
Cambio de planes. Begoña Gómez, investigada por los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en el sector privado, queda finalmente exenta de tener que acudir al juzgado de Instrucción número 41 de Madrid para asistir a la declaración judicial de Juan Carlos Barrabés. Así lo ha acordado este martes el juez que investiga el caso que afecta a la esposa del presidente del Gobierno después de que el empresario haya sido dado de alta.
El juez Juan Carlos Peinado ha acordado recibir su declaración en calidad de testigo y sin carácter ya de prueba preconstituida, por lo que ya no es necesaria la asistencia presencial de la persona investigada, en este caso Begoña Gómez. La declaración del empresario está agendada el próximo 15 de julio a las 10 horas en la sede de los juzgados de Plaza de Castilla, pero estaba obligado a hacerla por videoconferencia debido a su estado de salud (permanecía ingresado en el Hospital 12 de Octubre de Madrid).
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Esta situación inicial había motivado un escrito del juez Peinado en el que advertía a Gómez de que tenía que asistir presencialmente a esa citación. El juez había dictado una resolución en la que avisaba a la esposa de Pedro Sánchez de que tenía el “deber de comparecer” junto a su abogado, el exministro Antonio Camacho, ya que “de no hacerlo, ni alegar causa justa que se lo impida, podrá convertirse esta citación en orden de detención”.
Finalmente, al haber sido dado de alta el empresario, Gómez no está obligada a asistir a su declaración judicial, lo que hubiera supuesto un nuevo paso de la esposa del presidente del Gobierno por los juzgados de Plaza de Castilla. Ya lo hizo el pasado viernes, pero se suspendió y aplazó su declaración como investigada al próximo 19 de julio. El juez instructor tomó esta decisión porque a la investigada no se le había notificado una segunda querella incorporada al procedimiento y presentada por la asociación ultracatólica Hazte Oír.
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A preguntas de los periodistas, el abogado Antonio Camacho aseguró que Begoña Gómez acudió al juzgado “dispuesta a declarar si el juez aclaraba cuáles eran los hechos objetos de investigación”. También explicó que el magistrado les comunicó la existencia de una segunda querella que no se había notificado a la defensa. “Por lo tanto, hemos solicitado que no declarara”, lo que a juicio del letrado era “la mejor decisión no solo para el derecho de defensa de la investigada, sino para la defensa del Estado de Derecho y una sociedad avanzada democráticamente”.
El Gobierno había defendido que Gómez no estaba obligada a asistir al juzgado
Antes de que se conociera la última resolución del juez Peinado, la ministra portavoz, Pilar Alegría, había defendido desde la sala de prensa de Moncloa que la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite que sea el abogado de la defensa quien acuda a una declaración judicial, en lugar de la persona investigada. Esta norma, según la también ministra de Educación y Deporte, establece que quien “tiene que acudir es el abogado de la defensa y, si no estuviese, habría que nombrar a un abogado de oficio. Es lo que dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si hay un jurista en la sala puede acudir al articulado” para corroborarlo, había aclarado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
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En todo caso, el Gobierno, que hace malabares para referirse al caso de la esposa del jefe del Ejecutivo, ha evitado informar sobre los pasos judiciales de Gómez al entender que hará “como cualquier otro ciudadano, que es seguir las recomendaciones de su abogado”. Alegría ha agregado que lo único que se conoce “hoy por hoy” es que Camacho pidió este lunes a la Audiencia Provincial el archivo de la causa tras alegar que se estaba haciendo una “investigación prospectiva”.
Asimismo, para la portavoz del Gobierno, “lo más importante y lo que no hay que perder de vista es conocer de dónde deviene todo: viene de una denuncia falsa, de bulos, ejecutada por organizaciones ultraderechistas”. Esa denuncia´, además, fue “desmontada, argumento a argumento, por la propia Guardia Civil”, en alusión al informe preliminar de la UCO en el que no vio indicios de delito en la actuación de la esposa del presidente. Asimismo, la Fiscalía solicitó el archivo de las diligencias previas nada más producirse su apertura, aunque la Audiencia Provincial de Madrid avaló la investigación dirigida por el juez Juan Carlos Peinado.
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