
El Ministerio de Trabajo dejó claro que la reducción de la jornada laboral se iba a basar en dos pilares: el registro horario y el derecho a la desconexión digital. Así, se espera que, para principios de enero de 2025, el Consejo de Ministros y el Congreso de los Diputados aprueben el acuerdo alcanzado con los sindicatos.
La desconexión digital ya estaba recogida en el artículo 20 Bis del Estatuto de los trabajadores, como ha recordado ahora a través de las redes sociales un abogado laboralista (’Un tío muy legal’: @consejos_laborales), que ha explicado la nueva reforma del ministerio de Yolanda Díaz.
“Seguro que te suena esto de recibir llamadas o mensajes de tu jefe o de tus compañeros”, comienza el vídeo del abogado, asegurando que “esto se va a acabar”. Con el cambio de jornada laboral de 40 horas semanales a 37,5 horas, dos de los pilares fundamentales van a ser “primero, el registro horario telemático, en el que la inspección de trabajo pueda entrar de forma online y al momento. Básicamente, un control en tiempo real”, ha señalado.
Reforma del artículo 20 Bis
Otro de los pilares cruciales es la desconexión digital. “Algo que a día de hoy ya está regulado en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 20 Bis y en el artículo 88 de la Ley de Protección de Datos”, ha recordado el abogado.
En primer lugar, se establece que “las personas trabajadoras, incluidas las que trabajan a distancia y mediante teletrabajo, tienen derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales puestos a disposición de la empresa, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización”. A diferencia del antiguo artículo, la nueva reforma especifica la inclusión de los trabajadores a distancia.
“Todos los trabajadores tenéis derecho a no ser molestados fuera de su horario laboral”, ha indicado el letrado. No obstante, a día de hoy, “no hay nada que expresamente lo prohíba”, ha puntualizado. Es decir, hasta que no se apruebe dicho acuerdo a principios del año que viene, sí te pueden contactar.
“La reforma que se quiere aprobar hará que los trabajadores tengan derecho a no ser localizados fuera de su horario laboral y, sobre todo, a no recibir mensajes. Este derecho será irrenunciable”, ha manifestado el abogado. Esto quiere decir que no se podrá renunciar a esta deslocalización por parte de tu jefe a cambio de un complemento, “salvo algunas excepciones”, y siempre “en caso de extrema necesidad”, ha expresado.
Un paso más allá
De todos modos, este derecho ya existe. Como explica el abogado: “Si te hacen algún tipo de notificación al e-mail o al teléfono personal, realmente no tienes obligación de responder”. “Puede ser el típico cambio de horario y si te sancionaran por ello sería totalmente ilegal”, ha aclarado.
En concreto, lo que se busca con la aprobación de esta nueva reforma es que las empresas “no intenten enviar un mensaje”, lo que facilitaría la desconexión laboral. Si es así, “las empresas estarán obligadas a cumplir con la ley, y en caso de su incumplimiento, pueden arriesgarse a multas por la inspección del trabajo, que pueden llegar hasta 7.500 euros”.
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