
El próximo 31 de marzo representa una fecha límite para los establecimientos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que buscan beneficiarse con la exención del ABL por seis meses, una medida que apunta a mitigar el impacto de la reducción de la actividad en el sector gastronómico y hotelero. La decisión, lanzada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), se dirige de manera exclusiva a bares, restaurantes y hoteles, tres rubros que muestran signos claros de retracción en la demanda y el movimiento comercial.
En la actualidad, 4.267 contribuyentes ya accedieron a este beneficio fiscal, lo que evidencia el alcance de la política de alivio implementada por la administración porteña. La exención implica que los contribuyentes alcanzados dejarán de pagar el impuesto por el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026. De este modo, la AGIP busca acompañar a un sector considerado estratégico para la economía y el turismo de la ciudad.
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El mecanismo para acceder al beneficio requiere que los propietarios o responsables de bares, restaurantes y hoteles realicen una solicitud formal a través del sistema Trámites a Distancia (TAD), disponible en https://tad.buenosaires.gob.ar/. La tramitación es obligatoria y debe completarse antes del cierre del plazo, ya que la fecha límite es el 31 de marzo. Esta instancia administrativa se presenta como una de las principales herramientas de política fiscal local para sostener a un sector con fuerte incidencia en el empleo y la actividad económica urbana.
Para presentar la solicitud, cada contribuyente necesita consignar información precisa y detallada. Se exige el número de partida inmobiliaria, así como el domicilio de explotación, que debe figurar correctamente inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE). Además, en caso de que el inmueble opere bajo un contrato de locación o comodato, resulta indispensable informar la fecha de inicio y finalización del contrato, junto con el nombre, apellido o razón social del locatario o comodatario y el CUIT correspondiente, si corresponde.
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El formulario también requiere que el solicitante declare la actividad económica desarrollada en el inmueble, según la clasificación del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES). Solo aquellas actividades declaradas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y asociadas a la gastronomía y el hospedaje pueden acceder a la exención.
La medida, calificada como alivio fiscal por la AGIP, responde a un contexto de fuerte retracción en el sector. Los comercios gastronómicos y hoteleros han reportado caídas en la actividad en los últimos meses, lo que llevó a la administración porteña a priorizar políticas de acompañamiento que reduzcan la carga tributaria. El objetivo declarado es evitar cierres definitivos y proteger los puestos de trabajo vinculados a estos rubros.
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La exención del ABL contempla situaciones específicas para quienes ya realizaron pagos correspondientes a las cuotas 1, 2 y/o 3 del impuesto de 2026 antes de solicitar el beneficio. Para estos contribuyentes, la AGIP descontará automáticamente el monto abonado de las cuotas restantes del año fiscal. De esta forma, quienes adelantaron pagos no pierden el beneficio, ya que el sistema ajusta el saldo pendiente en función de la exención otorgada.
En el caso de aquellos responsables que optaron por abonar el ABL de manera anticipada, cubriendo la totalidad del año, la normativa prevé la generación de un crédito fiscal equivalente a la mitad del total abonado. Este crédito se imputa de manera automática en las cuotas correspondientes al año 2027, proporcionando así un mecanismo de compensación que evita la doble imposición y resguarda el equilibrio financiero de los contribuyentes.
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La decisión de implementar esta exención responde a la necesidad de dar respuesta a reclamos del sector y a la evidencia de la reducción de la actividad. El sector gastronómico y hotelero integra una de las cadenas de valor más amplias de la ciudad, con alto impacto en el empleo y el movimiento turístico. La AGIP identificó a estos rubros como prioritarios para sostener la recuperación económica, en un contexto en el que la demanda interna muestra signos de debilidad.
El proceso de solicitud, canalizado a través del sistema TAD, requiere que los contribuyentes reúnan y carguen toda la documentación respaldatoria, incluyendo datos contractuales y registrales. La administración porteña dispuso que la evaluación se realice con celeridad, de modo que los beneficiarios puedan gozar del alivio fiscal en el menor plazo posible. Además, la automatización de los descuentos y créditos fiscales busca evitar trámites presenciales y reducir la carga administrativa tanto para los contribuyentes como para la propia administración.
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El beneficio no se otorga de manera automática sino que exige una solicitud expresa, lo que obliga a los responsables de bares, restaurantes y hoteles a estar atentos a los requisitos y plazos. La AGIP aclaró que solo se considerarán las solicitudes presentadas hasta el 31 de marzo de 2026. La omisión de este trámite implicará la imposibilidad de acceder al beneficio para el semestre correspondiente.
La exención de ABL para el sector gastronómico y hotelero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se inscribe en una serie de medidas fiscales orientadas a sostener la actividad económica local. La decisión de focalizar el alivio en estos rubros responde a su papel en la generación de empleo y su aporte a la recaudación general. Según datos oficiales, los más de 4.000 inmuebles beneficiados representan una porción significativa del total de establecimientos de la ciudad.
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