
El Gobierno oficializó este miércoles la incorporación en los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) de una tercera opción de género, que utilizará la letra “X”, y que podrá ser elegida por las personas que no se reconocen dentro del sistema binario de género femenino o masculino.
La medida fue publicada a través del Decreto 476/2021 en el Boletín Oficial y luego anunciada formalmente por el presidente Alberto Fernández en un acto en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada. A partir de ahora, el Registro Nacional de las Personas (Renaper) deberá adaptar los DNI y los Pasaportes que emite para que en la opción “sexo” se puedan incluir las nomenclaturas “F”, “M” o “X”.
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Sin embargo, ese no es el único cambio que traerá la medida. Según detallaron fuentes oficiales, desde ahora, se iniciará un proceso largo y complejo para modificación de muchas normativas y leyes vigentes. Entre ellas, la edad jubilatoria que actualmente es de 60 años para las mujeres y de 65 años para los hombres, pero también otras como el cupo electoral —que hoy incluye paridad de hombres y mujeres en la conformación de las listas de candidatos—, cupos laborales, o las cárceles. También será necesaria una definición legal para la prioridad en el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH); el beneficio para menores de 18 años es percibido por uno solo de sus padres pero con prioridad para la madre.
Desde la Anses señalaron que aún no fue definida la edad a partir de la cual podrá jubilarse una persona definida como no binaria. Para eso, deben esperar definiciones del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
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Este ministerio, según lo establecido por el decreto, será el encargado de dictar capacitaciones para las autoridades y personal de todos los organismos que integran la Administración Pública Nacional con competencia en la materia. Estos organismos deberán realizar las “adecuaciones normativas, tecnológicas y de sistemas” en un plazo de 120 días.
¿Cómo son hoy los requisitos para acceder a una jubilación para mujeres y hombres?
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En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, las mujeres pueden jubilarse al cumplir los 60 años y los hombres al cumplir los 65 años. En ambos casos, se necesita acreditar 30 años de aportes. Y quienes no reúnan la cantidad de aportes necesarios, podrán completarlos con aportes como autónomos o monotributistas.
Las personas que tengan 70 años o más y solo 10 años de aportes, si cumplen con los requisitos pueden acceder a la Prestación por Edad Avanzada. Quienes tengan 65 años, no hayan realizado aportes y no cobren ninguna prestación pueden acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
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Hace una semana, además, el Gobierno implementó un Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que permitirá acceder a una jubilación a mujeres que tengan más de 60 años y que sean madres pero que no cuenten con los 30 años de aportes necesarios. Por cada hijo se les reconocerá un año de aportes no realizados (dos en el caso de hijos discapacitados y tres para las madres que recibieron la AUH).
Las mujeres también podrán incluir en el cálculo de los años de aportes los meses de licencia por maternidad. Tanto para los tres meses previstos en la legislación como en el caso de las licencias de seis o nueve meses (por excedencia) cuyo tiempo, hasta ahora, no se computaba para el cálculo de aportes realizados. Según estimaron desde el organismo, unas 155.000 mujeres ya están en condición de solicitar este reconocimiento de aportes. De las cuales, unas 30.000 son titulares de la AUH.
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