La adhesión del vocero presidencial Manuel Adorni y de su esposa al Régimen Simplificado de Ganancias abrió un debate político, tributario y judicial. ¿La herramienta permite regularizar bienes no declarados? ¿Reduce los controles sobre el patrimonio de los funcionarios? ¿Puede ser utilizada por personas bajo investigación? Para despejar esas dudas, el contador público Sebastián Domínguez explicó en Infobae a la Tarde cuáles son los alcances reales del sistema, qué beneficios ofrece y por qué no puede equipararse a un blanqueo.
Según el especialista, existe una confusión frecuente entre las ventajas tributarias que otorga el régimen y las obligaciones patrimoniales que continúan vigentes para quienes ejercen cargos públicos. Mientras el sistema simplifica la presentación de declaraciones juradas y limita determinadas fiscalizaciones impositivas, no elimina la necesidad de justificar el origen de los bienes ante la Justicia o los organismos de control.
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“La declaración jurada simplificada es más fácil de hacer. Solo se declaran ingresos, gastos, deducciones y el impuesto a pagar, sin informar patrimonio ni consumos”, explicó Domínguez. Sin embargo, aclaró que esa simplificación no modifica las exigencias establecidas por la Ley de Ética Pública.
“No le aplica a los funcionarios públicos, porque se rigen por la Ley de Ética Pública y deben presentar su declaración patrimonial a la Oficina Anticorrupción”, remarcó.
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Qué beneficios ofrece el régimen
Uno de los principales atractivos del sistema es la denominada “presunción de exactitud”. De acuerdo con Domínguez, quienes presenten su declaración jurada y cumplan con el pago correspondiente obtienen una mayor protección frente a futuras revisiones tributarias.
“Si la declaración jurada se presenta y se paga en término, el fisco no puede verificar el IVA ni ganancias de los períodos fiscales no prescriptos”, señaló. Ese mecanismo es conocido como “tapón fiscal” y busca otorgar previsibilidad a los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones.
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Sin embargo, el contador advirtió que esa protección opera exclusivamente en el plano impositivo y no alcanza a eventuales investigaciones sobre el origen de los fondos o la evolución patrimonial.
“Si un funcionario utilizara dólares no declarados y se detectara, va a tener un problema por enriquecimiento ilícito, no tributario”, sostuvo. Además, recordó que la presunción de exactitud no es absoluta. Según explicó, la autoridad fiscal puede cuestionarla cuando detecta diferencias relevantes entre la información declarada y la situación real del contribuyente.
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“Puede impugnarse si existe una discrepancia significativa, una diferencia superior al 15% del impuesto determinado”, precisó.

Por qué no es un blanqueo
Uno de los puntos sobre los que más insistió Domínguez fue en diferenciar el Régimen Simplificado de Ganancias de un régimen de exteriorización de activos. “Esto no es un blanqueo. En el blanqueo vos tenés bienes, los declarás hasta una fecha, pagás un impuesto especial y se resuelven los problemas. Acá no es así”, explicó.
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Según detalló, el objetivo del sistema es simplificar el cumplimiento tributario y reducir cargas administrativas, pero no regularizar patrimonios ocultos ni otorgar inmunidad frente a eventuales investigaciones.
Por ese motivo, la adhesión al régimen no elimina la obligación de responder ante la Justicia ni ante los organismos de control cuando existen dudas sobre la evolución patrimonial de una persona.
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“La Oficina Anticorrupción revisa contra el registro de la propiedad y el automotor. Si detecta omisiones, intima a rectificar”, señaló. Asimismo, recordó que una investigación judicial puede requerir el levantamiento del secreto fiscal cuando resulte necesario analizar inconsistencias patrimoniales.
Funcionarios, patrimonio y criptomonedas
Durante la entrevista, Domínguez también se refirió a las criptomonedas, un punto que cobró relevancia a partir de las explicaciones brindadas por el entorno de Adorni sobre la composición de su patrimonio.
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“Siempre se tuvieron que declarar. Si alguien no lo hizo y puede demostrar que tenía una billetera en otro año y conserva los fondos, podría justificarlo judicialmente, aunque no es fácil”, afirmó.
Para el especialista, la discusión trasciende el caso puntual y pone en evidencia la diferencia entre los controles tributarios y los controles patrimoniales. Mientras el régimen simplificado puede generar beneficios frente al fisco, no reemplaza las obligaciones de transparencia ni constituye una herramienta para justificar activos no declarados.
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En ese contexto, señaló que el Gobierno trabaja en ajustes técnicos sobre la implementación del sistema, mientras distintos sectores de la oposición impulsan modificaciones para excluir expresamente a funcionarios y personas políticamente expuestas.
Al cierre, Domínguez sintetizó la lógica del esquema: “La opción de adherir al régimen se puede hacer hasta el día de la presentación. Genera beneficios, no perjuicios”. Pero insistió en que esos beneficios tienen un límite claro: “No es una salida para casos de enriquecimiento ilícito u omisiones ante la Oficina Anticorrupción”.
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