Oficializaron un nuevo aumento para las tarifas de luz y cambiaron la medición del consumo: de cuánto será la suba

Las nuevas actualizaciones fueron comunicadas en el Boletín Oficial a través de la publicación de dos resoluciones

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(Imagen Ilustrativa Infobae)
Oficializaron el aumento en las tarifas de luz para noviembre: de cuánto será la suba en las boletas (Imagen Ilustrativa Infobae)

A través de la publicación de una serie de resoluciones en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) oficializó un nuevo esquema tarifario para las empresas EDESUR y EDENOR —que centralizan el suministro eléctrico en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)—. Esta suba regirá desde el 1 de noviembre.

La medida responde a la instrucción de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía, de continuar con la actualización de los precios relativos a los servicios, en el marco de la emergencia energética y económica vigente desde diciembre de 2023.

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De esta manera, el ENRE aprobó los nuevos valores del Costo Propio de Distribución (CPD), que es el componente de la tarifa que remunera a la distribuidora por su servicio. A partir de este mes, en EDESUR se incrementa en un 3,53%, respecto a octubre, mientras que los usuarios de EDENOR verán reflejado en sus boletas una suba del 3,6%.

Factura de luz y lamparita, cuentas a pagar sobre una mesa - (Imagen Ilustrativa Infobae)
Las nuevas actualizaciones fueron comunicadas en el Boletín Oficial a través de la publicación de dos resoluciones (Imagen Ilustrativa Infobae)

El nuevo cuadro tarifario se compone de varios elementos: el Precio de Referencia de la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estacional de Transporte (PET), todos definidos por la Secretaría de Energía para el período noviembre 2025-abril 2026.

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Por otro lado, la segmentación de usuarios residenciales se mantiene con tres niveles: Nivel 1 (sin subsidio), Nivel 2 (menores ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios). Para los usuarios de los dos últimos grupos, se aplicarán bonificaciones y topes de consumo definidos por la Secretaría de Energía.

Asimismo, la resolución instruye a las empresas a identificar de manera destacada en las facturas el “Subsidio Estado Nacional” y el “Costo del Mercado Eléctrico Mayorista”, para transparentar el monto subsidiado y el costo real de la energía.

Por último, el ENRE también aprobó tarifas específicas para los Clubes de Barrio y de Pueblo, que figuran en el listado del Ministerio de Turismo y Deportes, y para las Entidades de Bien Público. Además, se fijaron las tarifas de inyección para los Usuarios-Generadores, es decir, quienes aportan energía a la red, y se actualizaron los valores del Costo de la Energía Suministrada en Malas Condiciones (CESMC) y del Costo de la Energía No Suministrada (CENS), que se aplican en casos de interrupciones o deficiencias en el servicio.

Cambios en la medición eléctrica: Edenor y Edesur pasarán a lectura mensual

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) resolvió autorizar a ambas empresas a modificar el sistema de lectura de medidores para los usuarios de la categoría Tarifa 1 - Pequeñas Demandas, permitiendo que la medición y la facturación de consumos eléctricos pasen de un esquema bimestral a uno mensual. Esto marca un cambio relevante en la operatoria y tiene un impacto directo en millones de hogares y pequeños comercios.

El conflicto central que motivó la resolución giró en torno a la disociación temporal entre el consumo real de los usuarios y la facturación, una situación que, según las empresas, generaba confusión y dificultaba la gestión financiera de los hogares.

Tanto EDENOR como EDESUR argumentaron que el régimen vigente, instaurado en 2016, obligaba a facturar mensualmente sobre consumos medidos cada dos meses, lo que provocaba que los usuarios recibieran facturas que no reflejaban con precisión el consumo del período de pago. Las distribuidoras sostuvieron que “la adopción de un sistema de lectura mensual permitiría a los usuarios tener una señal más clara, transparente y oportuna de su consumo, ya que el período facturado coincidiría -por su mayor proximidad- con el de consumo”.

Ante esto, el ENRE, a cargo del interventor Néstor Marcelo Lamboglia, analizó las presentaciones de ambas empresas y las respuestas a los requerimientos técnicos formulados por el organismo. En sus informes, las distribuidoras detallaron los cambios operativos y tecnológicos necesarios para la migración, anticipando la necesidad de un período de transición y solicitando flexibilidades regulatorias, como la suspensión temporal de sanciones por eventuales incumplimientos en la periodicidad de lectura y facturación durante la implementación. Además, propusieron planes de pago de hasta seis cuotas para los usuarios que pudieran verse afectados por saldos remanentes del esquema anterior.

El ENRE evaluó la viabilidad formal de la solicitud, recordando que los contratos de concesión prevén la posibilidad de modificar los períodos de facturación si la distribuidora lo considera conveniente y presenta los fundamentos correspondientes. El organismo también consultó a la Secretaría de Energía, que no objetó la iniciativa y consideró que, aunque la migración podría generar un impacto económico transitorio en las facturas, “en definitiva la misma redundará en beneficios para los usuarios, al permitirles contar con una mayor previsibilidad a la hora de planificar su economía, atento que se acortarán los plazos entre el consumo, la medición, la facturación y el pago”.

La resolución también se inscribe en el proceso de modernización tecnológica del sector eléctrico, ya que la lectura mensual es compatible con la futura implementación de medidores inteligentes, que permiten la recolección remota y en tiempo real de los datos de consumo. El ENRE advirtió que, aun si se hubiera rechazado la propuesta, la migración a la lectura mensual sería inevitable en el corto plazo para acompañar la digitalización del sistema.

En cuanto a la implementación, la resolución establece que EDENOR y EDESUR deberán iniciar las acciones necesarias dentro de los 30 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma. Se prevé un período de transición durante el cual convivirán ambos esquemas de lectura, y las empresas deberán presentar al ENRE un informe detallado de las acciones previstas, incluyendo cronogramas, planes de lectura, metodología y modelos de facturación. Los ajustes por saldos remanentes deberán dividirse en al menos dos facturas y consignarse como un concepto diferenciado bajo la leyenda “Ajuste migración mensual”.

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