Un debate casi cerrado: ¿está bien dictar educación religiosa en las escuelas públicas?

El fallo de la Corte, que prohibió la enseñanza religiosa en Salta, reabrió una discusión con cada vez más adeptos a la laicidad

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Siete años atrás, un grupo de madres salteñas quiso impedir que sus hijos, alumnos de escuelas públicas, recibieran educación religiosa. El caso llegó a la Corte y esta semana se les dio la razón. Se prohibió su dictado durante el horario escolar en Salta por considerar que el inciso ñ de la ley provincial es "discriminatorio y afecta la privacidad de los alumnos".

El debate, antes acalorado, empieza a enfriarse. Cada vez son más las voces que rechazan la educación religiosa en la gestión pública; cada vez son menos los que respaldan la libertad de cada provincia. El ministro de educación Alejandro Finocchiaro celebró el fallo de la corte. "Ratifica una línea genética de tradición laica en la escuela pública argentina. Es una decisión razonable ya que no vulnera ningún derecho y ofrece la posibilidad de recibir enseñanza religiosa fuera del horario escolar", dijo a Infobae.

En una encuesta que este medio realizó, la mayoría de los participantes se manifestó en contra de la obligatoriedad y a favor de la posibilidad de elegir si los chicos reciben educación religiosa o no. Algunos pocos la consideran importante porque "aporta valores"; otros piensan que la religión se debe brindar "solo en casa".

Alejandra Cardini, directora del programa de Educación de CIPPEC, consideró un "gran paso" el fallo de la corte. "La escuela debe priorizar los procesos de aprendizaje y no la transmisión de contenidos en sí misma. El desarrollo de la capacidad de debatir con evidencias y argumentos fundados y no en base a contenidos indiscutibles es clave para la construcción de una ciudadanía activa y alcanzar una sociedad cohesionada y solidaria implica no dividir ni discriminar a los alumnos por sus filiaciones políticas o religiosas".

Gustavo Zorzoli, rector del colegio Nacional de Buenos Aires, señaló: "En 2014 se derogó la Ley 1.420 de Sarmiento y no quedó ninguna que diga claramente que la educación pública debe ser laica. Estoy de acuerdo con que en los colegios públicos no haya educación religiosa de ningún tipo. La formación religiosa tiene que estar en manos de la familia y no de la escuela pública. Para delegar esa función, está la educación privada".

La ley 1.420 a la que hace referencia Zorzoli se sancionó en 1884. En sus artículos proponía: "La enseñanza religiosa sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunión y antes o después de la hora de clase". Establecía, por tanto, una separación entre el horario escolar y no escolar, aunque la laicidad siempre estuvo en el foco de la discusión.

De hecho, el fallo de la Corte encontró un voto disidente en Horacio Rosatti que alegó "un margen de apreciación" provincial. Norberto Padilla, consejero de la UCA y ex secretario de culto de la Nación, coincidió con el juez. En diálogo con Infobae, consideró que "la enseñanza religiosa no se impone en Salta" ya que se le pregunta a los padres qué tipo de educación quieren para sus hijos.

"No comparto los fundamentos del fallo. En Salta hay una tradición católica instalada que mantiene gran respeto hacia otras religiones. El derecho de la minoría no tiene que anular el de la mayoría", señaló Padilla. La parte positiva, dijo, fue que se contempló la posibilidad de religión fuera del horario escolar.

Para muchos, la enseñanza religiosa se alzó como una fuente de valores, con el potencial de recomponer el tejido social. Carina Cabo, doctora en ciencias de la educación, no está de acuerdo: "La religión no será la que pueda re-ligar a los ciudadanos que transitan a diario la exclusión, la pobreza, la violencia, al menos al interior de la escuela. La función de la institución educativa – gratuita, gradual y obligatoria- es la de formar ciudadanos preparados para afrontar la complejidad del mundo con amplitud crítica", sostuvo.

Después del fallo del martes, solo quedarán Tucumán y Catamarca con enseñanza religiosa inmersa en sus planes de estudios. "El nuevo fallo obliga a reflexionar sobre la situación en estos territorios así como en otras provincias donde la normativa es ambigua y en aquellas escuelas donde los ritos y prácticas escolares siguen teniendo un fuerte peso religioso", advirtió Cardini.

En la misma línea, Juan María Segura, experto en innovación educativa, opinó: "No me parece atinado que los gobiernos favorezcan una creencia religiosa por sobre otra. El Estado debe ser neutro desde el punto de vista confesional". No obstante, puntualizó en que existe una gran cantidad de instituciones religiosas que "proveen una sólida formación académica sin que ello vaya en desmedro de lo anterior".

Otro punto en que coincide la mayoría de los expertos es en que la religión se puede impartir en forma horizontal, sin predilección de credo, dentro del esquema curricular. Por caso, en materias como historia. "La idea de la paz, que es un elemento que cruza transversalmente todas las religiones, podría ser incluida como un eje integrador a donde confluyan algunos aspectos de los credos. Es neutral desde el punto de vista ideológico y estable en el tiempo", consideró Segura.

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