Condenan al INAEM por "despido improcedente" de un actor tras discutir con un compañero

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Madrid, 27 may (EFE).- Un juzgado ha declarado improcedente el despido de un actor de la obra 'Los gatos mueren como las personas' del Centro Dramático Nacional (CDN) tras discutir con un compañero de reparto y ha condenado a readmitirle o indemnizarle al INAEM, de quien depende ese teatro, ha informado este miércoles la Unión de Actores y Actrices.

La sentencia de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, a la que ha tenido acceso EFE, explica que no se concretaron suficientemente en la carta de despido los motivos "en términos personales, temporales y circunstanciales" que permitieran "defenderse adecuadamente" al trabajador. "No contiene hechos, sino reproches genéricos", señala el texto del 2 de febrero.

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El intérprete, que ha sido representado por la asesoría jurídica de la Unión de Actores y Actrices, prestó sus servicios aún en fase de ensayos como protagonista de la citada obra desde el 25 de marzo de 2024 en el CDN, dependiente del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, explica la sentencia.

Poco más de un mes después, el 29 de abril, recibió un correo electrónico para decirle que no estaba ya convocado a los ensayos. "Consta haberse producido una discusión entre el demandante y un compañero de la obra un día antes" de esa notificación, recoge el fallo. Ese compañero ha declarado como testigo en el proceso.

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El 1 de mayo le pidieron que pasara a recoger sus pertenencias y el 6 de ese mes le comunicaron la extinción laboral "por causas objetivas", en concreto por falta de cooperación y capacidad de adaptación a los requisitos de la obra y de colaboración con la dirección y el resto del elenco. Le abonaron la correspondiente indemnización.

Con dramaturgia y dirección de Dan Jemmett, la obra se representó finalmente en el CDN entre el 16 de mayo y el 23 de junio de ese año. Su elenco, según la página del teatro, estuvo compuesto por José Luis Alcobendas, Valérie Crouzet, Clemente García, Violeta Linde, David Luque, Julia Piera y Nico Romero.

"La carta de despido es claramente genérica e insuficiente a los efectos pretendidos, no contiene comparativa alguna ni aporta datos concretos" de "cómo o cuándo" ha dejado de cumplir sus obligaciones, considera la juez Sara Jiménez Noriega, para quien "parece incluirse dentro de esa disminución de rendimiento la mala relación con la dirección y compañeros de elenco".

Y "si bien consta una discusión con otro compañero el día anterior a la comunicación al trabajador, no consta la gravedad y en qué medida, o con qué frecuencia, se producían estos sucesos en los ensayos", añade.

La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante el TSJM, obliga al INAEM -que ha declinado hacer ningún comentario- a readmitir al trabajador "con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido" o bien a indemnizarle según establece la ley.

En su comunicado, la Unión de Actores y Actrices asegura que solo esperan que la sentencia "se ejecute cuanto antes y el daño quede resarcido de manera inmediata cumpliendo lo determinado por el juez" y señalan que "todo retraso en el pago nos parece que solo reincide en una mala praxis que no debió ocurrir". "Esta victoria es muy importante pues llega en un momento en que INAEM afronta su reforma", añaden. EFE

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