Personal doméstico: cuál es la escala salarial para cada categoría que comenzará a regir para los salarios de agosto

Hoy entran en vigencia los aumentos para las remuneraciones definidas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para las empleadas domésticas

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La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció cuáles serán los aumentos para los salarios del personal doméstico correspondientes a agosto que comenzarán a pagarse a partir de hoy con el comienzo de septiembre. En base a esa negociación paritaria, se estableció un aumento del 36% calculado en relación a los salarios de junio de 2022, cuya aplicación será distribuida en cuatro tramos de un 9% cada uno, a saber, en agosto, septiembre, octubre y noviembre.

De este modo, el personal de la quinta categoría con retiro, a modo de ejemplo por ser el mayoritario, recibirá un salario mínimo de $ 48.524 en agosto, $ 52.531 en septiembre, $ 56.537 en octubre y $60.544 en noviembre. Las demás categorías recibirán incrementos en igual proporción. La Comisión también resolvió volver a revisar estos valores en noviembre próximo a los efectos de evaluar una recomposición salarial en base a la marcha de la inflación.

Cómo quedaron las categorías

En base a lo informado por la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), la escala de remuneraciones para el personal doméstico a partir del 1° de agosto (cuyos salarios comenzarán a abonarse a partir de hoy) es la siguiente:

Primera Categoría - Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

- Personal con retiro: $477,00 por hora y $59.527,50 mensuales.

- Personal sin retiro: $522 por hora y $66.307 mensuales.

Segunda Categoría - Personal para tareas específicas: cocinero/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.

- Personal con retiro: $451,50 por hora y $55.304,50 mensuales.

- Personal sin retiro: $495 por hora y $61.563 mensuales.

Tercera Categoría - Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

- $425,50 por hora y $53.598,50 mensuales.

Cuarta Categoría - Asistencia y cuidado de personas: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

- Personal con retiro: $425,50 por hora y $53.598,50 mensuales.

- Personal sin retiro: $477 por hora y $60.131 mensuales.

Quinta Categoría - Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

- Personal con retiro: $395 por hora y $48.524 mensuales.

- Personal sin retiro: $425,50 por hora y $53.598,50 mensuales.

A las remuneraciones mensuales deberá
A las remuneraciones mensuales deberá añadirse un 1% por año trabajado en carácter de antigüedad

“El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad”, según se aclaró en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Antigüedad

Asimismo, a estos salarios debe agregarse un “adicional por antigüedad” equivalente al 1% por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral. A los fines de calcular este adicional, que se viene pagando desde el año pasado, el tiempo de servicio comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre de 2020, sin efecto retroactivo.

En aquellos lugares del país considerados “zona desfavorable”, se pagará otro adicional del 30% sobre los salarios mínimos establecidos en cualquiera de las categorías antes descriptas. Este pago extra rige para las trabajadoras domésticas que prestan tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

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