El Supremo reabre el caso de los estudiantes italianos a los que España niega la convalidación del título de Derecho: podría haber más afectados

El alto tribunal admite a trámite el recurso de un estudiante italiano al que se le denegó el título pese a haber superado los créditos en la URJC

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El Supremo reabre el caso de los estudiantes italianos a los que España niega la convalidación del título de Derecho- (Freepik)
El Supremo reabre el caso de los estudiantes italianos a los que España niega la convalidación del título de Derecho- (Freepik)

El Tribunal Supremo ha reabierto el caso que afecta a varios estudiantes italianos que completaron en la Universidad Rey Juan Carlos los créditos necesarios para obtener la Licenciatura en Derecho, pero a los que el Ministerio de Universidades lleva años negando la expedición del título oficial. El alto tribunal ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por uno de los afectados al considerar que podría afectar a un gran número de personas en situaciones similares.

El origen del conflicto se sitúa en el periodo de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior derivado del proceso de Bolonia, cuando España sustituyó las antiguas licenciaturas por el actual sistema de grados y másteres.

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En ese contexto, varios estudiantes italianos que habían iniciado sus estudios de Derecho en Italia accedieron a la Universidad Rey Juan Carlos mediante un sistema de convalidación parcial de asignaturas. Una vez en España, completaron los créditos restantes correspondientes a la antigua Licenciatura en Derecho, que se encontraba ya en proceso de extinción.

Tras finalizar la formación, la universidad les expidió certificados acreditativos de haber superado todos los requisitos académicos necesarios para obtener el título. Sin embargo, el Ministerio rechazó posteriormente la inscripción de esos títulos en el Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales al considerar que la normativa transitoria no permitía este tipo de convalidaciones en titulaciones ya extinguidas.

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Fachada de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), en una imagen de archivo. (Europa Press)
Fachada de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), en una imagen de archivo. (Europa Press)

Un conflicto judicial que se prolonga desde 2017

La decisión administrativa fue recurrida inicialmente por la propia Universidad Rey Juan Carlos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en 2019 avaló el criterio de la Administración y rechazó la inscripción de los títulos. Posteriormente, la universidad intentó llevar el asunto ante el Tribunal Supremo, aunque el recurso de casación no fue admitido a trámite, por lo que el caso quedó cerrado en aquel momento.

Años después, uno de los estudiantes afectados decidió reclamar de forma individual. En 2022 solicitó al Ministerio de Universidades la expedición de su título oficial, pero la Administración no respondió, lo que supuso una denegación por silencio administrativo negativo. El estudiante recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que volvió a desestimar su pretensión en 2025 al entender que la cuestión ya había sido resuelta en los procedimientos anteriores.

Sin embargo, el Supremo ha decidido ahora volver a examinar el asunto tras admitir a trámite el recurso de casación presentado por el afectado. El alto tribunal considera que el caso presenta interés casacional objetivo porque la decisión que adopte puede afectar a numerosos estudiantes en una situación similar y porque plantea cuestiones jurídicas de especial relevancia.

Joven estudiantes celebran su graduación - (Imagen Ilustrativa Infobae)
Personas recién graduadas con el título de la mano. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Entre ellas, el Supremo deberá determinar si la negativa a expedir estos títulos puede vulnerar el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución, así como los compromisos internacionales asumidos por España en materia de reconocimiento de estudios universitarios, tanto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos como en el acuerdo bilateral firmado entre España e Italia en 1999 sobre reconocimiento recíproco de títulos académicos, recoge Efe.

Un caso con posible impacto colectivo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazó la reclamación del estudiante al considerar que la cuestión ya había sido resuelta en la sentencia dictada años antes en el recurso presentado por la universidad contra el Ministerio. Sin embargo, el afectado no había intervenido en ese procedimiento ni pudo defender individualmente su situación ante los tribunales.

Por ello, el Supremo deberá aclarar hasta qué punto una resolución judicial previa puede condicionar los derechos de personas que no formaron parte del litigio original y si esa aplicación es compatible con las garantías de tutela judicial efectiva reconocidas en el artículo 24 de la Constitución.

El auto de admisión destaca además que la futura sentencia podría tener un impacto relevante sobre otros estudiantes italianos que cursaron estudios en España durante los años de transición entre el antiguo sistema universitario y el modelo implantado tras Bolonia.La decisión que finalmente adopte el Tribunal Supremo servirá para fijar criterio sobre el reconocimiento de títulos obtenidos mediante convalidación internacional.

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