
Luego de que el presidente de la Nación Alberto Fernández anunciara por decreto la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) para personas que se autoperciban no binarias, comenzaron las preguntas sobre los vacíos legales que esta medida podría conllevar.
Por ejemplo, las personas que consignen una “X” para la opción “Sexo” del DNI y Pasaporte podrían tener serios problemas a la hora de viajar al extranjero.
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El propio Gobierno reconoció en el Decreto 476/2021 que son muy pocos los países en el mundo que ya han admitido la posibilidad de no consignar el sexo femenino o masculino en los documentos de identidad.

Infobae consultó a la embajada de los Estados Unidos sobre las posibilidades de obtener una visa estadounidense para una persona no binaria. Ante la pregunta, comunicaron desde la Oficina de Prensa que “en este momento, solo las opciones de género masculino y femenino están disponibles para un solicitante de visa de EEUU”, por lo cual hoy por hoy el gobierno estadounidense no contempla una tercera opción.
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Agregaron también que “los solicitantes deben elegir uno u otro al preparar su solicitud de visa en línea -y que- el género reflejado en el campo sexo en cualquier visa emitida debe coincidir con el género reflejado en el campo de sexo en el pasaporte extranjero del solicitante; si un pasaporte extranjero no incluye un campo de género/sexo masculino o femenino, el solicitante debe seleccionar “M” o “F” para solicitar una visa de los Estados Unidos y, en tales casos, el Departamento generalmente emite la visa basándose en la indicación de género masculino o femenino elegido por la persona solicitante”.
Sin embargo, la Oficina de Prensa de la Embajada de EEUU en Argentina, dijo que el Departamento de Estado anunció el pasado junio que está comenzando el proceso de actualización de sus políticas respecto a los marcadores de género en los pasaportes estadounidenses.
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De todas formas, por el momento no pudieron proporcionar un cronograma exacto de cuándo comenzarán a ofrecer una opción en el apartado “Sexo” para personas “no binarias, intersexuales y no conformes con el género”.
Detallaron además que mientras las tareas continúan en dirección hacia este objetivo a más largo plazo, el Departamento de Estado irá anunciando novedades e información al respecto a través del sitio web oficial del Gobierno estadounidense.
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En cuanto a otros destinos internacionales, Infobae relevó los países del mundo que han admitido la posibilidad de consignar una tercera opción para el apartado “Sexo” de los documentos de identidad. A saber: la República Democrática Federal de Nepal, la República Islámica de Pakistán, Bangladesh, India y Canadá.
Por su parte, fuentes del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) dijeron que “las personas con DNI no binario que deseen viajar deberán consultar con Cancillería y con el consulado del país que planeen visitar por si pudieran eventualmente tener alguna restricción de ingreso, permanencia o tránsito en los países de destino”.
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En cuanto al plano nacional, dijeron que “los organismos de la administración pública tienen 120 días para adecuar normativas, sistemas y tecnologías para la efectiva implementación y cumplimiento del Decreto 476/2021″ -el mismo detalla en su artículo N.º 6 que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto deberá notificar los términos del Decreto a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a fin de que los países que la conforman acepten el ingreso, permanencia y/o tránsito de personas argentinas no binarias.
Más allá de las solicitudes de visas estadounidenses por personas no binarias y de los viajes al exterior , el nuevo esquema para la emisión del DNI generará cambios en otros terrenos que aún no han sido resueltos y que en algunos casos requerirán un complejo proceso de modificaciones normativas, según fuentes oficiales. Entre otros temas sin definición, aparece la edad jubilatoria, que actualmente es de 60 años para las mujeres y de 65 años para los hombres, pero también otras como el cupo electoral —que hoy incluye paridad de hombres y mujeres en la conformación de las listas de candidatos—, cupos laborales o las cárceles. También será necesaria una definición legal para la prioridad en el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH); el beneficio para menores de 18 años es percibido por uno solo de sus padres pero con prioridad para la madre.
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