Oviedo, 28 abr (EFE).- El Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad el recurso de amparo de una mujer víctima de violencia de género cuyo caso fue archivado sin practicar las diligencias de investigación esenciales para esclarecer los hechos denunciados.
El alto tribunal subraya que "la violencia de género constituye la forma más grave de discriminación de la mujer", y por ello, cuando se trate de estos casos, el canon constitucional exige de las resoluciones judiciales una motivación reforzada que evidencie la consideración del contexto de discriminación y su conexión con el derecho a la igualdad y la no discriminación.
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La sentencia del TC, ponencia de la vicepresidenta Inmaculada Montalbán Huertas, declara vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de la recurrente al constatar que no se realizó una investigación con la diligencia reforzada exigible en este tipo de delitos, conforme a la doctrina constitucional consolidada en esta materia, ha informado el Constitucional en una nota informativa este martes.
Los hechos analizados se remontan a febrero de 2023, cuando la mujer solicitó auxilio policial por la agresión que estaba sufriendo a manos de su marido en Avilés.
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A la llegada de los agentes, la mujer presentaba una herida sangrante en la cabeza y una crisis de ansiedad, por lo que fue trasladada al hospital, donde se emitió el correspondiente parte de lesiones posteriormente remitido al Juzgado.
Tras tomar declaración a la víctima y a su marido, en calidad de investigado, el juez acordó el archivo de las actuaciones con el argumento de la existencia de versiones contradictorias sin elementos objetivos de corroboración.
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Sin embargo, señala el TC, no se habían practicado las diligencias solicitadas por el abogado de la víctima, como la emisión de un informe sobre las lesiones, ni la declaración de una testigo presencial.
El Tribunal incide en que los delitos cometidos en contextos de violencia de género, especialmente en el ámbito doméstico, presentan especiales dificultades probatorias, lo que exige "una actuación judicial más intensa", de modo que la investigación no puede limitarse a la mera confrontación de versiones, sino que debe incorporar todas aquellas diligencias razonables que permitan esclarecer los hechos.
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Así, recuerda que el canon reforzado constitucionalmente exigible en estos supuestos obliga al juez instructor a que "su investigación no quede constreñida al mero contraste superficial de los testimonios enfrentados entre sí, por compensación o contrapeso entre ambos", sino que requiere que se practiquen otras medidas de investigación que, complementando esos testimonios enfrentados de las partes, permitan ahondar en los hechos, descartando o confirmando la sospecha inicial.
En el caso analizado, el TC considera que ni la resolución de archivo ni la resolución de la Audiencia Provincial de Asturias justificaron adecuadamente la ausencia de diligencias de investigación relevantes ni dieron respuesta motivada a las alegaciones de la recurrente, y por ello acuerda la nulidad de las resoluciones judiciales impugnadas y la reapertura de la investigación judicial para la práctica de las diligencias necesarias. EFE
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