
El Tribunal Supremo ha activado una nueva fase en la causa abierta contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al darles un plazo de cinco días hábiles para que depositen una fianza de 60.000 euros cada uno. Este aval sirve como garantía de las posibles responsabilidades económicas que puedan derivarse del juicio al que ambos se enfrentarán por el presunto cobro de comisiones ilegales en la adjudicación de contratos de compra de mascarillas durante la pandemia.
La decisión se ha materializado este lunes a través de una diligencia de ordenación remitida a la prisión de Soto del Real (Madrid), donde Ábalos y García permanecen en prisión provisional desde el pasado 27 de noviembre. En ese documento, al que ha tenido acceso la agencia EFE, el alto tribunal les comunica formalmente la apertura de una pieza separada destinada a depurar la responsabilidad civil que pudiera derivarse de una eventual condena.
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La apertura de esta pieza separada activa de forma efectiva el plazo que el magistrado instructor, Leopoldo Puente, ya había fijado el pasado 11 de diciembre cuando dictó el auto de apertura de juicio oral contra ambos. Aunque en aquel momento se estableció un periodo de cinco días para consignar la fianza, fuentes jurídicas han explicado a EFE que ese cómputo no comienza hasta que la resolución y la apertura de la pieza separada son notificadas, lo que ha ocurrido ahora. De este modo, el reloj empieza a correr desde este martes.
Una garantía económica bajo amenaza de embargo
La fianza impuesta a Ábalos y a Koldo García tiene como finalidad asegurar que, si finalmente son condenados, existan fondos o bienes suficientes para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que puedan imponérseles. La diligencia del Supremo es explícita en este punto: el pago de los 60.000 euros debe realizarse “bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo, se procederá al embargo de bienes de su propiedad en cantidad suficiente para reclamar la suma derivada”.
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El documento añade que los dos investigados deberán acreditar su insolvencia en el caso de que no dispongan de dinero en metálico o de bienes susceptibles de embargo, una previsión habitual en este tipo de procedimientos, pero que subraya la presión jurídica que pesa ahora sobre ambos. No se trata únicamente de una obligación formal, sino de una exigencia que, de no cumplirse, puede traducirse en la incautación de patrimonio para cubrir la cuantía fijada por el tribunal.

Según las fuentes consultadas por EFE, Koldo García ya tiene previsto cómo afrontar este trámite y garantizará la fianza mediante la anotación de un piso de su propiedad, una fórmula que permite responder ante la Justicia sin necesidad de desembolsar inmediatamente la cantidad en efectivo.
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Indicios de una actuación concertada
El juicio al que se enfrentarán Ábalos y su exasesor se sustenta, según el Tribunal Supremo, en los indicios de que ambos se habrían concertado para obtener “un común beneficio económico” en la contratación pública. La investigación apunta a que esa actuación se produjo en el contexto de la compra de material sanitario, en concreto mascarillas, durante los meses más críticos de la pandemia de covid-19, cuando las administraciones públicas realizaron adquisiciones de emergencia para abastecerse de equipos de protección.
De acuerdo con el relato judicial, las empresas beneficiadas habrían sido captadas por un tercero, Aldama, y habrían obtenido contratos públicos gracias a la intermediación y a la influencia de Ábalos, que en aquel momento ocupaba el cargo de ministro en el Gobierno y, al mismo tiempo, ejercía como secretario de Organización del PSOE. Esa doble condición le situaba en una posición especialmente relevante dentro del Ejecutivo y del partido, un extremo que el Supremo considera clave para entender cómo se habrían facilitado las adjudicaciones.
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La pieza central del procedimiento gira en torno a si ese uso de la posición institucional y orgánica tuvo como contrapartida el cobro de comisiones ilegales, un extremo que ambos acusados niegan, pero que será dilucidado en el juicio oral cuya apertura ya ha sido acordada.
Un calendario judicial en marcha
Con la exigencia de las fianzas y la apertura de la pieza de responsabilidad civil, la maquinaria del proceso entra en una fase más concreta. El Tribunal Supremo tiene aún pendiente fijar la composición de la Sala que enjuiciará la causa, un paso previo imprescindible para poder señalar la fecha de inicio de la vista.
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Fuentes jurídicas consultadas por EFE apuntan a que la intención del alto tribunal es que el juicio se celebre entre finales de febrero y principios de marzo, una horquilla temporal que permitiría resolver la causa en un periodo relativamente próximo. La duración estimada de las sesiones es de unos dos meses, lo que da una idea de la complejidad del procedimiento y del volumen de pruebas y testimonios que deberán examinarse.
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