
La Guardia Civil ha intervenido un total de 119 llaves de pugilato y 194 productos de contrabando en un establecimiento que ofertaba armas prohibidas en la zona de Zorrotzaurre en Bilbao.
En el marco del plan anual de inspección sobre el control de armas, explosivos, pirotecnia y cartuchería, y de la persecución del fraude fiscal y del contrabando, los agentes inspeccionaron este local que anunciaba a través de Internet la venta de armas prohibidas, comestibles y cosméticos procedentes de terceros países no pertenecientes a la Comunidad Europea.
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“Autodefensa feminista”
En concreto, en el interior de la nave encontraron un total de 119 armas prohibidas. Todas ellas eran armas de pugilato y de fabricación artesanal propia que además eran publicitadas como armas de “autodefensa feminista”.
Las armas contaban con unas tarjetas en las que advertían a los compradores que las autoridades podrían requisarle el arma o multarles por su posesión. Por eso, recomendaban que si se iban a topar con algún agente evitasen portarlo, aunque sí animaban a usar el arma frente a una agresión.
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Durante el registro, los guardias civiles también descubrieron un total de 140 productos etiquetados incorrectamente y 54 productos a los que no les constaba ningún tipo de importador y que fueron precintados.

El dueño del establecimiento se enfrenta a cinco denuncias por infracción grave por fabricación y venta de armas prohibidas, por contrabando de productos que carecían de importador legal en el territorio nacional, a la normativa de consumo por etiquetado incorrecto, por tenencia de estupefacientes en lugares públicos y por falta de respeto a los agentes de la autoridad.
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Las llaves de pugilato
El puño de acero, puño americano, manopla, nudillera, nudillos de acero, boxer, o llave de pugilato, es un arma contusa formada por una estructura que se ajusta directamente a la mano del usuario, más exactamente a los nudillos del mismo.
Este tipo de armas están prohibidas en España, según lo específica el artículo 4 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993): Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
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- Las armas de fuego que sean resultado de una fabricación ilícita o de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización.
- Armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
- Pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
- Armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
- Armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
- Bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
- Armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
- Defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, las llaves de pugilato, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes; así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.
Sin embargo, no se considerará prohibida la tenencia de las armas antes citadas por los museos, coleccionistas u organismos autorizados.
Las personas que sean consideradas culpables de fabricación, reparación, almacenamiento y comercio de este tipo de armas, sin la pertinente autorización, se enfrentarán a multas de 30.050,61 € a 300.506,05 €.
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