Monotributo: cómo quedaron las escalas y cuánto paga cada categoría en noviembre 2025

ARCA actualizó las escalas y los valores vigentes desde este mes. Cómo consultar y pagar

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El pago de la recategorización
El pago de la recategorización debe completarse de manera electrónica antes del 20 de cada mes según los valores vigentes a noviembre de 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas y cuotas del Monotributo para noviembre de 2025, medida que introduce cambios directos para trabajadores independientes y pequeños contribuyentes en Argentina. El sistema afecta a unos dos millones de personas bajo este régimen simplificado. La actualización semestral modifica los parámetros de facturación y los montos de las cuotas para cada categoría.

Actualmente, existen 11 escalas que determinan la categoría de cada contribuyente según su nivel de facturación anual. El monitoreo de estos topes resulta fundamental para cumplir las obligaciones impositivas sin perder los beneficios del régimen. El ajuste de los valores depende de la variación semestral del Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que permite que los importes de facturación y las cuotas se mantengan en relación al contexto económico.

Los límites de facturación anual para cada una de las categorías del Monotributo a partir de noviembre de 2025 quedan establecidos así:

  • Categoría A: $8.992.597,87
  • Categoría B: $13.175.201,52
  • Categoría C: $18.473.166,15
  • Categoría D: $22.934.610,05
  • Categoría E: $26.977.793,60
  • Categoría F: $33.809.379,57
  • Categoría G: $40.431.835,35
  • Categoría H: $61.344.853,64
  • Categoría I: $68.664.410,05
  • Categoría J: $78.632.948,76
  • Categoría K: $94.805.682,90

Estos valores funcionan como guía para determinar el encuadre según los ingresos del último año.

Las cuotas mensuales para noviembre de 2025 presentan los siguientes importes:

  • Categoría A: $37.085,74 (servicios y bienes muebles)
  • Categoría B: $42.216,41 (servicios y bienes muebles)
  • Categoría C:
    • $49.435,58 (servicios)
    • $48.320,22 (bienes muebles)
  • Categoría D:
    • $63.357,80 (servicios)
    • $61.824,18 (bienes muebles)
  • Categoría E:
    • $89.714,31 (servicios)
    • $81.070,26 (bienes muebles)
  • Categoría F:
    • $112.906,59 (servicios)
    • $97.291,54 (bienes muebles)
  • Categoría G:
    • $172.457,38 (servicios)
    • $118.920,05 (bienes muebles)
  • Categoría H:
    • $391.400,62 (servicios)
    • $238.038,48 (bienes muebles)
  • Categoría I:
    • $721.650,46 (servicios)
    • $355.672,64 (bienes muebles)
  • Categoría J:
    • $874.069,29 (servicios)
    • $434.895,92 (bienes muebles)
  • Categoría K:
    • $1.208.890,60 (servicios)
    • $525.732,01 (bienes muebles)

La asignación de la categoría adecuada para cada monotributista es clave para evitar sanciones y mantener los beneficios del régimen. El proceso de recategorización se realiza de forma online en el portal de Monotributo ARCA, donde el usuario debe ingresar CUIT y clave fiscal. Este trámite está disponible durante enero y julio.

Cómo se realiza la recategorización

Para recategorizarse, la persona debe informar el monto facturado en los últimos 12 meses e indicar si utiliza un local comercial. El sistema propone la nueva categoría según los datos y permite corregir cualquier error antes de confirmar. El trámite puede completarse desde la aplicación móvil, facilitando la actualización de la situación fiscal.

El salto de la categoría
El salto de la categoría A a la B implica superar el umbral de $8.992.597,87 anuales para la facturación (Imagen Ilustrativa Infobae)

No todos están obligados a recategorizarse. Quedan exceptuadas las personas que no hayan cambiado de categoría respecto al período anterior y quienes iniciaron actividad hace menos de seis meses. El sistema utiliza la información registrada sobre la facturación anual para validar si corresponde o no actualizar la categoría.

Las actualizaciones en cuotas y topes de facturación modifican directamente las obligaciones mensuales de quienes forman parte del régimen. El pago de la cuota mensual debe concretarse hasta el día 20 de cada mes, únicamente por canales electrónicos. Los importes mensuales reflejan la inflación del semestre previo para mantener la validez de los parámetros.

Según lo establecido en la Ley 24.977, el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes determina la actualización semestral de los parámetros de facturación y las cuotas, a partir del IPC acumulado de enero a junio para la recategorización que rige en la segunda parte del año. Este mecanismo consolida el proceso y busca transparencia en el alcance del sistema.

Es fundamental consultar la categoría y el monto mensual que corresponde abonar mediante la página oficial de ARCA (https://www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp). Allí se encuentran publicados los datos vigentes, lo que facilita el acceso a la información y despeja dudas sobre topes y obligaciones.

Tener actualizada la recategorización, el importe mensual y cumplir con los pagos es esencial para evitar sanciones y la pérdida de beneficios. La correcta declaración de los montos y la verificación continua de los ingresos determinan el encuadre fiscal, que puede variar según la evolución de la actividad económica y el impacto de la inflación.

El ajuste de valores busca sostener un equilibrio entre la presión tributaria y la continuidad del régimen. El sistema mantiene la segmentación según el nivel de facturación y el tipo de actividad. La actualización semestral y la recategorización periódica conforman el esquema de administración habitual dentro de este régimen.

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