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El juez Calama rectifica y admite a trámite parte del incidente de nulidad de Zapatero por el caso Plus Ultra

El magistrado de la Audiencia Nacional admite parcialmente la petición del expresidente al reconocer un error en el cómputo del plazo

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a su llegada a la Audiencia Nacional, a 17 de junio de 2026, en Madrid (España). (César Vallejo Rodríguez)
El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a su llegada a la Audiencia Nacional, a 17 de junio de 2026, en Madrid (España). (César Vallejo Rodríguez)
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El juez José Luis Calama, que investiga el caso Plus Ultra, ha dado marcha atrás en su decisión de rechazar el incidente de nulidad de actuaciones que presentó el expresidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero. El magistrado de la Audiencia Nacional argumentó el pasado 24 de julio que el expresidente presentó el escrito “fuera del plazo”. Sin embargo, un nuevo auto conocido una semana después rectifica parcialmente ese criterio al reconocer un error en el cómputo de los plazos y admite a trámite parte de su solicitud.

En concreto, Calama explica que, aunque las partes pudieron acceder a la causa el 25 de mayo, no fue hasta el día 29 cuando estuvieron disponibles las diligencias de investigación de la Fiscalía Anticorrupción, después de que otra defensa advirtiera de que esa documentación esencial no se encontraba incorporada al expediente. Por ello, concluye que el plazo para promover el incidente de nulidad debía comenzar a contar desde esa última fecha y no desde la primera, de modo que el escrito presentado por Zapatero el 25 de junio sí fue registrado dentro del plazo legal.

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El auto limita la admisión del incidente de nulidad a las ocho primeras resoluciones impugnadas, entre ellas la apertura de la pieza separada, la incorporación de las diligencias de la Fiscalía Anticorrupción, varias autorizaciones de entradas y registros y la inhibición del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid en favor de la Audiencia Nacional.

Julio Martínez Martínez acusa al expresidente por ahora sin pruebas.

En cambio, quedan fuera del incidente las resoluciones que autorizaron los registros en el despacho de Zapatero, en la empresa de sus hijas, Whathefav, así como Softgestor, S.L. e Inteligencia Prospectiva, S.L, vinculadas a la investigación, así como las que ordenaron nuevas diligencias, el bloqueo parcial de sus cuentas y la apertura de una pieza separada por un presunto delito contra la Hacienda Pública y contrabando, al considerar el juez que esas decisiones sí fueron recurribles en plazo.

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Ahora, el juez da traslado del escrito al resto de las partes para que formulen alegaciones en un plazo común de cinco días.

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