
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la legalidad de la actividad de alquiler turístico ejercida en dos viviendas de una comunidad de propietarios, desestimando así la demanda interpuesta por los vecinos del inmueble. La sentencia, dictada en noviembre del pasado año, respalda la decisión adoptada en primera instancia y concluye que no se ha acreditado que dicha actividad genere molestias que superen los límites de lo socialmente tolerable.
El conflicto se originó en una comunidad de propietarios situada en Madrid, cuyos integrantes denunciaron la actividad turística desarrollada por los titulares de dos pisos. Los vecinos alegaron que dicha práctica alteraba la convivencia en el edificio, debido al trasiego constante de inquilinos, la generación excesiva de basura, ruidos a horas intempestivas y un uso intensivo del ascensor, cuya avería recurrente - más de 80 partes de intervención en dos años - fue también mencionada como uno de los motivos de la queja.
PUBLICIDAD
En sucesivas juntas de propietarios, se acordó de forma unánime facultar al presidente de la comunidad para interponer acciones legales encaminadas a la prohibición del alquiler turístico, amparándose en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que permite limitar o condicionar actividades molestas, insalubres o peligrosas que afecten a la convivencia vecinal.

El juzgado desestimó la demanda
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid desestimó la demanda en un primer momento. En su resolución, el tribunal reconoció la existencia de molestias derivadas de la actividad en cuestión, pero consideró que estas no habían sido probadas en términos de reiteración, intensidad o notoriedad suficientes como para justificar una restricción. Según este fallo, no se logró acreditar que el funcionamiento de los apartamentos turísticos provocase un perjuicio efectivo y continuado al uso y disfrute normal del inmueble por parte del resto de vecinos.
PUBLICIDAD
Disconforme con esta resolución, la comunidad recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que ahora ha ratificado el criterio de la primera instancia. En su fallo, el tribunal sostiene que la actividad de alquiler turístico, en general, no puede ser calificada como “actividad molesta” de forma automática, y que la comunidad no ha demostrado que las presuntas incomodidades superen los umbrales habituales de la convivencia urbana.
La sentencia es clara al señalar que no se ha acreditado que el comportamiento de los inquilinos ocasionales ni la gestión de las viviendas turísticas perturben de manera notoria el estado de hecho común en este tipo de comunidades residenciales. Tampoco se han aportado pruebas concluyentes sobre una disminución en el uso normal de las zonas comunes o sobre una afectación constante al derecho de los propietarios al disfrute pacífico de sus viviendas.
PUBLICIDAD
El fallo reafirma así la necesidad de aportar elementos objetivos y constatables para limitar judicialmente el alquiler turístico, una actividad que continúa generando tensiones legales y vecinales en las grandes ciudades. En este caso, al no existir evidencia clara de una incomodidad permanente ni habitual, la Audiencia ha optado por preservar el derecho de los propietarios a destinar sus inmuebles al uso turístico, siempre que se respete el marco normativo vigente.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Embalses España: la reserva de agua bajó este sábado 27 de junio
La reserva de agua en el país bajó en un -1,35 % a comparación de la semana pasada, de acuerdo con datos oficiales

Prepárase antes de salir: Este es el pronóstico del clima en Zaragoza este 27 de junio
Los fenómenos meteorológicos y análisis de probabilidad permiten dar información sobre la temperatura, lluvias y vientos para las próximas horas

España: las predicciones del tiempo en Valencia este 27 de junio
Los fenómenos meteorológicos y análisis de probabilidad permiten dar información sobre la temperatura, lluvias y vientos para las próximas horas

Cabo Verde firma una clasificación inédita en el Mundial 2026 tras su empate ante Arabia Saudí y jugará contra Argentina: el resumen, en vídeo
El equipo africano completó la fase con tres empates y enfrentará a la selección de Lionel Messi en Houston
El teletrabajo se diluye en España: las empresas recortan esta opción en las nuevas ofertas, en un momento en que los empleados lo valoran más que nunca
Las ofertas con opción remota bajan al 11% en España, mientras persiste una cultura laboral muy ligada al control horario y la asistencia

