
El próximo sorteo del Quini 6 tendrá un acumulado total de $ 6.200 millones, la cifra más alta registrada por el juego. Este monto extraordinario genera expectativa entre los apostadores y también plantea la pregunta sobre cuánto se llevará el fisco a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA). La normativa vigente establece un régimen impositivo específico para los juegos de azar que determina qué parte de los premios corresponde al ganador y qué parte se retiene en concepto de impuestos.
Según la información oficial de Lotería de Santa Fe, el sorteo del miércoles 24 de septiembre de 2025 se distribuirá en diferentes modalidades: “La Segunda” concentrará más de $ 3.770 millones, el Tradicional ofrecerá $ 700 millones, la Revancha contará con más de $ 1.300 millones, el Siempre Sale dispondrá de $ 235 millones y el Pozo Extra sumará $ 130 millones. La suma de todas estas modalidades conforma los $ 6.200 millones que estarán en juego.
La última vez que salió el premio mayor de “La Segunda” fue el 13 de julio, lo que generó un proceso de acumulación que elevó los premios a niveles inéditos. El contexto incrementó la venta de boletos, que superó los 12 millones de tickets por mes en todo el país.
Cómo se calcula el impuesto que cobra ARCA
El régimen impositivo sobre los juegos de azar está regulado por la Ley 20.630. El esquema de cálculo sigue una fórmula precisa:
- Se determina el 90% del premio total.
- Sobre esa base se aplica una alícuota del 31%.
De esta manera, el impuesto efectivo representa aproximadamente un 27,9% del total del premio. El monto se descuenta en el momento del pago y lo retiene directamente la entidad organizadora, en este caso Lotería de Santa Fe, que luego transfiere los fondos a ARCA.
Este mecanismo quedó plasmado en el artículo 4 de la ley, que definió que la base imponible es el noventa por ciento del premio y fijó la tasa general. En caso de que el premio se entregue en especie, la normativa obliga al beneficiario a abonar el impuesto antes de recibirlo.
Cuánto se llevará ARCA si los premios se adjudican
Si todos los premios de este miércoles tienen ganadores, el cálculo de lo que recibirá el fisco se puede detallar por modalidad.
- La Segunda: sobre $ 3.770 millones, la base imponible equivale a $ 3.393 millones. El 31% de esa suma da $ 1.051 millones de impuestos.
- Tradicional: sobre $ 700 millones, la base imponible equivale a $ 630 millones. El 31% son $ 195,3 millones.
- Revancha: sobre $ 1.300 millones, la base imponible equivale a $ 1.170 millones. El 31% son $ 362,7 millones.
- Siempre Sale: sobre $ 235 millones, la base imponible equivale a $ 211,5 millones. El 31% son $ 65,5 millones.
- Pozo Extra: sobre $ 130 millones, la base imponible equivale a $ 117 millones. El 31% son $ 36,3 millones.
La suma total de impuestos retenidos alcanzaría aproximadamente $ 1.711 millones. El ganador o los ganadores de cada modalidad recibirían el monto restante, que se calcula descontando el impuesto de la suma inicial de cada pozo.

Qué establece la Ley 20.630
El artículo 1 de la Ley 20.630 dispuso que los premios de juegos de sorteo, loterías, quinielas, rifas y concursos de apuestas de pronósticos deportivos organizados en el país quedaban sujetos al gravamen. La norma excluyó aquellos premios que, por ausencia de ganador, permanecen en poder de la entidad organizadora.
El artículo 2 señaló que la persona o entidad organizadora del juego es responsable del impuesto. Cuando el premio es en efectivo, la obligación consiste en descontar la retención antes de entregarlo. Si el premio es en especie, la norma habilita a condicionar la entrega hasta que el beneficiario abone el impuesto correspondiente.
El artículo 3 definió el momento en que se configura el hecho imponible. Según la redacción, esto ocurre cuando se perfecciona el derecho a cobrar el premio, es decir, al finalizar el sorteo o el concurso en cuestión.
El artículo 4 determinó la forma de cálculo: la base imponible es el noventa por ciento del premio, menos los descuentos previstos por el propio reglamento del juego. A esa base se aplica la alícuota. La tasa original de la ley fue del 30%, pero modificaciones posteriores elevaron la cifra al 31% vigente en la actualidad.
El artículo 5 contempló una exención para los premios cuyo monto neto no excediera el mínimo establecido por la ley. Ese piso inicial fue de 5.000 pesos, con la posibilidad de actualización a través de modificaciones normativas.
El reglamento complementario
El Decreto 668/1974, que reglamentó la Ley 20.630, aportó precisiones sobre el alcance del gravamen. El decreto especificó qué tipos de juegos quedan incluidos y cómo deben valorarse los premios en especie para el cálculo impositivo. También señaló que, si no se efectúa la retención, se presume que el impuesto forma parte del premio, lo que incrementa la obligación del organizador.
El decreto detalló además que las entidades organizadoras son las únicas responsables de retener y depositar los montos en la administración fiscal. De este modo, los ganadores reciben directamente el monto neto y no deben realizar trámites adicionales con el fisco.
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