Más restricciones cambiarias para los importadores: se autorizan menos dólares para comprar en el exterior

El cupo mensual atribuido a las empresas bajó un 25% en agosto y algunas compañías ya no podrán importar

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Algunas empresas aseguran que ya
Algunas empresas aseguran que ya no tienen autorización para importar. EFE

Con las reservas del Banco Central en el nivel más bajo de los últimos 17 años y con un compromiso de USD 750 millones con el FMI en puerta (vence el 4 de agosto), el Gobierno cerró un poco más el grifo de dólares para importadores y bajó el cupo permitido para que las empresas realicen compras en el exterior.

Según denunciaron diferentes empresas que realizan importaciones con frecuencia mensual, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recortó un 25% el monto autorizado para la compra de dólares según el sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF).

El sistema CEF, cabe recordar, determina cuál es la capacidad de compra de dólares de los contribuyentes según sus declaraciones juradas, sus montos de facturación y otros datos aportados por otros organismos. “El objetivo de este índice es verificar que las operaciones realizadas por los contribuyentes se ajusten a la capacidad económica financiera determinada por el organismo”, precisaron desde AFIP, aunque en la práctica se trata de la vara que indica cuántos pesos puede destinar cada firma a la compra de dólares para importar a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA).

Según explican en las empresas importadoras, pese a no haber cambios en las declaraciones, el sistema del CEF -que se calcula el día 26 de cada mes- comenzó a autorizar montos mucho menores para sus compras en el exterior. En general, se habla de una baja del 25%, pero algunas firmas aseguran que sus recortes fueron mayores y otras advierten que directamente ya no podrán realizar importaciones.

El objetivo, por supuesto, es reducir la cantidad de dólares que se van todos los meses para pagar las compras en el exterior y así evitar una mayor caída de las reservas. Al mismo tiempo, la AFIP busca acelerar la liquidación de divisas -hay cerca de USD 3.000 millones pendientes de liquidación-, restringiendo el beneficio de devolución de IVA a los exportadores que no realicen el trámite de ingreso de dólares.

El ingreso de dólares por
El ingreso de dólares por exportaciones cayó 24% en el primer semestre. EFE

En los primeros seis meses del año, según informó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), se registraron exportaciones por USD 33.509 millones, mientras que se pagaron importaciones por USD 37.897 millones, lo que dejó un saldo negativo de USD 4.387 millones, un valor muy diferente al saldo positivo de USD 2.977 millones que se había registrado en el mismo período del año pasado.

El cambio de escenario se produjo debido a que las exportaciones cayeron 24,5%, mientras que las importaciones “solo” bajaron un 8,5%,

Medida conocida

No es la primera vez que el Gobierno nacional reduce el cupo importador de las empresas. A comienzos del año pasado varias compañías habían denunciado un recorte en los valores autorizados por el CEF.

Sin ir más lejos, en aquella oportunidad un empresario que vendía artículos de bazar había explicado a Infobae que su CEF se había reducido de $1.000 millones a solo $2 millones anuales (99,8% menos). Otro, de una rama de actividad diferente, había sufrido una reducción de $2.100 millones a $125 millones anuales (94% menos).

Ahora, las reducciones rondan el 25% en la mayoría de los casos, pero voces del sector empresario aseguraron que los recortes son los suficientemente significativos para impactar negativamente en el nivel de actividad económica, debido a la inminente falta de insumos para producción.

De todas formas, es importante aclarar que las empresas pueden apelar la decisión AFIP. “La fórmula y los parámetros considerados al momento de la valoración mensual de CEF podrán recalcularse en función de la disponibilidad de datos originados en declaraciones faltantes o rectificativas realizadas por el propio contribuyente. Para ello, el contribuyente y/o responsable podrá solicitar su reproceso, previa presentación de las declaraciones juradas originales y/o rectificativas, a fin de que éstas sean consideradas en el nuevo cálculo”, informaron desde el organismo.

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