Retenciones 0% al campo: cómo funcionará la eliminación temporal de los derechos de exportación para granos y carnes

La decisión del Gobierno, orientada a incentivar la liquidación de dólares, modificará la comercialización de los productos agroindustriales hasta el 31 de octubre. Cuáles son los productos alcanzados

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Dólares Agroexportaciones
Las nuevas condiciones establecen que los exportadores deberán liquidar las divisas en un plazo máximo de tres días hábiles tras presentar la DJVE (Foto: Shutterstock)

La eliminación de las retenciones para más de 70 productos agroindustriales, oficializada hoy por el Gobierno nacional, impacta de forma directa sobre las exportaciones argentinas de granos, carnes y subproductos. El decreto, publicado el lunes en el Boletín Oficial, establece una alícuota de 0% para derechos de exportación hasta el 31 de octubre de 2025, o hasta agotar el cupo de 7.000 millones de dólares en Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), lo que ocurra primero.

El paquete de productos abarca cereales, oleaginosas, aceites, harinas, subproductos, compuestos industriales y químicos, incluyendo alimentos procesados, productos animales, insumos para alimentación y cadenas industriales asociadas al agro. Según fuentes oficiales, el objetivo es acelerar la llegada de dólares al mercado cambiario y aumentar la competitividad exportadora, en un contexto de volatilidad financiera nacional.

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La normativa obliga a los exportadores beneficiados a liquidar al menos el 90% de las divisas en un plazo máximo de tres días hábiles desde la presentación de la DJVE, bajo apercibimiento de quedar excluidos del beneficio y retomar la alícuota histórica. Las autoridades nacionales, junto con el Banco Central, la Secretaría de Agricultura y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, podrán diseñar regulaciones complementarias para fiscalizar el sistema.

Carne vacuna en res
La medida oficial también beneficia las exportaciones de carne bovina (Revista Chacra)

La nueva política alcanza de modo destacado a los complejos de maíz, trigo, cebada, soja, girasol, carnes bovinas y avícolas, lácteos y productos químicos de origen agrícola, además de subproductos destinados a la alimentación animal e insumos industriales. La medida excluye a exportadores que hayan registrado sus DJVE antes de la vigencia de la norma, o que incumplan condiciones de liquidación.

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El Decreto publicado incluye una nómina taxativa de bienes alcanzados, de acuerdo a posiciones arancelarias. A continuación, el listado completo de productos que dejarán de pagar retenciones hasta el 31 de octubre de 2025 o agotar el cupo previsto, según informó Infobae:

Productos con retenciones 0%

  • Trigo duro, para siembra
  • Trigo duro, excepto para siembra
  • Los demás trigos, para siembra
  • Los demás trigos, excepto para siembra
  • Cebada cervecera, sin tostar
  • Cebada cervecera, tostada
  • Las demás cebadas
  • Maíz para siembra
  • Maíz duro (excluido el destinado a siembra)
  • Los demás maíces
  • Sorgo (excepto para siembra)

Productos de molienda:

  • Harina de trigo
  • Harina de maíz
  • Harinas de cereales, excepto de trigo o de maíz
  • Sémola y semolinas de trigo duro
  • Sémola y semolinas de maíz
  • Las demás sémolas y semolinas de cereales
  • Granos aplastados o en copos de maíz
  • Germen de cereales, entero, aplastado, molido o en copos
  • Malta sin tostar, en grano
  • Malta sin tostar, en harina
  • Malta tostada, en grano
  • Malta tostada, en harina
  • Fécula de trigo
  • Fécula de maíz
  • Gluten de trigo

Semillas y frutos oleaginosos:

  • Habas de soja, para siembra
  • Habas de soja, excepto para siembra
  • Semillas de girasol, excepto para siembra
  • Harina de soja

Grasas y aceites:

  • Aceite de soja en bruto, incluso desgomado
  • Aceite de soja refinado, en envases de hasta 5 litros
  • Aceite de soja refinado, en otros envases
  • Los demás aceites de soja refinados
  • Aceite de girasol en bruto, incluso desgomado
  • Aceite de girasol refinado, en envases de hasta 5 litros
  • Aceite de girasol refinado, en otros envases
  • Aceite de maíz en bruto
  • Aceite de maíz refinado, en envases de hasta 5 litros
  • Aceite de maíz refinado, en otros envases
  • Grasas y aceites vegetales hidrogenados
  • Grasas y aceites animales hidrogenados
  • Grasas y aceites vegetales epoxidizados o modificados
  • Margarina (excluida la margarina líquida)
  • Grasas y aceites vegetales para untar
  • Las demás preparaciones de grasas y aceites comestibles
  • Aceites y grasas vegetales para uso industrial (excepto alimenticio)
  • Otros aceites y grasas vegetales, usos varios
  • Glicerina en bruto
  • Glicerina, incluso purificada

Azúcares y productos asociados:

  • Glucosa, en polvo, con contenido de fructosa menor a 50%, en envases de hasta 1 kg
  • Glucosa, en polvo, en otros envases
  • Glucosa, en solución
  • Glucosa y jarabes de glucosa, con fructosa igual o mayor a 20% pero menor a 50%, en envases de hasta 1 kg
  • Glucosa y jarabes de glucosa, con fructosa igual o mayor a 20% pero menor a 50%, en otros envases
  • Fructosa química pura
  • Jarabe de fructosa con contenido de fructosa mayor a 50% pero menor a 90%
  • Jarabe de fructosa con contenido de fructosa igual o mayor a 90%
  • Azúcares, jarabes y sucedáneos de la miel

Alimentos y preparados especiales:

  • Alimentos a base de harinas, sémolas, almidones o féculas, para lactantes o niños
  • Preparaciones alimenticias diversas
  • Concentrados de proteínas y sustancias proteicas texturadas

Residuos de la industria y alimentos para animales:

  • Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de maíz
  • Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de trigo, en pellets
  • Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de trigo, de otra forma
  • Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de leguminosas
  • Residuos de la elaboración del almidón y similares de maíz
  • Tortas y residuos sólidos de la extracción del aceite de soja, en pellets
  • Tortas y residuos sólidos de la extracción del aceite de soja, de otra forma
  • Tortas y residuos de la extracción del aceite de girasol, en pellets
  • Tortas y residuos de la extracción de girasol, de otra forma
  • Tortas y residuos de la extracción de aceites vegetales, excepto soja y girasol, en pellets
  • Tortas y residuos de la extracción de otros aceites vegetales, de otra forma
  • Materias vegetales y desechos vegetales para alimentación animal
  • Alimentos para perros o gatos, incorporados para la venta al por menor
  • Preparaciones para la alimentación animal, con base en harina de pescado
  • Preparaciones para la alimentación animal, con base en leche
  • Preparaciones para la alimentación animal, con base en cereales
  • Preparaciones para la alimentación animal, con base en oleaginosas
  • Preparaciones para la alimentación animal, con base en subproductos de la industria azucarera
  • Preparaciones para la alimentación animal, con base en otras materias vegetales
  • Las demás preparaciones para alimentación animal

Productos químicos y compuestos especiales:

  • Sorbitol (excepto el de la partida 2905.44)
  • Lecitinas y sus derivados

Materias albuminoideas y enzimas:

  • Gluten de maíz

Productos de las industrias químicas:

  • Biodiésel y sus mezclas, no conteniendo o conteniendo menos del 70% en peso de aceites de petróleo o de mineral bituminoso

Además, la eliminación de derechos de exportación incluye carnes bovinas y avícolas, menudencias, subproductos cárnicos y productos lácteos específicos, agregados por el Gobierno nacional según declaraciones de voceros oficiales.

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