
José (nombre ficticio) es un hombre de 79 años con graves problemas de visión que tiene (o tenía) por costumbre desayunar a diario en una cafetería-pastelería de Sant Fruitós de Bages, un municipio de la comarca del Bages, en Barcelona. El hombre padece de cataratas, una enfermedad que provoca una pérdida de transparencia del cristalino (la lente natural del ojo), causando como consecuencia una pérdida de visión. Es la causa más frecuente de ceguera, reversible mediante una cirugía, y afecta a alrededor de 94 millones de personas en todo el mundo, según la OMS.
Aprovechó la confianza y la ceguera del hombre para cobrar 100 euros de más cada día
La propietaria de la cafetería-pastelería, habiéndose ganado la confianza de José, comenzó a gestionar personalmente el pago de los desayunos, ya que la dificultad visual del cliente le impedía hacerlo por sí mismo. José le facilitaba su tarjeta bancaria y el PIN para que ella introdujera los datos en el terminal de pago. Llegó un punto, según el escrito de la Fiscalía, a partir del 30 de junio de 2023, en el que la acusada empezó a cobrar cantidades muy superiores al precio real de cada consumición, sumando más de 100 euros extra cada día. El ministerio público detalla en su informe: “La acusada validaba cobros superiores a los de las consumiciones reales, obteniendo un beneficio económico indebido que ascendió a 6.986,09 euros”. De este modo, el dinero terminó en el patrimonio de la acusada a través del negocio, mientras que José, debido a su discapacidad visual y a la confianza depositada, no era consciente del fraude.
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La acusación subraya la especial vulnerabilidad de la víctima y el abuso de confianza generado por la situación personal del afectado. El texto presentado por el ministerio público señala: “El procesado se valió de la confianza generada y de las limitaciones visuales de la víctima para apropiarse de una cantidad económica que no le correspondía”.
En términos legales, la Fiscalía califica los hechos como un delito de estafa recogido en los artículos 248 y 249 del Código Penal, e incorpora el agravante de abuso de superioridad. Como consecuencias penales, solicita para la acusada una condena de dos años y tres meses de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la duración de la pena y el pago de las costas judiciales. En lo referente a la responsabilidad civil, la Fiscalía reclama la devolución íntegra a la víctima del importe presuntamente defraudado, sumando los intereses legales correspondientes.
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El escrito presentado por la acusación incluye también a la sociedad gestora del establecimiento como responsable civil subsidiaria, lo que implica que, en caso de que la acusada no pudiera hacer frente al pago de la indemnización, la empresa que administra el local debería asumir la devolución de la cantidad reclamada. La vista oral servirá para aclarar si los hechos relatados por la Fiscalía quedan probados y si la acusada debe afrontar la devolución de los casi 7.000 euros y la pena solicitada. El juicio tiene lugar el 5 de mayo, en la Audiencia Provincial de Barcelona, que decidirá sobre la responsabilidad penal y económica de la propietaria en relación a los hechos descritos.
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