
El tribunal de apelaciones de Nueva York avaló el lunes una ley estatal que obliga a las plataformas de redes sociales a ofrecer mecanismos para denunciar discurso de odio. El fallo quedó dividido en 4 votos contra 3.
La decisión, que responde preguntas planteadas por un tribunal federal, concluye que la norma no viola la Primera Enmienda porque no exige a las plataformas adoptar una definición oficial de odio ni actuar sobre las denuncias.
La ley lleva suspendida desde 2023, antes de que entrara en vigor, por una demanda de un bloguero y dos plataformas de contenido. Con este fallo, el debate regresa al Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito, con sede en Manhattan, que deberá resolver en última instancia si la norma es constitucional.
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Qué dice la ley y por qué está en disputa
La norma fue aprobada en 2022, meses después de que un supremacista blanco matara a 10 personas en un supermercado de Buffalo tras haberse radicalizado con contenido racista en redes sociales. Su texto exige dos cosas a las plataformas:
- Tener un canal para que los usuarios reporten conductas de odio.
- Publicar su política sobre cómo responden a esas denuncias.
No prohíbe contenido ni obliga a eliminarlo. Tampoco impone sanciones por no actuar sobre las denuncias recibidas.
Un juez de primera instancia la bloqueó en 2023 al considerar que su redacción era suficientemente vaga como para desalentar la libertad de expresión de los usuarios. Ese fallo generó la apelación ante el Segundo Circuito, que a su vez consultó al tribunal estatal sobre la interpretación de la norma.
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Qué argumentó la mayoría
El juez Anthony Cannataro, autor de la opinión mayoritaria, sostuvo que el propósito de la ley no era regular cómo moderan contenido las redes ni obligarlas a respaldar la postura del Estado sobre el daño social del discurso de odio.
“Su objetivo —escribió Cannataro según Reuters— es empoderar a los usuarios de las redes sociales para que alerten a las plataformas sobre el contenido que consideran de odio”.

Bajo esa lectura, la ley no restringe la expresión de nadie: crea un canal de reporte y exige transparencia sobre las políticas internas de cada plataforma.
Por qué tres jueces votaron en contra
Los tres magistrados disidentes, en una opinión redactada por el juez Michael Garcia, argumentaron que la ley sí viola la libertad de expresión. Su posición: la “piedra angular” de la norma es su definición de conducta de odio, y todas las obligaciones que impone se construyen sobre esa definición.
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Al exigir que las empresas hagan referencia a esa definición estatal, el Estado las obliga a asumir y difundir una postura oficial sobre qué es el odio, lo que equivale a un caso de discurso compelido.
Quiénes presentaron la demanda y qué dijeron
La impugnación fue presentada por Eugene Volokh, bloguero y profesor de derecho de la Universidad de California en Los Ángeles, junto con las plataformas Rumble y Locals. Los representa Bob Corn-Revere, de la Fundación para los Derechos Individuales y la Expresión (FIRE).
Corn-Revere señaló, según Reuters, que no comparte la decisión del tribunal, aunque reconoció que la última palabra corresponde al Segundo Circuito.
La oficina de la fiscal general de Nueva York, Letitia James, defiende la ley.
El contexto nacional: un mapa de leyes bajo presión
Nueva York no es el único estado que legisla sobre redes sociales. Florida y Georgia aprobaron leyes que restringen el acceso de menores a estas plataformas, y ambas enfrentan demandas por violación a la Primera Enmienda que lograron suspender su aplicación. Esos casos están actualmente en apelación, según los registros judiciales.
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El patrón se repite: los legisladores aprueban normas, los tribunales las frenan y los casos escalan. El fallo de Nueva York es el más reciente en esa cadena, pero no el último.
El caso se identifica como Volokh et al. v. James, número 58 ante el Tribunal de Apelaciones de Nueva York.
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