Palma, 29 may (EFE).- El Tribunal del Jurado de la Audiencia de Palma ha condenado a prisión permanente revisable al hombre condenado por el asesinato a patadas, con alevosía y ensañamiento, de su exsuegra, de 74 años y vulnerable, cometido en la Colònia de Sant Jordi (Mallorca) en septiembre de 2024.
La sentencia, derivada del veredicto de culpabilidad que dictó el jurado el pasado día 14, condena además al hombre a indemnizar a la hija de la víctima con 300.000 euros y le prohíbe residir en Mallorca durante 10 años adicionales a la pena privativa de libertad impuesta.
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La sentencia declara probado que el condenado abordó a su exsuegra en el porche de entrada de la vivienda que compartían, tirándola al suelo y dejándola inmovilizada bocabajo y sin posibilidad de defensa. Le propinó "fuertes y numerosas patadas con su talón en la cabeza durante unos quince minutos hasta causarle la muerte".
La mujer, de 74 años, se encontraba en una situación de extrema fragilidad y debilidad, por su edad y su estado de salud, que le impedía totalmente defenderse, señala la resolución judicial, que destaca que el condenado mató a su exsuegra "en un contexto de dominación, poder, control y desprecio hacia la mujer".
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La sentencia señala que esta muerte no se queda en homicidio, sino que se eleva a asesinato por ensañamiento y por alevosía, dado que el hombre "aprovechó que la víctima llegaba sola a una vivienda caracterizada por el aislamiento y distanciamiento de cualquier fuente de auxilio inmediato, abordándola y tirándola súbitamente al suelo dejándola inerme", así como por "el inhumano e innecesario número de patadas que le asestó en la cabeza".
Sobre la vulnerabilidad de la víctima, la sentencia recuerda que el jurado la estableció en su veredicto no solo por la edad de la mujer, sino también por los problemas discales y a la severa artrosis que padecía, que le obligaban a tomar opiáceos mórficos y la convertían en una persona "especialmente vulnerable y con graves dificultades para defenderse".
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Además, conforme a las conclusiones alcanzadas en el veredicto emitido por el Jurado, el juez aprecia que concurre en la conducta del acusado la agravante por razón de género.
Si bien inicialmente la Fiscalía reclamaba una pena de 20 años de prisión para el hombre, elevó luego su solicitud a 25 y, una vez dictado el veredicto del jurado, solicitó la condena a prisión permanente revisable, en sintonía con la acusación particular. EFE
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