
Un fallo de la Justicia federal en lo previsional se sumó a una serie de decisiones similares dictadas en los últimos meses en distintas jurisdicciones del país y avanzó sobre la movilidad de las jubilaciones. La resolución, que marcó el primer antecedente en la Ciudad de Buenos Aires en cuestionar la fórmula de 2020 y habilitar la comparación de los haberes con la inflación, dispuso el reajuste de un haber jubilatorio y puso bajo revisión los mecanismos de actualización aplicados en los últimos años.
En ese marco, el juez ordenó a la ANSES recalcular el haber inicial, aplicar los incrementos correspondientes y abonar las diferencias con intereses, dentro de un plazo de 120 días una vez que la sentencia quede firme. El expediente abordó cuestionamientos sobre la forma en que se determinó la prestación y su evolución posterior, en un contexto atravesado por cambios en las fórmulas de movilidad.
PUBLICIDAD
La causa se inició a partir de la demanda presentada por el jubilado Raúl Edgardo Di Pietro, quien solicitó el recálculo de su prestación y el pago de diferencias. El magistrado hizo lugar parcialmente al planteo y estableció criterios técnicos que impactan en la determinación del haber y en su actualización a lo largo del tiempo.
Uno de los ejes centrales del fallo fue el reconocimiento de pérdida de poder adquisitivo en distintos tramos del sistema previsional. En relación con la ley 27.609, que reguló la movilidad entre 2021 y 2024, el juez incorporó uno de los aspectos más relevantes de la sentencia. Indicó que distintos antecedentes judiciales y decretos del Poder Ejecutivo mostraron una pérdida generalizada del poder adquisitivo de las jubilaciones durante ese período.
PUBLICIDAD
En ese contexto, el fallo estableció que los aumentos otorgados por esa fórmula resultaron insuficientes frente a la inflación y planteó la necesidad de utilizar un parámetro alternativo. En ese análisis, el juez identificó al Índice de Precios al Consumidor (IPC) como referencia adecuada para medir esa evolución.
El magistrado no ordenó su aplicación directa en esta instancia, pero dispuso que en la etapa de ejecución se realice una comparación entre los aumentos percibidos y la evolución del IPC. Además, fijó que solo corresponderá un ajuste adicional si se verifica una pérdida superior al 15 por ciento.
PUBLICIDAD

Sobre este punto, el abogado previsional Adrián Tróccoli señaló que el fallo “determina un parámetro al sostener que la ley 27.609 fue insuficiente frente a la inflación y hay que cambiarla por el IPC”, el índice con el que se actualizan actualmente los haberes. En su análisis, destacó que la resolución introduce un criterio que hasta ahora no estaba consolidado en la Ciudad de Buenos Aires.
Tróccoli explicó que en otras jurisdicciones ya existían decisiones en ese sentido (varias cámaras del interior fallaron en este sentido el año pasado), pero que en la Capital Federal predominaba otra postura. “En Capital la Justicia había dicho que no había daño comprobado por parte de la ley de Alberto Fernández; luego aparecieron otros fallos que dijeron que podía haber daño pero que eso se probaría en una etapa posterior, dilatando la respuesta”, indicó.
PUBLICIDAD
Según planteó, la falta de uniformidad generó un escenario sin criterios claros. “Hasta ayer teníamos falta de criterio. Ahora tenemos un criterio”, afirmó. En esa línea, consideró que el fallo abre una instancia distinta para los reclamos previsionales. Vale mencionar que en CABA representa la mitad de los expedientes del país; de ahí la importancia de este fallo, aunque sea de primera instancia.
El abogado consultado sostuvo que la importancia del caso radica en que “abre el juego a que en Capital cambie el criterio en el resto de los juzgados” y destacó que la resolución introduce “un parámetro objetivo” para evaluar la evolución de los haberes. También remarcó que la definición final dependerá de la Corte Suprema. Explicó que, una vez que el máximo tribunal fije una postura en un caso concreto, ese criterio se aplicará de manera general en todo el país. Sin embargo, en algunos casos (cuando la cámara le rechaza la apelación a la Anses) los jubilados pueden lograr empezar a cobrar por anticipado, a la espera de que la Corte se expida. De hecho, ya está sucediendo.
PUBLICIDAD
La cámara podría tardar entre 3 y 6 meses para expedirse y luego, como sucede con todos los juicios, terminar en la Corte, donde actualmente hay 60.000 expedientes.
Otro punto relevante del fallo fue el tratamiento de los bonos extraordinarios otorgados en los últimos años. El juez rechazó el planteo del actor que solicitó su incorporación al haber jubilatorio y sostuvo que esas sumas tienen carácter transitorio y no remunerativo. Según explicó, los refuerzos previsionales constituyen instrumentos de política pública dirigidos a los sectores de menores ingresos y no integran la estructura permanente del sistema. En ese sentido, consideró que su exclusión no vulnera el principio de igualdad ni el derecho a la movilidad.
PUBLICIDAD
Antecedentes
En noviembre de 2024, la Cámara Federal de Mendoza se había pronunciado en el caso “Cortés, Leonardo Evaristo c/ ANSES”, al señalar que la fórmula de movilidad implementada en 2021 no garantizaba una actualización suficiente frente a la inflación, y que había significado una merma inconstitucional del haber jubilatorio. Allí también se reconoció la necesidad de proteger a los jubilados contra el deterioro económico de sus ingresos, incluso si las decisiones legislativas responden a coyunturas fiscales complejas.
Posteriormente, en abril de 2025, la Cámara Federal de Mar del Plata falló de manera similar en el caso “Giménez, Mirta Noemía c/ ANSES”. El tribunal marplatense sostuvo que la movilidad aplicada bajo la ley cuestionada había significado una pérdida del 50,3% en el poder de compra del haber previsional, y que ello resultaba incompatible con los principios de proporcionalidad y sustitutividad que deben regir el sistema jubilatorio.
PUBLICIDAD
Y en mayo del año pasado, también la Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró inconstitucional la ley 27.609. La resolución se produjo en el marco del caso “Palavecino, José Rubén c/ ANSES s/Reajustes Varios”, en el cual se determinó que la aplicación de esa fórmula entre 2021 y 2023 generó una pérdida sustancial del poder adquisitivo para el jubilado de la administración pública nacional.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
El Banco Central sumó 120 ruedas seguidas con compras de dólares y las reservas superaron los USD 48.000 millones
La autoridad monetaria adquirió USD 25 millones este jueves y su stock creció casi USD 1.000 millones en la segunda jornada hábil de julio. Los motivos de la suba
Jornada financiera: el riesgo país bajó por cuarta rueda seguida y tocó un nuevo mínimo desde 2018
Los bonos en dólares ganaron 0,2% y el indicador de JP Morgan cedió a 415 puntos. El S&P Merval ganó 1,1% y los ADR exhibieron mayoría de alzas. El dólar quedó estable a $1.510 en el Banco Nación y las reservas recuperaron el nivel de USD 48.000 millones
Casi el 30% de los argentinos opera en el mercado: qué inversiones eligen y qué provincias lideran el ranking
El mercado de capitales local registra una expansión acelerada, marcada por el aumento de cuentas, operaciones y diversidad de instrumentos, con una presencia cada vez más federal y mayor participación de mujeres inversoras

Operativo Nieve: los aeropuertos de la Patagonia se preparan para la temporada de invierno con una nueva tecnología de IA
Aeropuertos Argentina ya puso en marcha el proceso que permite que los aviones puedan aterrizar incluso cuando se registran nevadas

El Gobierno anunció un proyecto privado para hacer una nueva central nuclear por USD 1.200 millones
La iniciativa de Meitner Energy, del Ansari Group y con participación del Invap, plantea un reactor modular de 300 MWe con capitales estadounidenses. Podría entrar al Súper RIGI. La noticia llega en medio de la crisis en la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA)




