
La medida era esperada por los contadores que empezaban a preguntarse que iba a pasar luego de tres días en donde se había caída la feria fiscal dictaminada con anterioriodad y estaban en la nebulosa de si tenían que preparar las respuestas a las demandas o seguir trabajando sobre el presupuesto de un “alto al fuego” de la AFIP.
Pero hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que prorrogó la feria fiscal por 12a vez hasta el próximo 25 de octubre de 2020 inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La medida prevista en la Resolución General N°4835/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros procedimientos.

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia así como aquellas fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior.
La resolución de la AFIP también incluye entre los procedimientos habilitados a las fiscalizaciones electrónicas (aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online). Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.
Esto último se refiere a las 950 cuentas de argentinos radicadas en paraísos fiscales en el exterior que nunca fueron declaradas de contribuyentes le oculta al fisco más de USD 2.600 millones. Este sector ahora está en un proceso judicial y la AFIP avisa que seguirá adelante.
No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

En la lista de las actividades que quedan exceptuadas además de las medidas de la OCDE y los precios de transferencias para las operaciones de comercio internacional. Pero en la extensión de la feria anterior en donde aparecieron las excepciones también aparece las fiscalizaciones electrónicas que son los controles y verificaciones que se realizan en su totalidad en línea -no hay que hacer ningún trámite presencial-.
Pero las fiscalizaciones electrónicas también habiliraron a la dependencia que comanda Mercedes Marcó del Pont a comenzar a enviar notificaciones para que aquellos que no lo hicieron, comiencen a regularizar su situación. Las consecuecias de no cumplimentar el llamado del organismo recaudador podría significar la suspensión del CUIT del contribuyente lo que lo inhabilitaría para poder facturar.
Los especialistas señalan que las excepciones, en especial la que se refiere a la fiscalización electrónica, vienen de la mano con la intención de la AFIP de acelerar las decisiones de los contribuyentes de participar de la extensión y ampliación de la moratoria que permitirá a Pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas. Pero los tiempos se acortan y quedan 17 días para que los contribuyentes puedan entrar ya que la fecha de corte para inscribirse es el próximo 31 de octubre.
La semana pasada, desde la AFIP detallaron que más de 100.000 contribuyentes ya se adhirieron a la moratoria 2020 y que esta va a ser la última moratoria “con tantas facilidades”
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