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Henar Plata, abogada: “Si han retrasado o cancelado tu vuelo es muy importante que tengas en cuenta que la aerolínea también está obligada a cubrir estos gastos”

La letrada explica que las compañías deben asumir el alojamiento y la manutención durante la espera, pero que el pasajero casi siempre tiene que exigirlo para obtener el reembolso

Personas sentadas en la sala de espera de un aeropuerto con equipaje, mirando pantallas de salidas que indican retrasos en los vuelos.
Pasajeros aguardan en la sala de embarque de un aeropuerto. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Viajar en avión implica asumir que pueden surgir imprevistos, desde cambios en la programación hasta esperas prolongadas en el aeropuerto. Sin embargo, que un vuelo se retrase no significa que el pasajero tenga que asumir necesariamente todos los costes derivados de la incidencia. La normativa europea establece una serie de obligaciones para las compañías aéreas cuando se producen determinados retrasos, cancelaciones o problemas con el transporte.

En un video publicado en su perfil de TikTok (@cotilleo_juridico), la abogada Henar Plata advierte de que los pasajeros afectados por retrasos aéreos tienen derecho a que la aerolínea cubra gastos concretos, pero que ese derecho rara vez se activa sin que el viajero lo exija.

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En realidad, el Reglamento (CE) 261/2004 establece un derecho de asistencia cuando el retraso en la salida alcanza determinados umbrales, que dependen de la distancia del vuelo. La asistencia puede incluir comida y bebida suficiente, dos comunicaciones por teléfono o medios electrónicos y, cuando sea necesario, alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el hotel. Para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, el derecho aparece a partir de dos horas de retraso; para determinados vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, a partir de tres horas, y para los de mayor distancia, a partir de cuatro.

Qué tiene que pagar la aerolínea

Si el retraso obliga a pernoctar fuera del lugar de origen, la compañía está obligada a abonar el alojamiento. Durante el tiempo de espera, sea cual sea la hora del día, la aerolínea debe facilitar vales de comida, cena o bebida, o bien reembolsar esos gastos al pasajero.

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Por tanto, si la compañía no proporciona directamente esa asistencia y el viajero tiene que pagarla, es fundamental conservar las facturas y recibos. AESA señala que los gastos pueden reclamarse posteriormente siempre que hayan sido necesarios, razonables y apropiados.

Cuándo y cómo reclamar a la aerolínea

El punto más práctico que señala Plata es que estos derechos no se activan de forma automática. La aerolínea no siempre ofrece la compensación por iniciativa propia. En la mayoría de los casos, el pasajero debe reclamarla expresamente. Conocer ese detalle marca la diferencia entre recuperar el dinero gastado o perderlo.

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Para reclamar, lo recomendable es dirigirse primero a la aerolínea y conservar una copia de la solicitud, junto con el billete, las comunicaciones recibidas y los justificantes de los gastos. Si la compañía no responde en el plazo establecido o la respuesta no resulta satisfactoria, el pasajero puede acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) cuando el vuelo esté dentro de su ámbito de competencia.

En España, AESA puede intervenir, entre otros casos, en vuelos que salen de un aeropuerto español y en determinados vuelos procedentes de terceros países con destino a España cuando son operados por una compañía aérea comunitaria. Los vuelos que quedan fuera de este ámbito pueden estar sometidos a otras normas o autoridades.

Por eso, ante una espera prolongada, guardar el recibo de una comida, una noche de hotel o el transporte entre el aeropuerto y el alojamiento puede resultar tan importante como conservar la tarjeta de embarque: esos documentos permiten acreditar posteriormente los gastos que la compañía debía haber cubierto.

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