
Guillermo Michel, ex titular de la Aduana, advirtió que el Gobierno de Javier Milei “incumple la ley con el fin de mejorar las condiciones de los acreedores de la deuda pública” en relación con el DNU publicado hoy que habilita al Poder Ejecutivo a canjear títulos de deuda en dólares sin cumplir con una serie de requisitos establecidos en la legislación vigente. De esa forma, con ese decreto el ministro de Economía Luis Caputo se quitó a sí mismo la obligación de conseguir dos de tres posibles mejoras en términos de plazo, intereses o quita de capital para sellar un canje de deuda, tal como establece la Ley de Administración Financiera (LAF).
“Con el artículo 54 del proyecto de ley del presupuesto 2025 buscan flexibilizar la autorización para realizar operaciones de pasivos modificando el artículo 55 de la ley 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto que autoriza a Hacienda y Finanzas a realizar operaciones de pasivos. El objetivo es poder realizar una operación de pasivos en moneda extranjera (canje o compra contra colocación de nueva deuda) sin cumplir con las condiciones restrictivas que establece el artículo 65 de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias (LAF)”, dijo Michel en la red social X.
Michel también destacó que en el DNU conocido hoy sustituye la LAF al disponer que las futuras suscripciones de deuda pública, tanto en pesos como en dólares, se puedan realizar con instrumentos de deuda pública cualquiera sea su moneda de pago y especifica que dichas operaciones no estarán alcanzadas por las disposiciones del artículo 65 de la LAF. “El objetivo es que toda la deuda en pesos que vence el 30 de setiembre se dolarice, para poder así rollearla, sin ningún tipo de requisito legal que estipula la LAF”, agregó.
Con el cambio en la Ley de Presupuesto y el DNU 846/24 publicado hoy, “lo único que mejoran son las condiciones de los acreedores”, según el funcionario nacional.
La semana pasada Michel había puesto el foco en el proyecto de Presupuesto 2025 ya que más allá de la regla de política fiscal pregonada por el Gobierno, el mencionado artículo 54 eliminaba las exigencias de la LAF. “Es probable que el equipo económico busque esta modificación para poder realizar una operación de pasivos en moneda extranjera (canje o compra contra colocación de nueva deuda) sin cumplir con esas condiciones. Creo que como país necesitamos mantener la autorización del Congreso para la toma de deuda”, había dicho Michel. El contenido del DNU conocido hoy confirmó esa sospecha.
Así lo explicó la consultora 1816, que en un informe señaló que el DNU modifica lo dispuesto en la era del exministro de Economía Martín Guzmán, donde solo se permitía realizar canjes sin cumplir el artículo 65 para deuda en moneda local. “El Gobierno había intentado modificar dicho artículo en la Ley Bases, pero no hubo consenso en el Congreso para avanzar con ese cambio”, explicaron desde la consultora, agregando que en el Presupuesto 2025 se había eliminado la referencia al artículo 65, aunque sin derogar la norma. “Finalmente el Gobierno opta remover esta restricción a través de un Decreto, veremos si es por una cuestión de urgencia”, agregó la firma de análisis de mercado.
Además, el DNU también habilita la suscripción de deuda pública, independientemente de la moneda de pago, lo que permite al Tesoro realizar canjes de títulos en pesos a cambio de papeles nominados en otras monedas. Este cambio se suma a la creciente preocupación del Gobierno por cómo afrontar los pagos de deuda externa en 2025, especialmente con la incertidumbre actual en torno a las reservas y las negociaciones en curso con el FMI.
Un reporte del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) señaló que el único criterio al que debe ceñirse el Gobierno para una eventual operación de canje es que los bonos sean considerados a precio de mercado, “lo cual es muy laxo”.
Según el informe, el DNU lleva a tres conclusiones: “1) Se meten con facultades del Congreso: la renegociación de deuda es materia legislativa. No puede el Poder Ejecutivo auto-habilitarse a renegociar deuda y hacerlo sin las pautas que el Congreso debe facultar. 2) El gobierno se cansó de decir que tenia los dólares pagar la deuda pero al final del día está claro que no puede resolver el frente externo: se queda sin dólares y las condiciones no mejoran para acceder a los mercados. 3) Lo hacen a escondidas y por DNU porque no pudieron hacerlo en la Ley Bases (lo intentaron pero lo retiraron) y aunque lo incluyeron en el proyecto de Ley de Presupuesto 2025, difícilmente el Congreso les apruebe semejante arbitrariedad”.
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