Reabren la causa contra el exalcalde y el exjefe de la Policía de Capdepera (Mallorca) por acoso laboral y prevaricación

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha dictado un auto que reabre la causa contra el exalcalde de Capdepera (Mallorca) Rafael Fernández Mallol y un jefe de la Policía Local acusados de acoso laboral y prevaricación administrativa.

La Sala mantiene el sobreseimiento acordado respecto del resto de los investigados. El procedimiento, según ha recogido el TSJIB en un comunicado, se inició por una denuncia de un agente de la Policía Local de Capdepera que puso en conocimiento del Juzgado una serie de hechos que, a su juicio, constituían coacciones, acoso laboral, trato degradante y prevaricación administrativa por parte de diversos responsables municipales y mandos policiales, tras haberse presentado a un concurso de oposición para obtener una plaza de funcionario de carrera.

Según el denunciante, desde el año 2018 habría sido sometido a una dinámica continuada de presiones, rumores, decisiones administrativas perjudiciales y actuaciones que interpretaba como una persecución personal y profesional, con graves consecuencias para su salud psicológica y su carrera.

De acuerdo con la resolución, tras ser el denunciante declarado apto por el tribunal calificador en el proceso selectivo para la obtención de la plaza de funcionario de carrera como policía del Ayuntamiento de Capdepera hay indicios de persecución, abuso de poder y extralimitación "con la intencionada finalidad de frustrar su carrera profesional", así como un trato claramente discriminatorio respecto de los demás aspirantes que superaron el mismo proceso selectivo.

Para los magistrados, se puede valorar la posible existencia de una conducta constitutiva de acoso organizativo penalmente relevante o, cuando menos, no puede descartarse de forma absoluta.

Los jueces señalan que "carece de lógica, en efecto, que si se le considera no apto para ser nombrado policía de carrera, se le permita, pese a ello, seguir desempeñando las mismas funciones como interino".

Por otra parte, los magistrados apuntan que consta un interés directo del alcalde en dicho expediente y en actuar contra el denunciante, que habría sido el responsable de que se conocieran públicamente directrices dictadas supuestamente por el propio alcalde para que el abono de horas extraordinarias dependiera del número de sanciones de tráfico impuestas, sin quedar este criterio por escrito, lo cual refuerza las sospechas sobre su ilegalidad.

Por otra parte, el traslado del agente a un edificio en Cala Ratjada, en el que se encuentra el registro municipal, servicios sociales y la biblioteca, no respondía a una necesidad organizativa objetiva, sino que comportó "una degradación funcional y un castigo encubierto".

En definitiva, para la Sala concurren actuaciones y circunstancias que "permiten sostener, como indicio adicional, la existencia de una presumible y presunta conducta de abuso de poder y de acoso laboral contra el recurrente, así como que fue objeto de un trato degradante orientado a su humillación".

Según el dictamen, el Juzgado de Instrucción número 3 de Manacor deberá pronunciarse sobre la pertinencia y admisión de las diligencias de investigación interesadas por la acusación con plena libertad de criterio. Contra la resolución no cabe recurso.