de Abogados de Guatemala anuncia seguimiento y posibles acciones legales tras la aprobación de la Ley Antilavado

La Junta Directiva 2025-2027 afirmó que el texto aprobado dejó fuera aportes enviados al Congreso en enero y advirtió sobre sanciones amplias y dudas en la aplicación del secreto profesional

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Una mujer habla en un micrófono en un podio transparente. Viste un blazer color vino y un collar de perlas. Detrás, un estandarte dice "Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala"
El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala advirtió que el Decreto 15-2026 cambió de forma profunda el ejercicio notarial. (Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala)

El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala advirtió en un comunicado de prensa que la aprobación del Decreto 15-2026, la nueva ley contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, cambió de forma profunda el ejercicio notarial al convertir a los notarios en sujetos obligados ante la Intendencia de Verificación Especial y, según el propio gremio, lo hizo sin incorporar observaciones técnicas y jurídicas que había enviado al Congreso desde enero.

El señalamiento del CANG se concentró en dos efectos concretos del texto aprobado: nuevas cargas de control y un régimen sancionatorio con multas administrativas de amplio alcance. Según el Comunicado No. 09/2026 del colegio profesional, esa combinación puede generar incertidumbre jurídica y obligaciones desproporcionadas para abogados y notarios, en especial para quienes trabajan de forma individual o en oficinas pequeñas.

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La institución informó que había remitido el 27 de enero de 2026 un informe a la Comisión de Economía y Comercio Exterior del Congreso de la República. Ese documento, según el CANG, proponía armonizar los objetivos de la normativa con los principios constitucionales que rigen el ejercicio de las profesiones jurídicas y notariales.

El comunicado sostuvo que “diversas observaciones técnicas y jurídicas formuladas por este Colegio profesional no fueron incorporadas en el texto finalmente aprobado”. A partir de esa omisión, el gremio consideró que quedaron vigentes disposiciones que pueden complicar la aplicación de la ley en el trabajo cotidiano de los profesionales del Derecho.

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Imagen de un documento oficial titulado 'COMUNICADO', con el escudo del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y texto sobre una ley
El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala presentó propuestas para armonizar los objetivos de la Ley Integral para la Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo. (Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala)

La ley incorpora a los notarios como sujetos obligados ante la IVE

Uno de los cambios centrales del decreto es la inclusión de los notarios como personas obligadas ante la Intendencia de Verificación Especial. Según el comunicado del CANG, la norma les exige registrar información, conservar documentación, analizar operaciones y enviar avisos a esa entidad en actuaciones ligadas a instrumentos públicos sobre bienes inmuebles, constitución y administración de personas jurídicas, manejo de fondos y compraventa de participaciones societarias.

Ese es el punto que responde al núcleo del reclamo del gremio: la nueva ley impone a los notarios deberes de vigilancia y comunicación frente al Estado en actividades propias de su función profesional. El colegio reconoció que el combate al lavado de dinero, la corrupción y la delincuencia organizada constituye un objetivo legítimo y que el fortalecimiento normativo responde a compromisos internacionales asumidos por el Estado de Guatemala.

La objeción del CANG no se dirigió a ese objetivo, sino a la forma en que la norma lo traslada al ejercicio notarial. Según el comunicado, la implementación práctica de esas obligaciones modifica de manera sustancial la función de los notarios en el país.

El CANG ve incertidumbre en el secreto profesional y en las sanciones

El colegio también puso el foco en la tensión entre el deber de colaborar con las autoridades y las garantías propias del ejercicio profesional. Aunque la ley reconoce una excepción vinculada con el secreto profesional y el derecho de defensa, el CANG sostuvo que todavía existe incertidumbre sobre el alcance real de las obligaciones cuando el profesional deba valorar actividades inusuales o incongruencias en la información suministrada por sus clientes.

El segundo foco de preocupación es el régimen sancionatorio. Según el CANG, la ley prevé multas administrativas de considerable magnitud y, por eso, su aplicación exige criterios estrictos de proporcionalidad, razonabilidad y debido proceso.

La institución remarcó que esa exigencia cobra especial importancia en el caso de profesionales que ejercen por cuenta propia o desde despachos notariales pequeños.

Según el comunicado, su capacidad económica y su estructura operativa difieren de forma sustancial de las de las entidades financieras sometidas a supervisión especializada.

La Junta Directiva 2025-2027 del CANG, firmante del pronunciamiento, pidió que la implementación de la legislación considere las condiciones reales del ejercicio profesional en el país y la naturaleza específica de la función notarial. El planteo del gremio fue que no se trasladen a los profesionales del Derecho responsabilidades que excedan el ámbito de actuación que la ley les atribuye.

Como paso siguiente, el colegio anunció que dará seguimiento permanente a la puesta en marcha de la normativa. También informó que analizará, dentro del marco legal correspondiente, las acciones legales que resulten procedentes para defender los intereses gremiales, proteger el ejercicio profesional y preservar las garantías constitucionales de abogados, notarios y ciudadanía en general.

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