Una provincia dejará de aplicar retenciones de Ingresos Brutos a las operaciones con billeteras virtuales

Se trata de una medida que buscar aliviar la carga fiscal a los pequeños contribuyentes, por lo que tendrá un tope de ingresos

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Mano de persona sosteniendo un smartphone con una app de billetera virtual púrpura y blanca. Un terminal de pago electrónico se ve en primer plano.
El objetivo de la medida es neutralizar las retenciones para operaciones de escala menor (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales en Misiones dejarán de estar sujetas a las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, considerados uno de los tributos más distorsivos. La medida representa un cambio en el régimen fiscal para quienes utilizan estos medios de pago electrónicos en la provincia.

La medida comenzará a regir el 1° de agosto y permitirá que usuarios de billeteras virtuales con acreditaciones mensuales de hasta $2.184.404, monto de referencia equivalente al límite vigente de la Categoría D del monotributo, reciban sus transferencias sin retenciones anticipadas de Ingresos Brutos.

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Superado ese monto, las operaciones continuarán alcanzadas por el régimen de recaudación vigente, de acuerdo a los parámetros establecidos por la normativa tributaria.

Según estimaciones oficiales, el beneficio alcanzará a casi 200.000 misioneros, “fortaleciendo la liquidez de familias, emprendedores, trabajadores independientes y pequeños operadores económicos”, señalaron fuentes oficiales.

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Imagen ilustrativa que representa la conveniencia de la billetera virtual para pagos digitales y compras en comercios. Esta tecnología está impulsando a las pymes y facilitando el cobro con celular. (Imagen ilustrativa Infobae)
Según estimaciones oficiales, el beneficio alcanzará a casi 200.000 misioneros (Imagen Ilustrativa Infobae)

Vale mencionar que la normativa habilita al Ministerio de Hacienda a actualizar periódicamente los parámetros de exclusión, “de acuerdo con la evolución de la realidad económica y social de la provincia, garantizando la protección de los contribuyentes de menor capacidad contributiva y la eficiencia del sistema tributario”.

El gobernador Hugo Passalacqua explicó que “el objetivo de esta medida es neutralizar las retenciones para operaciones de escala menor, garantizando la percepción íntegra de las transferencias recibidas en dichos mecanismos electrónicos. A partir de la medida, los pequeños contribuyentes, emprendedores y usuarios de billeteras virtuales dispondrán de mayor capital de trabajo de manera inmediata”.

El mandatario agregó que la decisión contribuirá a mejorar el flujo de fondos de quienes utilizan estos medios de pago, fortaleciendo su capacidad de consumo, reinversión productiva y sostenimiento de actividades económicas.

“En definitiva, se trata de una optimización de la gestión fiscal, que aporta previsibilidad al circuito financiero local y asegura la eficiencia del sistema, permitiendo que los sectores con menor capacidad contributiva dispongan de sus recursos de manera íntegra, sin deducciones ni detrimentos previos”, concluyó.

En contraposición, cabe recordar que en octubre pasado el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso que monotributistas, comerciantes y pequeños empresarios que cobran a través de cuentas en billeteras virtuales (como Mercado Pago, Personal Pay u otras) comiencen a recibir retenciones por Ingresos Brutos de manera similar a las que ya abonaban cuando cobraban en sus cuentas bancarias.

Vinculado a este tributo también, este martes el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires actualizó los topes de facturación que determinan las alícuotas sobre Ingresos Brutos.

Detalló que desde el 1° de junio, el nuevo umbral anual para actividades vinculadas a servicios públicos, restaurantes, hoteles, comunicaciones, servicios inmobiliarios, de alquiler, sociales, de salud, enseñanza y administración pública ascendió a $2.154.300.000. Previamente, ese límite se ubicaba en $2.004.000.000.

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El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires actualizó los topes de facturación que determinan las alícuotas sobre Ingresos Brutos

Para los servicios de comercialización y reparaciones, el monto anual subió de $364.000.000 a 391.128.000 pesos.

A criterio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), “si la facturación creció por precios pero no por actividad real, el contribuyente no debería pagar más”.

Mientras tanto, el ministro de Economía, Luis Caputo, reveló días atrás sus intenciones de llamar a los gobernadores de cara a una reforma tributaria, a modo de pacto fiscal.

“La idea es comprometerlos para que la carga impositiva que viene de provincias y municipios, que son esencialmente Ingresos Brutos y tasas, que hoy son el costo más alto. Hay que hacer un esfuerzo desde el lado de provincias y municipios”, dijo el titular del Palacio de Hacienda.

Sucede que el impuesto a los Ingresos Brutos es distorsivo porque encarece todo lo que se produce y consume mediante el fenómeno de la “cascada”, dado que grava la facturación de cada etapa del proceso productivo y comercial, sin compensar lo ya tributado en etapas anteriores. Su peso central en la recaudación de las provincias dificulta su reforma o eliminación, aunque existe consenso técnico y empresarial sobre la necesidad de corregir estos problemas.

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