Madrid, 28 may (EFE).- El Tribunal Supremo ha argumentado que "no hay el más mínimo atisbo de qué perjuicio puede derivar" de la regularización extraordinaria de migrantes que impulsa el Gobierno para los valores que defiende la asociación Hazte Oír, que había recurrido el decreto.
Por esta razón, la Sala de lo Contencioso considera que esta asociación no está legitimada para solicitar la suspensión del real decreto que aprobó la regularización llevada a cabo por el Ejecutivo para dar papeles a medio millón de inmigrantes, según el auto en el que rechazó admitir a trámite su recurso, conocido este jueves.
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De esta manera, el Supremo apunta: "No hay el más mínimo atisbo de qué perjuicio puede derivar de unas disposiciones reglamentarias sobre residencia de extranjeros para valores tan amplios, genéricos y abstractos como la democracia, la Constitución, la familia o la dignidad de la persona" que Hazte Oír dice defender.
En el auto, el Tribunal Supremo apunta que el hecho de que la entidad se asigne en sus estatutos "la defensa de valores puramente genéricos y comunes" tampoco les habilita "para acudir a los Tribunales con objeto de impugnar las normas que no son de su agrado".
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A tenor del Supremo, que Hazte Oír argumente la "mera defensa de la legalidad" en su recurso "no es equiparable a un interés legítimo" en la norma.
"No consta en qué medida una posible estimación del recurso, con la consiguiente eliminación o suspensión de la ejecución de la norma impugnada, reportaría a dicha asociación una ventaja o utilidad en relación con los fines estatutarios que ella misma se ha atribuido y dice defender", agrega el tribunal.
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Utilizando argumentos similares, el Tribunal Supremo también considera que la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica -que también había presentado un recurso contra la legitimación- carece de "legitimación activa", y rechaza asimismo el texto de la Asociación Libertad y Justicia. EFE
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