
La menor quedó embarazada y se sometió a un aborto cuando tenía nueve semanas de gestación, según reveló la sentencia. El documento judicial, al que accedió Europa Press, detalla las circunstancias del caso que derivó en la condena de un hombre a diez años de prisión por agredir sexualmente a la adolescente durante el tiempo que ella trabajó de forma esporádica en la pizzería que él regentaba en Granada.
La resolución de la Audiencia Provincial de Granada se dictó después de que el acusado admitiera los hechos y aceptara el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía, la Junta de Andalucía y su defensa, hecho que evitó la celebración de un juicio. Según publicó Europa Press, la relación entre ambos comenzó en el verano de 2022, periodo durante el cual la joven, entonces de catorce años, empezó a trabajar por periodos en el establecimiento del condenado.
Ambos mantuvieron contacto hasta noviembre de ese mismo año. Durante ese tiempo, la menor acudía al domicilio del acusado, donde se consumaron encuentros sexuales reiterados, según el relato recogido en la sentencia. Europa Press consignó que tales hechos sucedieron en varias ocasiones, consolidando la acusación de agresión sexual a una menor de dieciséis años.
Además de los diez años de prisión, la Audiencia Provincial fijó para el acusado una serie de medidas adicionales. Tal como detalló Europa Press, el hombre deberá cumplir cuatro años de libertad vigilada tras la excarcelación y mantener una distancia mínima de cien metros de la víctima, además de tener prohibido comunicarse directa o indirectamente con ella durante los próximos quince años.
La sentencia también contempla una indemnización para la joven, a quien el condenado deberá pagar diez mil euros. Igualmente, se le impuso la inhabilitación especial para ejercer profesiones, oficios o actividades que impliquen contacto directo y habitual con menores por un periodo de quince años, ya sean remunerados o no.
De acuerdo con la información difundida por Europa Press, la confesión del acusado y la aceptación de la pena permitieron agilizar el proceso judicial, evitando la exposición de la víctima a un juicio oral. La iniciativa conjunta de la Fiscalía, la Junta de Andalucía y la defensa del acusado resultó fundamental para alcanzar la sentencia de conformidad. La resolución de la Audiencia Provincial de Granada recoge textualmente que la menor desempeñó tareas esporádicas en la pizzería gestionada por el acusado antes de que se produjeran los encuentros sexuales.
Según reportó Europa Press, el hecho de que la víctima tuviera catorce años fue determinante en la calificación del delito y en la extensión de las penas e inhabilitaciones impuestas. La sentencia subraya la gravedad de las actuaciones, haciendo énfasis en la protección a los menores en el ámbito laboral y personal.
El acuerdo supondrá también que el condenado permanezca alejado de cualquier puesto o función, remunerada o voluntaria, que implique contacto habitual o directo con menores, de acuerdo con lo establecido por la Audiencia Provincial y consignado por Europa Press. El proceso judicial y la condena coordinada entre las partes fueron ratificados mediante la sentencia de conformidad, sin margen para recurso, según informó el mismo medio.
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