
La cartera de Economía que dirige Luis Caputo decidió ampliar las funciones de la Subsecretaría de Energía a través de su Secretaría a cargo de María Tettamanti. La asignación de tareas se oficializó mediante una resolución, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial.
La Resolución 306/2025 se enmarca en el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía, y la Ley 27.424, que regula la generación distribuida de energía renovable integrada a la red pública. En este sentido, reconoce que la promoción de energías renovables es política de interés nacional y que requiere una gestión ágil, especializada y coordinada.
De acuerdo con las funciones que, de ahora en más, estarán a cargo del área que conduce Damián Eduardo Sanfilippo, la Subsecretaría podrá otorgar los Certificados de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables para beneficiarios del Programa RenovAr —una iniciativa del para fomentar la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, como la solar, eólica, biomasa y biogás—, y otras iniciativas similares. También podrá otorgar los beneficios fiscales correspondientes.
En lo que refiere específicamente a RenovAr, estará autorizada a relocalizar proyectos dentro del programa, siguiendo los procedimientos y pliegos vigentes.

A su vez, podrá “resolver sobre la ampliación de plazos contractuales, la aplicación de multas y el inicio de procedimientos de rescisión contractual” en el marco del mencionado programa. La resolución confirma que la subsecretaría podrá aprobar documentos clave para el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER).
Las tareas delegadas le permitirán al espacio que forma parte de la Secretaría de Energía, dictar normas aclaratorias y complementarias que optimicen la aplicación de la legislación vigente; establecer el valor de referencia de las inversiones para cada tecnología y los montos máximos de beneficios fiscales por megavatio. Estará encargada de aplicar sanciones por incumplimientos, autorizar cambios de socios estratégicos y aprobar actualizaciones tecnológicas en proyectos adjudicados.

A comienzo del corriente mes, la órbita que dirige Tettamanti aplicó cambios a los usuarios de energías renovables. Lo hizo a través de la Resolución 287/2025 formalizada en Boletín Oficial sobre aspectos claves del régimen de generación distribuida de energía renovable, que afectó a usuarios individuales, comunitarios y comunitarios virtuales que generan energía para su autoconsumo.
Uno de los principales cambios fue la eliminación de la obligación de las distribuidoras de informar a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético sobre proyectos de generación distribuida. Además, la resolución prohibió a las empresas distribuidoras cobrar cargos adicionales por estudios técnicos, mantenimiento, peaje de acceso o cualquier concepto vinculado a la instalación de equipos de generación distribuida.
La normativa indica que los usuarios podrán conectar equipos hasta una potencia equivalente a la contratada, y en los casos de usuarios comunitarios, el límite será la suma de las potencias contratadas por cada integrante. Para conexiones superiores a estos límites, el Ente Regulador Jurisdiccional podrá autorizar la instalación tras un análisis previo.
En materia de facturación, las distribuidoras deberán detallar la energía demandada e inyectada, aplicando precios por kilowatt-hora según el saldo neto. En este sentido, presentó una clasificación de los usuarios generadores según su composición y la potencia instalada de sus equipos.
Se establecieron tres grupos: usuarios individuales, usuarios comunitarios (dos o más personas con diferentes puntos de suministro bajo un mismo distribuidor) y comunitarios virtuales (usuarios múltiples monitoreados en tiempo real mediante medidores tecnológicos). Estas categorías se dividen a su vez en pequeños (hasta 3 kW), medianos (más de 3 kW y hasta 300 kW) y mayores (más de 300 kW y hasta 12 MW).
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